ESTUDIOS REPUBLICANOS (7-2)

Estudios republicanos (7)
La República Española y sus enemigos (Razones para oponerse a Occidente)

[2ª Parte]


Continúo aquí mi serie de comentarios al libro Estudios republicanos: Contribución a la filosofía política y jurídica, recientemente publicado por la editorial Plaza y Valdés (www.plazayvaldes.es).

Objeciones

1ª Objeción.-- Es paradójico que el ideal de una República fraternal de la humanidad se quiera alcanzar a través de una política de enfrentamiento y odio a una parte de la humanidad, al Occidente o a las potencias septentrionales --ambas denominaciones vienen a designar el mismo agregado de países, aproximadamente--. Si de veras se aboga por un republicanismo planetario, ¿no hay que empezar por dejar atrás esos resentimientos y esas historias de buenos y malos?

Respuesta.-- Sí, es paradójico, es contradictorio, porque la vida es contradictoria y paradójica. El fin es la hermandad humana, una República fraternal de todos en una casa común, el planeta Tierra. El medio es resquebrajar y sacudir la supremacía maléfica de la NATO y sus socios. Claro que entre el medio y el fin se da una contradicción. Y quizá siempre hay contradicción entre medios y fines; al menos muy a menudo. Al acudir al inevitable medio se está, un poco, estorbando la consecución del fin. Por eso hay que tener sumo cuidado, no recurriendo al medio más de lo necesario y contrarrestando sus efectos nocivos.

2ª Objeción.-- La visión aquí presentada es maniquea: la pobre España víctima de los malos del norte. ¡Como si el imperialismo español hubiera sido mejor! ¡Ojalá los españoles hubieran tratado en el siglo XVI a los indios de América como a ellos los trataron los ingleses y franceses en 1808 y en los episodios históricos posteriores que se mencionan en este escrito!

Respuesta.-- Eso en nada desvirtúa mi argumentación. Si un vecino es víctima de una agresión, no vamos a justificar al agresor porque ese mismo vecino, en su lejana juventud, hubiera cometido tropelías peores contra terceros. Entenderíamos que esos terceros le reclamasen a nuestro vecino, mas no que otros --que obraron igual y que han seguido obrando mal-- perpetren esa agresión, que en nada ayuda a quienes sufrieron un daño en el pasado.

Además, no creo que haya en mi planteamiento ningún maniqueísmo, porque no sostengo que haya mal puro de un lado y bien puro del otro. Nada es puro. Todo está mezclado. Los malos no son nunca tan malos como se los pinta ni los buenos tan buenos. Todo eso es cuestión de grado. Pero hay grados. Falsea la realidad no reconocer las diferencias de grado o subestimarlas.

3ª Objeción.-- Si los credos de redención social del siglo XIX incurrieron también en la paradoja, al abogar por una humanidad libre y fraternal a través de la revolución social y de la lucha de clases, al menos preconizaban un hermanamiento universal de los pobres frente a los ricos --olvidando los resentimientos heredados del pasado--, al paso que este escrito quiere mantener algunos de esos resentimientos y funda en esos rencores una agenda política. Y eso constituye un retroceso moral.

Respuesta.-- Dudo que en ese sentido exista una diferencia tan significativa, porque uno de los resentimientos heredados del pasado es el de clase social.

Donde radica la diferencia de enfoque es en que esos credos --y, para no hablar con circunloquios, el marxismo en concreto-- soñaron con hacer en seguida tabla rasa de todo el complejo entradado de los sentimientos colectivos para que emergiera uno solo, el alineamiento de clase, la lucha entre burguesía y proletariado (aunque es verdad que los adeptos de tal concepción no desconocieron las dificultades de tal empresa, que no podía plantearse de golpe).

Esa visión simplista de las cosas ha sido sometida al ácido test de la experiencia de los últimos 32 lustros. Hemos aprendido que las cosas son mucho más complicadas y que no es realista hacer propuestas que no tengan en cuenta esa complejidad.

4ª Objeción.-- ¿No es sumamente peligrosa --esté o no en parte justificada-- una propuesta que da pie al «odio a Occidente» que ha analizado en su libro de ese título Jean Ziegler, pero no para atizarlo ni para sumarse a él, sino para explicarlo y ayudar a superarlo por una política de concodia universal?

Respuesta.-- Al manifestar las razones de mi propio resentimiento contra las potencias septentrionales, no estoy soplando sobre el fuego. Lo que aviva el fuego es que continúen las causas del resentimiento y que no se indemnice a las víctimas.

5ª Objeción.-- Si el autor se hubiera limitado de abogar por un derecho a la reparación de los pueblos que fueron agraviados por el colonialismo, su tesis sería aceptable, igual que si sostuviera que una futura República española debería apoyar esa reivindicación por motivos morales. Lo erróneo es que equipare esos agravios a los que sufrió el pueblo español como consecuencia de intervenciones foráneas: el respaldo que dieron al régimen de Franco fue de naturaleza absolutamente dispar.

Respuesta.-- No fue de naturaleza absolutamente dispar. Hay una analogía; analogía parcial, desde luego. La colonización del tercer mundo fue una suma abigarrada de hechos muy distintos entre sí. Se da entre ellos un denominador común, que no carece de ciertas afinidades con la actuación de esas potencias con relación a España. (Así, p.ej., la invasión napoleónica de 1808 se inspiraba en la fugaz conquista de Egipto por las tropas de Bonaparte nueve años antes.) En uno y otro caso se trata de conductas gravemente lesivas perpetradas por los Estados significativos de lo que hoy es la Alianza Atlántica, en detrimento de las poblaciones. (En nuestro caso el daño, tremendo, persiste aún en parte puesto que no hemos podido recuperar la República; en el caso de los pueblos africanos, los perjuicios son el subdesarrollo, la debilidad de los aparatos estatales y encerramiento de las poblaciones en fronteras impuestas desde lejos.)

6ª Objeción.-- ¿Por qué esa fijación con lo que nos han hecho otros Estados europeos y USA en diversos momentos de la historia reciente? ¿No llevaba razón el ex-presidente del gobierno, J.M. Aznar, al decir (en su discurso en el Hudson Institute de Washington el 22 de septiembre de 2006) que España había sido invadida por los árabes en el año 711 y que él estaba esperando que los musulmanes pidan perdón por haber ocupado España durante ocho siglos?

Respuesta.-- Los hechos históricos que motivan razonablemente una responsabilidad y que determinan las opciones de amistad y enemistad son los de tiempos recientes, de los decenios o pocos siglos que preceden inmediatamente nuestras decisiones colectivas. Similarmente, los hechos que determinan nuestras opciones individuales y que ocasionan que pidamos responsabilidades son conductas no prescritas y, por lo tanto, más o menos recientes.

Además, los árabes y bereberes que irrumpieron en España en 711 estaban atacando a un reino visigodo, que --desde mediados del siglo V-- sojuzgaba a la población hispanorromana. Ese reino godo o visigodo era patrimonio de un casta bárbara, que monopolizaba el poder. Sólo habían transcurrido 18 lustros desde que cayeran en sus manos los últimos reductos del Imperio Romano en España (toda la costa levantina) y poco más desde que su nobleza se convirtió a la religión de la población local. Esa élite germánica (al parecer de origen escandinavo) estaba desgarrada por conflictos dinásticos, siendo los hijos del penúltimo rey, Vitiza, quienes llamaron en su auxilio a los árabes. A la sazón los godos seguían siendo odiados por buena parte de la población (que se había sublevado una vez más cuando Yabal at-Tariq desembarcó en Gibraltar el 29 de abril). En el año que dura el reinado de Roderick (710-11) el espíritu insurreccional se extendía por doquier, así que los recién llegados emcontraron tan amplia colaboración que en poco tiempo aniquilaron los focos de la resistencia visigoda (que sólo suscitó un cierto respaldo popular en un rincón de la cornisa cantábrica).

A partir de ese momento se produce una arabización masiva; no hubo ninguna matanza generalizada y los desembarcados eran unos miles; sin embargo, fue muy pronto árabe la gran mayoría de la población de los Estados de Al Ándalus --emirato, califato y reinos de taifas--; árabe de lengua y cultura, aunque toda ella genéticamente hispana al cabo de unas pocas generaciones. Los hispano-árabes no eran, pues, ocupantes extranjeros. Menos aún puede decirse que lo fueron los habitantes del reino nazarí de Granada en el siglo XV.

Mas, imaginando que hubiera que demandar responsabilidades por aquella incorporación de España al califato de Damasco, ¿a quién? ¿Quién sería hoy el continuador de los omeyas? No cabe decir que son «los árabes» o «los mahometanos» --comunidades dispersas a las que sería absurdo responsabilizar colectivamente por hechos de hace tantos siglos. No ha habido ningún grupo político árabe independiente que haya persistido desde entonces. (Es muy distinto lo que sucede con los males infligidos a España en siglos recientes por esos países septentrionales a los que nuestra oligarquía considera amigos, pues sus instituciones perviven --a veces siguen existiendo incluso las mismas firmas bancarias o mercantiles, las mismas dinastías y, en algunos casos, hasta los mismos partidos políticos.)

Por último, no se trata de exigir declaraciones de compunción o arrepentimiento, que no siven para nada. Se trata de reclamar rectificaciones y reparaciones reales, que sirvan para mejorar la vida.


Conclusión

Sé que mis ideas son muy polémicas y que su enunciación puede suscitar el desagrado de muchos; y de muchos con sensibilidades absolutamente dispares por lo demás.

Como siempre sucede con lo que no sabemos bien cómo clasificar, se tratará de encasillar tales ideas en alguno de los apartados preconcebidos para endosarles un rótulo con el que esté familiarizado el clasificador: nacionalismo, maniqueísmo, antiimperialismo primario, etnicismo, geografismo, pasadismo, historicismo, y así sucesivamente.

Las etiquetas valen lo que valen. Afrontando y desafiando todas esas incomprensiones --a las que me expongo a sabiendas--, mi propuesta la calificaría yo de un modo diferente, como la de un humanismo concreto, radical y auténtico.


Lorenzo Peña
Tres Cantos. 2009-08-15
El autor permite a todos reproducir textual e íntegramente este escrito
V. también: http://lp.jurid.net/books/esturepu






ESTUDIOS REPUBLICANOS (7-1)

Estudios republicanos (7)
La República Española y sus enemigos (Razones para oponerse a Occidente)

[1ª Parte]


Continúo aquí mi serie de comentarios al libro Estudios republicanos: Contribución a la filosofía política y jurídica, recientemente publicado por la editorial Plaza y Valdés (www.plazayvaldes.es).

Mi libro es una obra académica. Al escribirlo traté de atenerme a los cánones que rigen un trabajo de investigación universitaria: usar un lenguaje sobrio --sin prodigar ni loas ni vituperios--; abstenerse de exhortaciones; basar las afirmaciones en pruebas y en análisis conceptuales; documentar los asertos fácticos con datos o referencias; aducir bibliografía pertinente; seguir el hilo conductor de la exposición con un plan demostrativo, claro y racional.

Sin embargo, el libro aspira a ser algo más que una monografía erudita sobre el republicanismo español (en sus cinco facetas: la filosófico-política, la jurídico-constitucional, la histórica, la axiológico-doctrinal y la de proyección internacional). Quiere también servir de soporte argumental de una propuesta al debate ciudadano a favor de ese mismo republicanismo español.

En este suelto voy a comentar uno de los aspectos de mi alegato, a saber: mi tesis de que, en nuestras concretas condiciones históricas, el republicanismo español tiene que afrontar la hostilidad, no sólo de la oligarquía borbónica española, sino del conglomerado que se denomina «Occidente», habiendo motivos para que quienes lo reivindican se alineen en una postura netamente anti-occidentalista, buscando coincidencias con aquellos que, en el mundo de hoy, cuestionan la supramacía occidental.

Baso mi argumentación en un estudio histórico. Sostengo que la defensa del republicanismo español, encarnado en la II República, constituyó una continuación de una lucha nacional hispana, siendo lógico que tuviera que enfrentarse, como se enfrentó, a los enemigos de España: Alemania, Inglaterra, EE.UU, Italia y, en buena medida, Francia; o sea a lo que nuestras actuales élites borbónicas llaman «los países de nuestro entorno».

Mi libro muestra que la instauración de la dinastía borbónica (en la Guerra de Sucesión, 1701-1714) encarnó la derrota de la España histórica, vencida por su enemiga del norte; esa España histórica que había tenido su máxima plasmación en el Siglo de Oro, bajo la égida de la casa de Austria, que se aureoló con la ideología de una monarquía católica en la que estuvieran vigentes los valores de Paz, Justicia, Caridad, Lealtad y Honor. (Cómo sucedían realmente las cosas es harina de otro costal.) Tal ideología periclita en 1714 vencida por el maquiavelismo de Luis XIV, sucumbiendo así los principios y valores (ya deslucidos y, a esas alturas, caducos) que habían pergeñado los grandes pensadores hispanos de los siglos XVI y XVII, los Vitoria, Mariana, Suárez, Calderón, Quevedo y tantos otros.

La recuperación de esos ideales de la España histórica se realiza en nuestra Guerra de la Independencia (1808-1814), siendo directamente inspiradores de las Cortes de Cádiz y de la Constitución de 1812. Dudo que sea casual que nuevamente en esa coyuntura tengamos que combatir con el ejército francés --con un ejército francés auxiliado por tropas alemanas, italianas, polacas y holandesas. (En aquella guerra las tropas inglesas y francesas rivalizaron en sus fechorías contra la población española y en su saña destructiva para arrasar nuestra riqueza agrícola y fabril.) Nuevamente tenemos a España, la España histórica, contra Europa.

Y contra Europa tuvo que luchar el liberalismo español en 1823, cuando la Santa Alianza envía a los Cien Mil Hijos de San Luis, mandados por el Duque de Angulema (primo de Fernando VII, según éste último) para destruir a la España constitucional, volviendo a perpetrar destrucciones gratuitas, sólo explicables por el odio al pueblo español o por el afán de sumirnos en el letargo y la pobreza.

Las revoluciones liberales decimonónicas cambiaron radicalmente la faz de España; nos hicieron pasar de la barbarie absolutista a la civilización constitucional y representativa. Fueron posibles porque esta vez las potencias del norte nos dejaron en paz. El Siglo de Oro fue fuente inspiradora del liberalismo español (del duque de Rivas, Martínez de la Rosa, Evaristo San Miguel, Espronceda); la revolución antiborbónica de 1868 retoma tales ideales, siendo ésa la época en que la obra de Mariana y demás pensadores de los siglos XVI y XVII viene reivindicada por nuestros intelectuales republicanos (Salmerón, Castelar, Pi y Margall y más tarde Giner de los Ríos).

Cuando los liberales españoles ganaron las elecciones legislativas en 1898, las potencias monárquicas de la Europa transpirenaica nos impusieron acatar el dictado yanqui, inclinándonos ante la derrota que nos infligió el imperialismo norteamericano, que nos despojó de la mitad del territorio nacional.

Nuestros republicanos de 1931 admiraban a la República Francesa; y llevaban razón. A pesar de sus defectos, era un modelo, imperfecto, en el que se consiguieron no sólo libertades individuales y avances democráticos, sino asimismo logros sociales, gracias al republicanismo solidarista.

Pero allende los Pirineos no querían que los imitáramos en lo bueno. Querían que siguiéramos hundidos en el atraso que encarnaba la dinastía borbónica, ayunos de los progresos que efímeramente nos trajo la Segunda República. Nuestros enemigos de siempre querían una España atrofiada y subyugada. Eso explica la intervención de los unos y la llamada «no intervención» de los otros.

A lo largo de los cuatro decenios de régimen franquista, el Caudillo contó con el respaldo de sus amigos del norte. Si entre 1939 y 1942 se inclinó más por la alianza con Hitler --lo cual le valió ciertas fricciones con los anglosajones--, los aliados occidentales se vieron complacidos por el viraje de septiembre de 1942 (nombramiento del general Francisco Gómez-Jordana como ministro de asuntos exteriores en sustitución de Serrano Súñer). A partir de entonces fue casi una luna de miel; éramos súbditos del «Centinela de Occidente», el paladín del mundo libre. Por eso en 1945 las potencias del norte dieron plantón al pueblo español, mandando balones de oxígeno al acorralado régimen franquista y haciendo oídos sordos a la propuesta rusa de un boicot en regla al único superviviente del Pacto Anti-Komintern. El apadrinamiento occidental del régimen ilegítimo va a ir a más, siendo particularmente estrechos los lazos con EE.UU, que, desde 1953, estacionaron en España importantes tropas --si bien fueron rácanos en cuanto a la ayuda civil que hubiera aliviado el hambre que sufría el pueblo español.

En 1975-80 sí intervinieron, esta vez para tutelar y apuntalar la difícil transición que iba de la tiranía abierta a un sistema político que mantuviera, en lo esencial, sus políticas internas y externas y salvaguardara la hegemonía oligárquica.

¿Por qué todo eso? ¿Maldad? ¿Enemistad histórica? ¿Desprecio a las inferiores razas del sur y al hombre mediterráneo --dizque indolente, obtuso y atávico? ¿Condescendencia frente a una nación que no había participado en la expansión colonialista del siglo XIX --salvo en las postrimerías con un imperiezucho de juguete que, además, tuvieron que regalarle los franceses? ¿Recelo frente a un pueblo español que, cuando abraza los ideales de progreso, es siempre demasiado radical (1820, 1834, 1868, 1931), desafiando así al moderantismo al que presuntamente propenderían los Estados de climas menos cálidos? (A todo lo cual se unirían en 1936 causas específicas, como el odio a una República con legislación social, reforma agraria, influencia obrera y voto femenino --hecho extremadamente infrecuente en el mundo de entonces.)

Cualesquiera que sean las causas, los hechos están ahí. Personalmente me inclino a pensar que confluyeron varias de esas causas. Las dinámicas históricas, las actitudes heredadas, las simpatías y antipatías fruto de un pasado prolongado, poseen --en mi opinión-- una asombrosa tendencia a persistir durante siglos y a generar hábitos del subconsciente colectivo con vocación de perpetuarse (si bien sabemos que en la historia nada es perenne: a la larga todo acabará pasando, antes o después).

Mi libro es una contribución al desenmascaramiento de la trayectoria imperial de esas potencias septentrionales. Para su autor recordar lo que hicieron a la República Española ha sido un motivo más (no, desde luego, el principal) para presentar una acusación de lo que ha significado el imperialismo euro-norteamericano --tema de los últimos capítulos del libro, en los cuales expongo los fundamentos de un desideratum de República Universal.

Así, lo que hago es entroncar la argumentación a favor del republicanismo español con la que se puede ofrecer en defensa de la causa antiimperialista de los pueblos que fueron (y siguen siendo) víctimas del colonialismo y del neocolonialismo euro-atlántico en las regiones del sur del Planeta. En esa argumentación sostengo la defendibilidad axiológica de un reparto global de la riqueza, la defensa de la paz frente a las guerras de agresión imperialistas (cobijadas por la ONU) y la reparación de las injusticias padecidas en siglos recientes por los pueblos de los países económicamente débiles --a través de un mecanismo indemnizatorio.

En concreto argumento en mi libro a favor de reclamar una indemnización en beneficio de los pueblos víctimas de la trata negrera trasatlántica y de la colonización decimonónica, que correría a cargo de las naciones que participaron activamente en tales hechos o que con ellos obtuvieron ventaja.

Paralelamente planteo una reivindicación similar a favor del Estado español y a cargo de nuestra oligarquía financiera y de las potencias extranjeras que favorecieron la victoria franquista en 1939 o que se aprovecharon del poder de Franco para obtener ganancias que nunca les habría otorgado un Estado español genuinamente independiente (p.ej. las bases norteamericanas clavadas en el territorio nacional por los acuerdos de Madrid del 26 de septiembre de 1953).

Ha influido, ¿cómo no?, en mi motivación subjetiva un factor de sentimientos patrióticos; pero, al margen de eso, lo que he presentado al lector contiene una propuesta racional guiada por una máxima metodológica, a saber: que las diferentes quejas y reivindicaciones que quepa, justificadamente, aducir frente a unos grupos privilegiados, aliados entre sí, han de confluir en un espacio común, enlazándose las unas con las otras en una plataforma abarcadora (aunque sean también parcialmente contradictorias, ya que la realidad es contradictoria).

Es el principio metodológico subyacente del «frente unido», que de algún modo --indirectamente-- inspiró la creación en 1936 del Frente Popular, que luchó por la defensa de la República. Más que un frente unido de grupos, clases sociales, organizaciones políticas o tendencias ideológicas, se trata aquí de un frente común (o una confluencia) de problemas, cuestiones, anhelos y motivaciones de acción colectiva.

Lo que anima mi visión es una tesis central de la filosofía de Leibniz --adhiriéndome a la cual me atrevería a calificar mi enfoque filosófico-político como «neo-leibniziano»--, a saber: un principio de armonía universal que afirma un acuerdo profundo entre los aparentemente dispersos órdenes de cosas, regidos por sendas regularidades, a primera vista inconexas, pero que --a tenor de este principio-- se conjugan en un orden general subyacente y abarcador.

De conformidad con ese principio, no es plenamente racional un proyecto humano que, desconociendo ese vínculo entre las diferentes regularidades, omita la tarea de enlazar las diversas finalidades con arreglo a un canon de aunamiento o confluencia de lo dispar. Cada cosa es lo que es, ciertamente; mas, en virtud de ese principio de armonía o confluencia, es también algo más (y diverso), es un ingrediente de un todo.

Desde luego tal unificación ha de realizarse sin desconocer las inevitables colisiones y respetando la peculiaridad de cada ámbito y la especifidad de cada tarea, puesto que cada una obedece a sus propios constreñimientos e interesa a unos grupos determinados de la población humana. No se trata de fundirlo todo en un magma indiferenciado. Confluencia no es confusión.

Al formular --desde esos supuestos filosóficos-- la propuesta de abordar la restauración republicana en España como una parte de la lucha por una República universal de la humanidad --que pasa por una acción mancomunada de los pueblos del sur contra la supremacía de las potencias septentrionales-- abogo también por considerar nuestras aspiraciones nacionales sin incurrir en ombliguismo, concibiéndolas en su contexto mundial.

En esa visión se modifica la percepción de los amigos y los enemigos. Para algunos republicanos --a quienes respeto, pero cuyos puntos de vista no comparto-- habría que instaurar en España una nueva República con los mismos amigos que la actual monarquía borbónica y con una política exterior muy parecida, con sus tres pilares: (1) unión europea; (2) NATO; (3) participación en las campañas militares orquestadas por USA (ahora, p.ej., en Afganistán y en el futuro las que toque agregar a la reciente lista de Yugoslavia, Somalia, Haití e Iraq).

Mi propuesta invierte radicalmente el enfoque de la política exterior, sugiriendo que --en lugar de seguir por la senda de esas uniones septentrionales-- busquemos otras integraciones, y en concreto una unión política de los pueblos de habla hispana, de los que estuvieron representados en las Cortes de Cádiz de 1812, olvidando nuestras guerras fratricidas del siglo XIX (igual que Demóstenes aconsejaba a los griegos unirse contra el rey Filipo de Macedonia sin acordarse de las guerras que los habían enfrentado unos a otros). A la vez, y en ese marco, habría de considerarse la posibilidad de una alianza estratégica con Rusia, China, Brasil y la India para orientarnos a un modelo de desarrollo económico más viable y satisfactorio.


Lorenzo Peña
Tres Cantos. 2009-08-14
El autor permite a todos reproducir textual e íntegramente este escrito
V. también: http://lp.jurid.net/books/esturepu




ESTUDIOS REPUBLICANOS (6)

Estudios republicanos (6)
Defensa de la República parlamentaria


Continúo aquí mi serie de comentarios al libro Estudios republicanos: Contribución a la filosofía política y jurídica, recientemente publicado por la editorial Plaza y Valdés (www.plazayvaldes.es).
En mi libro defiendo el modelo de la República unitaria de trabajadores, la de 1931, entre otros aspectos, por su sistema parlamentario, que me parece bastante logrado.

El parlamentarismo de la Constitución republicana de 1931, que analizo en el capítulo 2, obedecía a un principio básico de los sistemas parlamentarios, a saber: que el poder ejecutivo no sea superior ni igual al legislativo, sino que éste, encarnado en un órgano colectivo de representación nacional, ejerza un control sobre el ejercicio del poder ejecutivo. Lo conseguía por medio de la responsabilidad ministerial ante la cámara legislativa, la cual, además, veía reforzado su rango al estar excluida cualquier cámara alta (siempre refrenadora de la voluntad democrática).

La responsabilidad ministerial instituida en la Constitución de 1931 estaba, sin embargo, sujeta a condiciones estrictas, lo cual determina que se tratara de un parlamentarismo racionalizado. En efecto (según lo estudio en el §9 del cp. 2), si bien el Presidente de la República nombraba y destituía al primer ministro --o sea al Presidente del consejo de ministros-- según su propio criterio y cuando lo juzgara oportuno --y, de acuerdo con el jefe de gobierno, a los ministros--, no obstante el Parlamento podía someter al Presidente del gobierno y a cualquier ministro al voto de censura que lo obligaba a dimitir. Ahora bien, al establecer ese voto de censura, el art. 91 condicionaba que pudiera prosperar el voto de censura a conseguir una mayoría absoluta y ser propuesto en forma motivada y por escrito por al menos 50 diputados (art. 64; exigíase un plazo de reflexión de cinco días entre la propuesta y la votación).

La Constitución no instituyó una omnipotencia parlamentaria. La configuración del gobierno parlamentario que instituyó anticipaba la que posteriormente se ha establecido en diversas Repúblicas parlamentarias europeas en la segunda posguerra mundial.

Y es que la asamblea no podía nombrar al jefe del gobierno ni directa ni indirectamente. Tampoco podía destituirlo ni destituir a ningún ministro porque sí, sino sólo con el concurso de circunstancias muy restrictivas.

A esas atribuciones del poder legislativo añadíanse sus potestades de control sobre la Presidencia de la República --aunque eran potestades tasadas y rodeadas de cautelas (otra cosa es que en la práctica se rebasó la tasa constitucional con la destitución de D. Niceto Alcalá-Zamora).

Así y todo, tratábase de un genuino parlamentarismo. No lo es, en cambio, el sistema cancilleril de la actual constitución monárquica de 1978, toda vez que en ésta:

  • El nombramiento del Presidente del gobierno lo hace el Trono, si bien se requiere que, proponiendo el Presidente del gobierno su programa al congreso, éste le otorgue su confianza, según el art. 99: en primera instancia por mayoría absoluta (la mitad más uno de los presentes y votantes) y, en segunda y última instancia, por mayoría simple (más síes que noes); el Trono, por su parte, ejerce sus prerrogativas (o se abstiene de ejercerlas) sin ningún control y sin que se haya habilitado mecanismo sustitutivo de la voluntad regia. (En eso se diferencia nuestra monarquía borbónica --consolidada en la actual constitución española-- de monarquías parlamentarias como la belga.)

  • Una vez nombrado el Presidente del gobierno, éste propone al rey, en cualquier momento, el nombramiento o la destitución de cualquier ministro, sin sujetarse a ninguna compulsión parlamentaria.

  • Los ministros no están sometidos a responsabilidad parlamentaria; sólo lo está el gobierno colectivamente junto con su Presidente.

  • Esa responsabilidad es limitadísima y, en la práctica, de ejercicio imposible, ya que se requiere que una mayoría absoluta vote la moción de censura que incluya un candidato alternativo a la jefatura del gobierno; exígese, pues, que se apruebe un programa alternativo de gobierno propuesto por alguien que rete al Presidente para desplazarlo de su cargo; es el sistema cancilleril germano del «voto constructivo» que exime al gobierno de turno de tener que buscar un permanente respaldo parlamentario, bastándole que las oposiciones no puedan unificarse en torno a un candidato y un programa alternativo (podía mantenerse un gobierno que gozara de la confianza de sólo unos pocos diputados).

  • La actual estructura partitocrática convierte la potestad de cada diputado en un mandato imperativo, en beneficio, no de sus electores, sino de su partido --hasta el punto que los debates y las votaciones de la asamblea son pura ceremonia y todo se decide, o se podría decidir, en la Junta de Portavoces; la disciplina de voto partidaria asegura unos resultados mecánicamente previsibles. (Nada de todo eso sucedía en el sistema parlamentario de la II República, en la cual los partidos eran asociaciones privadas carentes de reconocimiento oficial y los diputados eran libres, no estando sometidos a la disciplina partidaria como, de hecho, lo están ahora.)

Vemos, pues, que el actual régimen político español no es parlamentario, sino monárquico-cancilleril, ya que ni hace falta para que un ministro entre en funciones que le otorgue su confianza el congreso ni, una vez nombrado, puede afectar lo más mínimo su continuación en el cargo que la cámara baja respalde o no su gestión (podría incluso haber unanimidad contra él sin que pasara nada).

A los enormes poderes del Presidente del gobierno se suma la prerrogativa regia para hacer de nuestro actual sistema un régimen de subordinación del poder legislativo al ejecutivo. Tal subordinación viene reforzada por otras disposiciones: la regulación de la iniciativa legislativa en el art. 87 y la del decreto-ley en el 86; todo ello muy alejado de las garantías democrático-parlamentarias de los arts. 60 y 61 de la Constitución de 1931; el último sólo permitía la legislación gubernamental (a diferencia de los actuales decretos-leyes) previa una autorización expresa y tasada concedida por la asamblea.

Podemos así comprobar que la sabia y prudente Constitución republicana de 1931 consiguió un equilibrio justo de poderes con predominio legislativo, al paso que ahora padecemos un régimen de poder ejecutivo fuerte --aunque, eso sí, enormemente debilitado por la proliferación y el reforzamiento de las autonomías regionales o reinos de taifas.

Cualquier sistema político tiene sus defectos. El parlamentarismo también. Y en general la democracia. A su favor lo mejor que se ha dicho es la frase de Churchill, a saber que es el peor régimen salvo todos los demás. No hay sistema perfecto. Las alternativas al parlamentarismo son más malas (y el sistema cancilleril congrega varias de esas maldades, y mucho más en combinación con la descentralización autonomística o federalización de facto). La legitimidad de la democracia o del parlamentarismo no le viene de una unción sagrada (ni siquiera de la Voz del Pueblo Soberano), sino de que son instrumentos aptos --o menos ineptos que las alternativas diseñadas-- para configurar una pública gobernación que pueda guiarse por pautas de justicia y de bien común y de salvaguardar --con el consentimiento general-- la paz social.

Dejando ya de lado otros aspectos --entre ellos la configuración de la jefatura del Estado--, la comparación de las dos constituciones, la de 1931 y la de 1978, nos revela que el modelo parlamentario de la República era ampliamente preferible al modelo cancilleril y de predominio ejecutivo que tenemos hoy.

De otra opinión es el Prof. Antonio García-Trevijano, quien, en una de sus páginas, escribe un artículo sobre el 14 de abril. Para D. Antonio «[l]a República no fue responsable de la guerra civil. Carecía de un poder ejecutivo independiente del legislativo que, con el absoluto control del poder militar, pudiera evitarla».

El parlamentarismo, el no haber adoptado un sistema Presidencialista, fue, a su juicio, el error constitucional de 1931 que impidió hacer frente a la sublevación militar y a la intervención extranjera en 1936-39.

Con todo respeto discrepo de ese punto de vista. Imaginemos que el sistema político de la II República hubiera sido Presidencialista, como el de los EE.UU ¿En qué hubiera favorecido eso hacer frente a la conspiración que había urdido desde Roma su Exiliada Majestad, D. Alfonso de Borbón y Habsburgo-Lorena, con el respaldo del rey de Italia, y cuyo organizador interno fue el general Mola? ¿En qué hubiera ayudado al pueblo español a combatir a los sublevados y a sus apoyos foráneos, Italia, Alemania y, en menor medida, USA e Inglaterra --junto con una actitud equívoca y oscilante de Francia? En nada, absolutamente en nada.

Lo que posibilitó la resistencia a la sublevación y a la agresión foránea fue el sistema parlamentario; si no, la Presidencia de la República se hubiera tal vez opuesto a armar a las milicias, instituyendo un gobierno de conciliación (como dizque quiso serlo el nonnato de Martínez Barrio, que fracasó porque hubiera carecido de la confianza de la mayoría de los diputados).

La República no ganó la guerra; la perdería en 1939. Mas, de no haber sido por el sistema parlamentario, es de temer que la sublevación monárquica habría triunfado fácilmente en toda España sin resistencia popular, al verse ésta carente de armas. Que así habría sido mejor porque se hubiera evitado la guerra es una opinión que respeto aunque no comparto; creo que hay circunstancias --excepcionales, en verdad-- en las que hay que resistir incluso por las armas. El parlamentarismo nos salvó de una precipitada capitulación y posibilitó la realización de nuestra gran gesta nacional de resistencia antifascista.

García-Trevijano añade, en su artículo, que existía una «incapacidad del sistema parlamentario, monárquico o republicano, para impedir el triunfo del fascismo». No ofrece ningún argumento a favor de esa tesis, que, en mi modesta opinión, es palmariamente equivocada, por las razones siguientes:

  • 1ª) El fascismo no triunfó en Italia en 1922 a causa del sistema parlamentario, que no existía. En ese país había una monarquía limitada, un sistema semi-liberal instituido por el Estatuto albertino (carta otorgada por el Rey Carlos Alberto de Cerdeña en 1848 --parecido a nuestro Estatuto Real de 1834--), en el cual la Corona ejercía el poder ejecutivo exclusivamente y compartía el legislativo con las cámaras; si el rey había solido operar según una costumbre parlamentaria, nada lo forzaba legalmente a ajustarse a tal canon. Conque el rey Víctor Manuel III impuso a Mussolini como primer ministro y forzó a los diputados a otorgarle su confianza (que no hubiera alcanzado sin el respaldo regio).

  • 2ª) El nacionalsocialismo triunfó en Alemania porque la constitución de Weimar había instaurado un régimen cuasi-presidencialista, en el cual ejercía un amplísimo poder el Presidente del Reich, Paul von Hindenburg, quien, en enero de 1933, decidió nombrar canciller a Hitler, convocándose una sesión del Reichstag irregular; los poderes del nuevo canciller fueron colocados bajo el amparo de los presidenciales. Sin esa amplia potestad presidencial es dudoso si Hitler habría podido alcanzar el nombramiento de canciller; pero lo probable es que no habría podido consolidar su dictadura, como lo hizo gracias a esa prerrogativa presidencial que von Hindenburg delegó en él de facto.

  • 3ª) En España el fascismo no llegó al poder por vía electoral; achacar al parlamentarismo republicano su llegada sólo puede hacerse atribuyendo la debilidad gubernativa a ese sistema, lo cual hemos visto que no es cierto.

  • 4ª) En Portugal y en los países del Este de Europa donde se instauraron regímenes fascistizantes (los estadicos bálticos, Polonia, más los reinos de Yugoslavia, Grecia, Bulgaria, Rumanía y Hungría) no había parlamentarismo alguno, sino un fuerte poder presidencial (Polonia, Portugal) o regio (en Hungría el del regente, almirante Miklós Horty).

¿Cuáles fueron entonces las causas de la derrota de la República española --y, para empezar, de que prosperase la conjura de alzamiento militar instigada y tramada por Alfonso XIII y sus agentes?

Se me ocurren, al menos, quince causas. Ninguna tiene nada que ver con el sistema parlamentario. (Las causas de la 1 a la 8 se refieren a lo que tendría que haberse hecho antes de producirse la sublevación militar; de la 9 a la 15 a lo que hubiera sido menester una vez desencadenada la guerra.)

  • 1.-- No haber tomado medidas efectivas para atajar el complot; una de ellas habría sido --como las leyes permitían-- el arresto preventivo de los sospechosos de conspirar, los generales a quienes el gobierno (bien intencionado pero ineficaz) de D. Santiago Casares Quiroga puso al frente de regiones militares periféricas, desde las cuales prepararon el levantamiento. (También había que pedir la extradición del destronado monarca.)

  • 2.-- No haber armado preventivamente a las milicias antifascistas; se habría hecho eso volviendo a la tradición de la Milicia Nacional, gracias a la cual el liberalismo español pudo mantenerse en diversas ocasiones a lo largo del siglo XIX.

  • 3.-- No haber seguido una política más conciliante hacia el catolicismo (ese grave error lo señalo y critico pormenorizadamente en el capítulo 2 de mi libro). Fue un dislate redactar los artículos constitucionales que dieron a la jerarquía eclesiástica pretexto para su campaña antirrepublicana. (A mi juicio habría debido mantenerse vigente el concordato de 1851 y conservado, durante algún tiempo, la confesionalidad del Estado --o, al menos, observado el dispositivo híbrido ideado en el anteproyecto constitucional de D. Ángel Ossorio y Gallardo.)

  • 4.-- No haber establecido relaciones diplomáticas con Rusia, la cual, por razones geopolíticas, era nuestra única posible aliada frente a las potencias agresoras y las que, sin llegar a serlo, simpatizaron con los militares sublevados. El 18 de julio de 1936 no había embajada española en Moscú ni rusa en Madrid; eso retrasó el inicio de la ayuda soviética.

  • 5.-- No haber llevado a cabo una reforma agraria profunda más que ya durante la guerra en la zona leal; de haberse realizado antes, el apoyo campesino habría sido mucho mayor y el poder maléfico de la aristocracia latifundista se habría reducido.

  • 6.-- No haber procedido a una nacionalización preventiva de la banca, expropiando todas las instituciones financieras sin indemnización --como lo permitía el art. 44 de la Constitución--, lo cual hubiera dejado a la oligarquía sin fondos nacionales para el alzamiento.

  • 7.-- Haber destituido, anticonstitucionalmente, al Presidente D. Niceto Alcalá-Zamora, el cual sí hubiera podido jugar un papel disuasorio frente a los sublevados monárquicos, dada su autoridad y su prestigio entre un sector conservador de las masas populares.

  • 8.-- No haber disuelto preventivamente los casinos y otros círculos adinerados de la conspitación monárquica.

  • 9.-- Ya puesta en marcha la sublevación militar, no haber podido atajar a tiempo los desmanes de las turbas anárquicas y de los vigilantes rojinegros durante los primeros meses de la guerra --siendo ese terror el mayor baldón para la República y la principal arma de propaganda en manos de sus enemigos.

  • 10.-- No haber realizado (como lo propuso, al parecer, Stalin) elecciones parlamentarias durante la guerra en la zona leal; habrían reforzado el crédito de la causa republicana y democrática frente al fascismo, igual que las elecciones que llevaron a las Cortes de Cádiz en 1812 ayudaron a reforzar la causa nacional contra el invasor napoleónico.

  • 11.-- No diseñar una política agraria que atrajera al campesinado de las zonas donde los sublevados contaban con amplio apoyo rural.

  • 12.-- No haber proclamado la independencia del Marruecos español (otra sugerencia, al parecer, de Stalin o del partido comunista de España); hubiera minado la autoridad de Su Alteza Imperial, el Jalifa, quien auxiliaba a los sublevados.

  • 13.-- No haber dado los pasos ofensivos conducentes a una declaración de guerra a Alemania (como lo propuso el ministro Indalecio Prieto) tras el bombardeo de Almería el 31 de mayo de 1937 (eso habría precipitado la internacionalización el conflicto por una vía más efectiva que aquella que luego formulará --quizá más como esperanza que como tarea-- el Presidente del Consejo, Dr. Juan Negrín; hubiera sido difícil a Francia, Inglaterra y USA proclamarse neutrales e imposible seguir apoyando a los sublevados).

  • 14.-- No haber podido mantener la unidad de las fuerzas republicanas cuando los sublevados avanzaban, habiendo sucumbido muchas de ellas al desánimo y al derrotismo y quedándose pasivas ante el nuevo complot militar (éste a cargo de la oficialidad del ejército que no se había alzado en 1936 --que no fue depurada de los elementos sospechosos, cual lo exigía una situación bélica).

  • 15.-- No haber podido contrarrestar el divisionismo de las fuerzas de vocación secesionista de las regiones septentrionales, cuyas tendencias capitulacionistas minaron la resistencia republicana en momentos decisivos de la guerra (verano de 1937 e invierno de 1939).

Tales son mis opiniones que someto a otras mejor fundadas. Si en algo llevo razón, nuestra gloriosa República no pereció a causa del parlamentarismo, sino por motivos absolutamente dispares.


Lorenzo Peña
Tres Cantos. 2009-08-07
El autor permite a todos reproducir textual e íntegramente este escrito
V. también: http://lp.jurid.net/books/esturepu




Lorenzo Peña y Gonzalo

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Tres Cantos, Spain
Tras una turbulenta y amarga juventud consagrada a la clandestina lucha revolucionaria, mi carrera académica me ha conducido a obtener las 2 licenciaturas de Filosofía y Derecho y asimismo los 2 Doctorados respectivos (en Filosofía, Universidad de Lieja, 1979; en Derecho, Universidad Autónoma de Madrid, 2015). Soy también diplomado en Estudios Americanos; en cambio, si bien inicié (con éxito) la licenciatura en lingüística, no la culminé. Creador de la lógica gradualista, tras haberme dedicado a la metafísica y la filosofía del lenguaje, vengo consagrando los últimos 4 lustros a desarrollar una nueva lógica nomológica y aplicarla al Derecho: la lógica de las situaciones jurídicas, basada en la metafísica ontofántica que elaboré en los años 70 y 80. He sido profesor de las Universidades de Quito y León, Investigador visitante en Canberra e investigador científico del CSIC, habiendo sufrido la jubilación forzosa por edad en 2014 cuando había alcanzado el nivel máximo: Profesor de Investigación. Soy miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.