Lorenzo Peña

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Lorenzo Peña
Tres Cantos, Madrid, Spain
Diplomado en Estudios Americanos (Univ. de Lieja, 1978). Diplomado de Estudios Avanzados (DEA) en Derecho (Univ. Autónoma de Madrid, 2007). Licdo en Derecho (UNED, 2004). Licdo en Filosofía (PUCE, 1974). Doctor en Filosofía (Univ. de Lieja, 1979). Miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Profesor de Investigación del CSIC. Animador del Grupo de Estudios Lógico-Jurídicos. Director de: ESPAÑA ROJA, SORITES y JuriLog.
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sábado, septiembre 05, 2009

La historia de mis ideas y mis hechos

En minoría de a uno: La historia de mis ideas y mis hechos. Parte I: La ida (1944-1972)
por Lorenzo Peña
http://eroj.org/bio
Madrid: ESPAÑA ROJA, 1 de septiembre de 2009
ISBN-13 978-84-692-55469


Acaba de publicarse la Parte I de mi autobiografía político- intelectual, con el título arriba mencionado y libremente accesible en el sitio de ESPAÑA ROJA (tanto en formato HTML como en PDF).

Este opúsculo de 73 páginas recoge las vicisitudes de mi vida infantil y juvenil hasta que abandoné el PCEml en mayo de 1972.

El primer capítulo se basa no sólo en recuerdos personales sino también en documentos del archivo familiar; en él se ejemplifica la vida bajo el régimen totalitario de la primera posguerra y el ambiente de los años 50.

En el segundo están reflejados varios episodios de la vida político-intelectual española de los años 60 y primeros 70; entre otras cosas, figuran: la Universidad madrileña en los años 60; la formación de la FUDE y los inicios de su lucha contra la tiranía; el masivo ingreso de estudiantes en el PCE; los dramáticos acontecimientos en torno al asesinato de Julián Grimau por el régimen franquista; las desavenencias internas en el partido comunista de España en torno a la política de reconciliación nacional; el seminario de Arrás de 1963; la escisión que llevó a la creación del grupo pro-chino Proletario, y posteriormente a su fusión con otros grupos, surgiendo de ellos, a fines de 1964, el PCEml; la trayectoria de éste entre 1964 y 1972; la nefasta influencia de las tormentas políticas de la China de Mao Tse-tung en una marcha que podría haber sido más racional y venturosa; y finalmente las discrepancias entre el autor de la autobiografía y el resto del comité ejecutivo de dicho partido que, al acumularse, me condujeron a poner término a aquella militancia el 25 de mayo de 1972.

El libro se completa con dos anejos, en uno de los cuales reproduzco la crítica que en 1970 me hacía Jesús Ynfante en su libro La prodigiosa aventura del Opus Dei: Génesis y desarrollo de la Santa Mafia por un artículo que --bajo uno de mis seudónimos habituales, «E. Zújar»-- había publicado en la revista del PCEml Revolución española.

Invito a mis lectores a manifestar aquí sus objeciones y sus críticas a ese ensayo autobiográfico.

Tres Cantos, 5 de septiembre de 2009






sábado, agosto 15, 2009

ESTUDIOS REPUBLICANOS (7-2)

Estudios republicanos (7)
La República Española y sus enemigos (Razones para oponerse a Occidente)

[2ª Parte]


Continúo aquí mi serie de comentarios al libro Estudios republicanos: Contribución a la filosofía política y jurídica, recientemente publicado por la editorial Plaza y Valdés (www.plazayvaldes.es).

Objeciones

1ª Objeción.-- Es paradójico que el ideal de una República fraternal de la humanidad se quiera alcanzar a través de una política de enfrentamiento y odio a una parte de la humanidad, al Occidente o a las potencias septentrionales --ambas denominaciones vienen a designar el mismo agregado de países, aproximadamente--. Si de veras se aboga por un republicanismo planetario, ¿no hay que empezar por dejar atrás esos resentimientos y esas historias de buenos y malos?

Respuesta.-- Sí, es paradójico, es contradictorio, porque la vida es contradictoria y paradójica. El fin es la hermandad humana, una República fraternal de todos en una casa común, el planeta Tierra. El medio es resquebrajar y sacudir la supremacía maléfica de la NATO y sus socios. Claro que entre el medio y el fin se da una contradicción. Y quizá siempre hay contradicción entre medios y fines; al menos muy a menudo. Al acudir al inevitable medio se está, un poco, estorbando la consecución del fin. Por eso hay que tener sumo cuidado, no recurriendo al medio más de lo necesario y contrarrestando sus efectos nocivos.

2ª Objeción.-- La visión aquí presentada es maniquea: la pobre España víctima de los malos del norte. ¡Como si el imperialismo español hubiera sido mejor! ¡Ojalá los españoles hubieran tratado en el siglo XVI a los indios de América como a ellos los trataron los ingleses y franceses en 1808 y en los episodios históricos posteriores que se mencionan en este escrito!

Respuesta.-- Eso en nada desvirtúa mi argumentación. Si un vecino es víctima de una agresión, no vamos a justificar al agresor porque ese mismo vecino, en su lejana juventud, hubiera cometido tropelías peores contra terceros. Entenderíamos que esos terceros le reclamasen a nuestro vecino, mas no que otros --que obraron igual y que han seguido obrando mal-- perpetren esa agresión, que en nada ayuda a quienes sufrieron un daño en el pasado.

Además, no creo que haya en mi planteamiento ningún maniqueísmo, porque no sostengo que haya mal puro de un lado y bien puro del otro. Nada es puro. Todo está mezclado. Los malos no son nunca tan malos como se los pinta ni los buenos tan buenos. Todo eso es cuestión de grado. Pero hay grados. Falsea la realidad no reconocer las diferencias de grado o subestimarlas.

3ª Objeción.-- Si los credos de redención social del siglo XIX incurrieron también en la paradoja, al abogar por una humanidad libre y fraternal a través de la revolución social y de la lucha de clases, al menos preconizaban un hermanamiento universal de los pobres frente a los ricos --olvidando los resentimientos heredados del pasado--, al paso que este escrito quiere mantener algunos de esos resentimientos y funda en esos rencores una agenda política. Y eso constituye un retroceso moral.

Respuesta.-- Dudo que en ese sentido exista una diferencia tan significativa, porque uno de los resentimientos heredados del pasado es el de clase social.

Donde radica la diferencia de enfoque es en que esos credos --y, para no hablar con circunloquios, el marxismo en concreto-- soñaron con hacer en seguida tabla rasa de todo el complejo entradado de los sentimientos colectivos para que emergiera uno solo, el alineamiento de clase, la lucha entre burguesía y proletariado (aunque es verdad que los adeptos de tal concepción no desconocieron las dificultades de tal empresa, que no podía plantearse de golpe).

Esa visión simplista de las cosas ha sido sometida al ácido test de la experiencia de los últimos 32 lustros. Hemos aprendido que las cosas son mucho más complicadas y que no es realista hacer propuestas que no tengan en cuenta esa complejidad.

4ª Objeción.-- ¿No es sumamente peligrosa --esté o no en parte justificada-- una propuesta que da pie al «odio a Occidente» que ha analizado en su libro de ese título Jean Ziegler, pero no para atizarlo ni para sumarse a él, sino para explicarlo y ayudar a superarlo por una política de concodia universal?

Respuesta.-- Al manifestar las razones de mi propio resentimiento contra las potencias septentrionales, no estoy soplando sobre el fuego. Lo que aviva el fuego es que continúen las causas del resentimiento y que no se indemnice a las víctimas.

5ª Objeción.-- Si el autor se hubiera limitado de abogar por un derecho a la reparación de los pueblos que fueron agraviados por el colonialismo, su tesis sería aceptable, igual que si sostuviera que una futura República española debería apoyar esa reivindicación por motivos morales. Lo erróneo es que equipare esos agravios a los que sufrió el pueblo español como consecuencia de intervenciones foráneas: el respaldo que dieron al régimen de Franco fue de naturaleza absolutamente dispar.

Respuesta.-- No fue de naturaleza absolutamente dispar. Hay una analogía; analogía parcial, desde luego. La colonización del tercer mundo fue una suma abigarrada de hechos muy distintos entre sí. Se da entre ellos un denominador común, que no carece de ciertas afinidades con la actuación de esas potencias con relación a España. (Así, p.ej., la invasión napoleónica de 1808 se inspiraba en la fugaz conquista de Egipto por las tropas de Bonaparte nueve años antes.) En uno y otro caso se trata de conductas gravemente lesivas perpetradas por los Estados significativos de lo que hoy es la Alianza Atlántica, en detrimento de las poblaciones. (En nuestro caso el daño, tremendo, persiste aún en parte puesto que no hemos podido recuperar la República; en el caso de los pueblos africanos, los perjuicios son el subdesarrollo, la debilidad de los aparatos estatales y encerramiento de las poblaciones en fronteras impuestas desde lejos.)

6ª Objeción.-- ¿Por qué esa fijación con lo que nos han hecho otros Estados europeos y USA en diversos momentos de la historia reciente? ¿No llevaba razón el ex-presidente del gobierno, J.M. Aznar, al decir (en su discurso en el Hudson Institute de Washington el 22 de septiembre de 2006) que España había sido invadida por los árabes en el año 711 y que él estaba esperando que los musulmanes pidan perdón por haber ocupado España durante ocho siglos?

Respuesta.-- Los hechos históricos que motivan razonablemente una responsabilidad y que determinan las opciones de amistad y enemistad son los de tiempos recientes, de los decenios o pocos siglos que preceden inmediatamente nuestras decisiones colectivas. Similarmente, los hechos que determinan nuestras opciones individuales y que ocasionan que pidamos responsabilidades son conductas no prescritas y, por lo tanto, más o menos recientes.

Además, los árabes y bereberes que irrumpieron en España en 711 estaban atacando a un reino visigodo, que --desde mediados del siglo V-- sojuzgaba a la población hispanorromana. Ese reino godo o visigodo era patrimonio de un casta bárbara, que monopolizaba el poder. Sólo habían transcurrido 18 lustros desde que cayeran en sus manos los últimos reductos del Imperio Romano en España (toda la costa levantina) y poco más desde que su nobleza se convirtió a la religión de la población local. Esa élite germánica (al parecer de origen escandinavo) estaba desgarrada por conflictos dinásticos, siendo los hijos del penúltimo rey, Vitiza, quienes llamaron en su auxilio a los árabes. A la sazón los godos seguían siendo odiados por buena parte de la población (que se había sublevado una vez más cuando Yabal at-Tariq desembarcó en Gibraltar el 29 de abril). En el año que dura el reinado de Roderick (710-11) el espíritu insurreccional se extendía por doquier, así que los recién llegados emcontraron tan amplia colaboración que en poco tiempo aniquilaron los focos de la resistencia visigoda (que sólo suscitó un cierto respaldo popular en un rincón de la cornisa cantábrica).

A partir de ese momento se produce una arabización masiva; no hubo ninguna matanza generalizada y los desembarcados eran unos miles; sin embargo, fue muy pronto árabe la gran mayoría de la población de los Estados de Al Ándalus --emirato, califato y reinos de taifas--; árabe de lengua y cultura, aunque toda ella genéticamente hispana al cabo de unas pocas generaciones. Los hispano-árabes no eran, pues, ocupantes extranjeros. Menos aún puede decirse que lo fueron los habitantes del reino nazarí de Granada en el siglo XV.

Mas, imaginando que hubiera que demandar responsabilidades por aquella incorporación de España al califato de Damasco, ¿a quién? ¿Quién sería hoy el continuador de los omeyas? No cabe decir que son «los árabes» o «los mahometanos» --comunidades dispersas a las que sería absurdo responsabilizar colectivamente por hechos de hace tantos siglos. No ha habido ningún grupo político árabe independiente que haya persistido desde entonces. (Es muy distinto lo que sucede con los males infligidos a España en siglos recientes por esos países septentrionales a los que nuestra oligarquía considera amigos, pues sus instituciones perviven --a veces siguen existiendo incluso las mismas firmas bancarias o mercantiles, las mismas dinastías y, en algunos casos, hasta los mismos partidos políticos.)

Por último, no se trata de exigir declaraciones de compunción o arrepentimiento, que no siven para nada. Se trata de reclamar rectificaciones y reparaciones reales, que sirvan para mejorar la vida.


Conclusión

Sé que mis ideas son muy polémicas y que su enunciación puede suscitar el desagrado de muchos; y de muchos con sensibilidades absolutamente dispares por lo demás.

Como siempre sucede con lo que no sabemos bien cómo clasificar, se tratará de encasillar tales ideas en alguno de los apartados preconcebidos para endosarles un rótulo con el que esté familiarizado el clasificador: nacionalismo, maniqueísmo, antiimperialismo primario, etnicismo, geografismo, pasadismo, historicismo, y así sucesivamente.

Las etiquetas valen lo que valen. Afrontando y desafiando todas esas incomprensiones --a las que me expongo a sabiendas--, mi propuesta la calificaría yo de un modo diferente, como la de un humanismo concreto, radical y auténtico.


Lorenzo Peña
Tres Cantos. 2009-08-15
El autor permite a todos reproducir textual e íntegramente este escrito
V. también: http://lp.jurid.net/books/esturepu






viernes, agosto 14, 2009

ESTUDIOS REPUBLICANOS (7-1)

Estudios republicanos (7)
La República Española y sus enemigos (Razones para oponerse a Occidente)

[1ª Parte]


Continúo aquí mi serie de comentarios al libro Estudios republicanos: Contribución a la filosofía política y jurídica, recientemente publicado por la editorial Plaza y Valdés (www.plazayvaldes.es).

Mi libro es una obra académica. Al escribirlo traté de atenerme a los cánones que rigen un trabajo de investigación universitaria: usar un lenguaje sobrio --sin prodigar ni loas ni vituperios--; abstenerse de exhortaciones; basar las afirmaciones en pruebas y en análisis conceptuales; documentar los asertos fácticos con datos o referencias; aducir bibliografía pertinente; seguir el hilo conductor de la exposición con un plan demostrativo, claro y racional.

Sin embargo, el libro aspira a ser algo más que una monografía erudita sobre el republicanismo español (en sus cinco facetas: la filosófico-política, la jurídico-constitucional, la histórica, la axiológico-doctrinal y la de proyección internacional). Quiere también servir de soporte argumental de una propuesta al debate ciudadano a favor de ese mismo republicanismo español.

En este suelto voy a comentar uno de los aspectos de mi alegato, a saber: mi tesis de que, en nuestras concretas condiciones históricas, el republicanismo español tiene que afrontar la hostilidad, no sólo de la oligarquía borbónica española, sino del conglomerado que se denomina «Occidente», habiendo motivos para que quienes lo reivindican se alineen en una postura netamente anti-occidentalista, buscando coincidencias con aquellos que, en el mundo de hoy, cuestionan la supramacía occidental.

Baso mi argumentación en un estudio histórico. Sostengo que la defensa del republicanismo español, encarnado en la II República, constituyó una continuación de una lucha nacional hispana, siendo lógico que tuviera que enfrentarse, como se enfrentó, a los enemigos de España: Alemania, Inglaterra, EE.UU, Italia y, en buena medida, Francia; o sea a lo que nuestras actuales élites borbónicas llaman «los países de nuestro entorno».

Mi libro muestra que la instauración de la dinastía borbónica (en la Guerra de Sucesión, 1701-1714) encarnó la derrota de la España histórica, vencida por su enemiga del norte; esa España histórica que había tenido su máxima plasmación en el Siglo de Oro, bajo la égida de la casa de Austria, que se aureoló con la ideología de una monarquía católica en la que estuvieran vigentes los valores de Paz, Justicia, Caridad, Lealtad y Honor. (Cómo sucedían realmente las cosas es harina de otro costal.) Tal ideología periclita en 1714 vencida por el maquiavelismo de Luis XIV, sucumbiendo así los principios y valores (ya deslucidos y, a esas alturas, caducos) que habían pergeñado los grandes pensadores hispanos de los siglos XVI y XVII, los Vitoria, Mariana, Suárez, Calderón, Quevedo y tantos otros.

La recuperación de esos ideales de la España histórica se realiza en nuestra Guerra de la Independencia (1808-1814), siendo directamente inspiradores de las Cortes de Cádiz y de la Constitución de 1812. Dudo que sea casual que nuevamente en esa coyuntura tengamos que combatir con el ejército francés --con un ejército francés auxiliado por tropas alemanas, italianas, polacas y holandesas. (En aquella guerra las tropas inglesas y francesas rivalizaron en sus fechorías contra la población española y en su saña destructiva para arrasar nuestra riqueza agrícola y fabril.) Nuevamente tenemos a España, la España histórica, contra Europa.

Y contra Europa tuvo que luchar el liberalismo español en 1823, cuando la Santa Alianza envía a los Cien Mil Hijos de San Luis, mandados por el Duque de Angulema (primo de Fernando VII, según éste último) para destruir a la España constitucional, volviendo a perpetrar destrucciones gratuitas, sólo explicables por el odio al pueblo español o por el afán de sumirnos en el letargo y la pobreza.

Las revoluciones liberales decimonónicas cambiaron radicalmente la faz de España; nos hicieron pasar de la barbarie absolutista a la civilización constitucional y representativa. Fueron posibles porque esta vez las potencias del norte nos dejaron en paz. El Siglo de Oro fue fuente inspiradora del liberalismo español (del duque de Rivas, Martínez de la Rosa, Evaristo San Miguel, Espronceda); la revolución antiborbónica de 1868 retoma tales ideales, siendo ésa la época en que la obra de Mariana y demás pensadores de los siglos XVI y XVII viene reivindicada por nuestros intelectuales republicanos (Salmerón, Castelar, Pi y Margall y más tarde Giner de los Ríos).

Cuando los liberales españoles ganaron las elecciones legislativas en 1898, las potencias monárquicas de la Europa transpirenaica nos impusieron acatar el dictado yanqui, inclinándonos ante la derrota que nos infligió el imperialismo norteamericano, que nos despojó de la mitad del territorio nacional.

Nuestros republicanos de 1931 admiraban a la República Francesa; y llevaban razón. A pesar de sus defectos, era un modelo, imperfecto, en el que se consiguieron no sólo libertades individuales y avances democráticos, sino asimismo logros sociales, gracias al republicanismo solidarista.

Pero allende los Pirineos no querían que los imitáramos en lo bueno. Querían que siguiéramos hundidos en el atraso que encarnaba la dinastía borbónica, ayunos de los progresos que efímeramente nos trajo la Segunda República. Nuestros enemigos de siempre querían una España atrofiada y subyugada. Eso explica la intervención de los unos y la llamada «no intervención» de los otros.

A lo largo de los cuatro decenios de régimen franquista, el Caudillo contó con el respaldo de sus amigos del norte. Si entre 1939 y 1942 se inclinó más por la alianza con Hitler --lo cual le valió ciertas fricciones con los anglosajones--, los aliados occidentales se vieron complacidos por el viraje de septiembre de 1942 (nombramiento del general Francisco Gómez-Jordana como ministro de asuntos exteriores en sustitución de Serrano Súñer). A partir de entonces fue casi una luna de miel; éramos súbditos del «Centinela de Occidente», el paladín del mundo libre. Por eso en 1945 las potencias del norte dieron plantón al pueblo español, mandando balones de oxígeno al acorralado régimen franquista y haciendo oídos sordos a la propuesta rusa de un boicot en regla al único superviviente del Pacto Anti-Komintern. El apadrinamiento occidental del régimen ilegítimo va a ir a más, siendo particularmente estrechos los lazos con EE.UU, que, desde 1953, estacionaron en España importantes tropas --si bien fueron rácanos en cuanto a la ayuda civil que hubiera aliviado el hambre que sufría el pueblo español.

En 1975-80 sí intervinieron, esta vez para tutelar y apuntalar la difícil transición que iba de la tiranía abierta a un sistema político que mantuviera, en lo esencial, sus políticas internas y externas y salvaguardara la hegemonía oligárquica.

¿Por qué todo eso? ¿Maldad? ¿Enemistad histórica? ¿Desprecio a las inferiores razas del sur y al hombre mediterráneo --dizque indolente, obtuso y atávico? ¿Condescendencia frente a una nación que no había participado en la expansión colonialista del siglo XIX --salvo en las postrimerías con un imperiezucho de juguete que, además, tuvieron que regalarle los franceses? ¿Recelo frente a un pueblo español que, cuando abraza los ideales de progreso, es siempre demasiado radical (1820, 1834, 1868, 1931), desafiando así al moderantismo al que presuntamente propenderían los Estados de climas menos cálidos? (A todo lo cual se unirían en 1936 causas específicas, como el odio a una República con legislación social, reforma agraria, influencia obrera y voto femenino --hecho extremadamente infrecuente en el mundo de entonces.)

Cualesquiera que sean las causas, los hechos están ahí. Personalmente me inclino a pensar que confluyeron varias de esas causas. Las dinámicas históricas, las actitudes heredadas, las simpatías y antipatías fruto de un pasado prolongado, poseen --en mi opinión-- una asombrosa tendencia a persistir durante siglos y a generar hábitos del subconsciente colectivo con vocación de perpetuarse (si bien sabemos que en la historia nada es perenne: a la larga todo acabará pasando, antes o después).

Mi libro es una contribución al desenmascaramiento de la trayectoria imperial de esas potencias septentrionales. Para su autor recordar lo que hicieron a la República Española ha sido un motivo más (no, desde luego, el principal) para presentar una acusación de lo que ha significado el imperialismo euro-norteamericano --tema de los últimos capítulos del libro, en los cuales expongo los fundamentos de un desideratum de República Universal.

Así, lo que hago es entroncar la argumentación a favor del republicanismo español con la que se puede ofrecer en defensa de la causa antiimperialista de los pueblos que fueron (y siguen siendo) víctimas del colonialismo y del neocolonialismo euro-atlántico en las regiones del sur del Planeta. En esa argumentación sostengo la defendibilidad axiológica de un reparto global de la riqueza, la defensa de la paz frente a las guerras de agresión imperialistas (cobijadas por la ONU) y la reparación de las injusticias padecidas en siglos recientes por los pueblos de los países económicamente débiles --a través de un mecanismo indemnizatorio.

En concreto argumento en mi libro a favor de reclamar una indemnización en beneficio de los pueblos víctimas de la trata negrera trasatlántica y de la colonización decimonónica, que correría a cargo de las naciones que participaron activamente en tales hechos o que con ellos obtuvieron ventaja.

Paralelamente planteo una reivindicación similar a favor del Estado español y a cargo de nuestra oligarquía financiera y de las potencias extranjeras que favorecieron la victoria franquista en 1939 o que se aprovecharon del poder de Franco para obtener ganancias que nunca les habría otorgado un Estado español genuinamente independiente (p.ej. las bases norteamericanas clavadas en el territorio nacional por los acuerdos de Madrid del 26 de septiembre de 1953).

Ha influido, ¿cómo no?, en mi motivación subjetiva un factor de sentimientos patrióticos; pero, al margen de eso, lo que he presentado al lector contiene una propuesta racional guiada por una máxima metodológica, a saber: que las diferentes quejas y reivindicaciones que quepa, justificadamente, aducir frente a unos grupos privilegiados, aliados entre sí, han de confluir en un espacio común, enlazándose las unas con las otras en una plataforma abarcadora (aunque sean también parcialmente contradictorias, ya que la realidad es contradictoria).

Es el principio metodológico subyacente del «frente unido», que de algún modo --indirectamente-- inspiró la creación en 1936 del Frente Popular, que luchó por la defensa de la República. Más que un frente unido de grupos, clases sociales, organizaciones políticas o tendencias ideológicas, se trata aquí de un frente común (o una confluencia) de problemas, cuestiones, anhelos y motivaciones de acción colectiva.

Lo que anima mi visión es una tesis central de la filosofía de Leibniz --adhiriéndome a la cual me atrevería a calificar mi enfoque filosófico-político como «neo-leibniziano»--, a saber: un principio de armonía universal que afirma un acuerdo profundo entre los aparentemente dispersos órdenes de cosas, regidos por sendas regularidades, a primera vista inconexas, pero que --a tenor de este principio-- se conjugan en un orden general subyacente y abarcador.

De conformidad con ese principio, no es plenamente racional un proyecto humano que, desconociendo ese vínculo entre las diferentes regularidades, omita la tarea de enlazar las diversas finalidades con arreglo a un canon de aunamiento o confluencia de lo dispar. Cada cosa es lo que es, ciertamente; mas, en virtud de ese principio de armonía o confluencia, es también algo más (y diverso), es un ingrediente de un todo.

Desde luego tal unificación ha de realizarse sin desconocer las inevitables colisiones y respetando la peculiaridad de cada ámbito y la especifidad de cada tarea, puesto que cada una obedece a sus propios constreñimientos e interesa a unos grupos determinados de la población humana. No se trata de fundirlo todo en un magma indiferenciado. Confluencia no es confusión.

Al formular --desde esos supuestos filosóficos-- la propuesta de abordar la restauración republicana en España como una parte de la lucha por una República universal de la humanidad --que pasa por una acción mancomunada de los pueblos del sur contra la supremacía de las potencias septentrionales-- abogo también por considerar nuestras aspiraciones nacionales sin incurrir en ombliguismo, concibiéndolas en su contexto mundial.

En esa visión se modifica la percepción de los amigos y los enemigos. Para algunos republicanos --a quienes respeto, pero cuyos puntos de vista no comparto-- habría que instaurar en España una nueva República con los mismos amigos que la actual monarquía borbónica y con una política exterior muy parecida, con sus tres pilares: (1) unión europea; (2) NATO; (3) participación en las campañas militares orquestadas por USA (ahora, p.ej., en Afganistán y en el futuro las que toque agregar a la reciente lista de Yugoslavia, Somalia, Haití e Iraq).

Mi propuesta invierte radicalmente el enfoque de la política exterior, sugiriendo que --en lugar de seguir por la senda de esas uniones septentrionales-- busquemos otras integraciones, y en concreto una unión política de los pueblos de habla hispana, de los que estuvieron representados en las Cortes de Cádiz de 1812, olvidando nuestras guerras fratricidas del siglo XIX (igual que Demóstenes aconsejaba a los griegos unirse contra el rey Filipo de Macedonia sin acordarse de las guerras que los habían enfrentado unos a otros). A la vez, y en ese marco, habría de considerarse la posibilidad de una alianza estratégica con Rusia, China, Brasil y la India para orientarnos a un modelo de desarrollo económico más viable y satisfactorio.


Lorenzo Peña
Tres Cantos. 2009-08-14
El autor permite a todos reproducir textual e íntegramente este escrito
V. también: http://lp.jurid.net/books/esturepu




viernes, agosto 07, 2009

ESTUDIOS REPUBLICANOS (6)

Estudios republicanos (6)
Defensa de la República parlamentaria


Continúo aquí mi serie de comentarios al libro Estudios republicanos: Contribución a la filosofía política y jurídica, recientemente publicado por la editorial Plaza y Valdés (www.plazayvaldes.es).
En mi libro defiendo el modelo de la República unitaria de trabajadores, la de 1931, entre otros aspectos, por su sistema parlamentario, que me parece bastante logrado.

El parlamentarismo de la Constitución republicana de 1931, que analizo en el capítulo 2, obedecía a un principio básico de los sistemas parlamentarios, a saber: que el poder ejecutivo no sea superior ni igual al legislativo, sino que éste, encarnado en un órgano colectivo de representación nacional, ejerza un control sobre el ejercicio del poder ejecutivo. Lo conseguía por medio de la responsabilidad ministerial ante la cámara legislativa, la cual, además, veía reforzado su rango al estar excluida cualquier cámara alta (siempre refrenadora de la voluntad democrática).

La responsabilidad ministerial instituida en la Constitución de 1931 estaba, sin embargo, sujeta a condiciones estrictas, lo cual determina que se tratara de un parlamentarismo racionalizado. En efecto (según lo estudio en el §9 del cp. 2), si bien el Presidente de la República nombraba y destituía al primer ministro --o sea al Presidente del consejo de ministros-- según su propio criterio y cuando lo juzgara oportuno --y, de acuerdo con el jefe de gobierno, a los ministros--, no obstante el Parlamento podía someter al Presidente del gobierno y a cualquier ministro al voto de censura que lo obligaba a dimitir. Ahora bien, al establecer ese voto de censura, el art. 91 condicionaba que pudiera prosperar el voto de censura a conseguir una mayoría absoluta y ser propuesto en forma motivada y por escrito por al menos 50 diputados (art. 64; exigíase un plazo de reflexión de cinco días entre la propuesta y la votación).

La Constitución no instituyó una omnipotencia parlamentaria. La configuración del gobierno parlamentario que instituyó anticipaba la que posteriormente se ha establecido en diversas Repúblicas parlamentarias europeas en la segunda posguerra mundial.

Y es que la asamblea no podía nombrar al jefe del gobierno ni directa ni indirectamente. Tampoco podía destituirlo ni destituir a ningún ministro porque sí, sino sólo con el concurso de circunstancias muy restrictivas.

A esas atribuciones del poder legislativo añadíanse sus potestades de control sobre la Presidencia de la República --aunque eran potestades tasadas y rodeadas de cautelas (otra cosa es que en la práctica se rebasó la tasa constitucional con la destitución de D. Niceto Alcalá-Zamora).

Así y todo, tratábase de un genuino parlamentarismo. No lo es, en cambio, el sistema cancilleril de la actual constitución monárquica de 1978, toda vez que en ésta:

  • El nombramiento del Presidente del gobierno lo hace el Trono, si bien se requiere que, proponiendo el Presidente del gobierno su programa al congreso, éste le otorgue su confianza, según el art. 99: en primera instancia por mayoría absoluta (la mitad más uno de los presentes y votantes) y, en segunda y última instancia, por mayoría simple (más síes que noes); el Trono, por su parte, ejerce sus prerrogativas (o se abstiene de ejercerlas) sin ningún control y sin que se haya habilitado mecanismo sustitutivo de la voluntad regia. (En eso se diferencia nuestra monarquía borbónica --consolidada en la actual constitución española-- de monarquías parlamentarias como la belga.)

  • Una vez nombrado el Presidente del gobierno, éste propone al rey, en cualquier momento, el nombramiento o la destitución de cualquier ministro, sin sujetarse a ninguna compulsión parlamentaria.

  • Los ministros no están sometidos a responsabilidad parlamentaria; sólo lo está el gobierno colectivamente junto con su Presidente.

  • Esa responsabilidad es limitadísima y, en la práctica, de ejercicio imposible, ya que se requiere que una mayoría absoluta vote la moción de censura que incluya un candidato alternativo a la jefatura del gobierno; exígese, pues, que se apruebe un programa alternativo de gobierno propuesto por alguien que rete al Presidente para desplazarlo de su cargo; es el sistema cancilleril germano del «voto constructivo» que exime al gobierno de turno de tener que buscar un permanente respaldo parlamentario, bastándole que las oposiciones no puedan unificarse en torno a un candidato y un programa alternativo (podía mantenerse un gobierno que gozara de la confianza de sólo unos pocos diputados).

  • La actual estructura partitocrática convierte la potestad de cada diputado en un mandato imperativo, en beneficio, no de sus electores, sino de su partido --hasta el punto que los debates y las votaciones de la asamblea son pura ceremonia y todo se decide, o se podría decidir, en la Junta de Portavoces; la disciplina de voto partidaria asegura unos resultados mecánicamente previsibles. (Nada de todo eso sucedía en el sistema parlamentario de la II República, en la cual los partidos eran asociaciones privadas carentes de reconocimiento oficial y los diputados eran libres, no estando sometidos a la disciplina partidaria como, de hecho, lo están ahora.)

Vemos, pues, que el actual régimen político español no es parlamentario, sino monárquico-cancilleril, ya que ni hace falta para que un ministro entre en funciones que le otorgue su confianza el congreso ni, una vez nombrado, puede afectar lo más mínimo su continuación en el cargo que la cámara baja respalde o no su gestión (podría incluso haber unanimidad contra él sin que pasara nada).

A los enormes poderes del Presidente del gobierno se suma la prerrogativa regia para hacer de nuestro actual sistema un régimen de subordinación del poder legislativo al ejecutivo. Tal subordinación viene reforzada por otras disposiciones: la regulación de la iniciativa legislativa en el art. 87 y la del decreto-ley en el 86; todo ello muy alejado de las garantías democrático-parlamentarias de los arts. 60 y 61 de la Constitución de 1931; el último sólo permitía la legislación gubernamental (a diferencia de los actuales decretos-leyes) previa una autorización expresa y tasada concedida por la asamblea.

Podemos así comprobar que la sabia y prudente Constitución republicana de 1931 consiguió un equilibrio justo de poderes con predominio legislativo, al paso que ahora padecemos un régimen de poder ejecutivo fuerte --aunque, eso sí, enormemente debilitado por la proliferación y el reforzamiento de las autonomías regionales o reinos de taifas.

Cualquier sistema político tiene sus defectos. El parlamentarismo también. Y en general la democracia. A su favor lo mejor que se ha dicho es la frase de Churchill, a saber que es el peor régimen salvo todos los demás. No hay sistema perfecto. Las alternativas al parlamentarismo son más malas (y el sistema cancilleril congrega varias de esas maldades, y mucho más en combinación con la descentralización autonomística o federalización de facto). La legitimidad de la democracia o del parlamentarismo no le viene de una unción sagrada (ni siquiera de la Voz del Pueblo Soberano), sino de que son instrumentos aptos --o menos ineptos que las alternativas diseñadas-- para configurar una pública gobernación que pueda guiarse por pautas de justicia y de bien común y de salvaguardar --con el consentimiento general-- la paz social.

Dejando ya de lado otros aspectos --entre ellos la configuración de la jefatura del Estado--, la comparación de las dos constituciones, la de 1931 y la de 1978, nos revela que el modelo parlamentario de la República era ampliamente preferible al modelo cancilleril y de predominio ejecutivo que tenemos hoy.

De otra opinión es el Prof. Antonio García-Trevijano, quien, en una de sus páginas, escribe un artículo sobre el 14 de abril. Para D. Antonio «[l]a República no fue responsable de la guerra civil. Carecía de un poder ejecutivo independiente del legislativo que, con el absoluto control del poder militar, pudiera evitarla».

El parlamentarismo, el no haber adoptado un sistema Presidencialista, fue, a su juicio, el error constitucional de 1931 que impidió hacer frente a la sublevación militar y a la intervención extranjera en 1936-39.

Con todo respeto discrepo de ese punto de vista. Imaginemos que el sistema político de la II República hubiera sido Presidencialista, como el de los EE.UU ¿En qué hubiera favorecido eso hacer frente a la conspiración que había urdido desde Roma su Exiliada Majestad, D. Alfonso de Borbón y Habsburgo-Lorena, con el respaldo del rey de Italia, y cuyo organizador interno fue el general Mola? ¿En qué hubiera ayudado al pueblo español a combatir a los sublevados y a sus apoyos foráneos, Italia, Alemania y, en menor medida, USA e Inglaterra --junto con una actitud equívoca y oscilante de Francia? En nada, absolutamente en nada.

Lo que posibilitó la resistencia a la sublevación y a la agresión foránea fue el sistema parlamentario; si no, la Presidencia de la República se hubiera tal vez opuesto a armar a las milicias, instituyendo un gobierno de conciliación (como dizque quiso serlo el nonnato de Martínez Barrio, que fracasó porque hubiera carecido de la confianza de la mayoría de los diputados).

La República no ganó la guerra; la perdería en 1939. Mas, de no haber sido por el sistema parlamentario, es de temer que la sublevación monárquica habría triunfado fácilmente en toda España sin resistencia popular, al verse ésta carente de armas. Que así habría sido mejor porque se hubiera evitado la guerra es una opinión que respeto aunque no comparto; creo que hay circunstancias --excepcionales, en verdad-- en las que hay que resistir incluso por las armas. El parlamentarismo nos salvó de una precipitada capitulación y posibilitó la realización de nuestra gran gesta nacional de resistencia antifascista.

García-Trevijano añade, en su artículo, que existía una «incapacidad del sistema parlamentario, monárquico o republicano, para impedir el triunfo del fascismo». No ofrece ningún argumento a favor de esa tesis, que, en mi modesta opinión, es palmariamente equivocada, por las razones siguientes:

  • 1ª) El fascismo no triunfó en Italia en 1922 a causa del sistema parlamentario, que no existía. En ese país había una monarquía limitada, un sistema semi-liberal instituido por el Estatuto albertino (carta otorgada por el Rey Carlos Alberto de Cerdeña en 1848 --parecido a nuestro Estatuto Real de 1834--), en el cual la Corona ejercía el poder ejecutivo exclusivamente y compartía el legislativo con las cámaras; si el rey había solido operar según una costumbre parlamentaria, nada lo forzaba legalmente a ajustarse a tal canon. Conque el rey Víctor Manuel III impuso a Mussolini como primer ministro y forzó a los diputados a otorgarle su confianza (que no hubiera alcanzado sin el respaldo regio).

  • 2ª) El nacionalsocialismo triunfó en Alemania porque la constitución de Weimar había instaurado un régimen cuasi-presidencialista, en el cual ejercía un amplísimo poder el Presidente del Reich, Paul von Hindenburg, quien, en enero de 1933, decidió nombrar canciller a Hitler, convocándose una sesión del Reichstag irregular; los poderes del nuevo canciller fueron colocados bajo el amparo de los presidenciales. Sin esa amplia potestad presidencial es dudoso si Hitler habría podido alcanzar el nombramiento de canciller; pero lo probable es que no habría podido consolidar su dictadura, como lo hizo gracias a esa prerrogativa presidencial que von Hindenburg delegó en él de facto.

  • 3ª) En España el fascismo no llegó al poder por vía electoral; achacar al parlamentarismo republicano su llegada sólo puede hacerse atribuyendo la debilidad gubernativa a ese sistema, lo cual hemos visto que no es cierto.

  • 4ª) En Portugal y en los países del Este de Europa donde se instauraron regímenes fascistizantes (los estadicos bálticos, Polonia, más los reinos de Yugoslavia, Grecia, Bulgaria, Rumanía y Hungría) no había parlamentarismo alguno, sino un fuerte poder presidencial (Polonia, Portugal) o regio (en Hungría el del regente, almirante Miklós Horty).

¿Cuáles fueron entonces las causas de la derrota de la República española --y, para empezar, de que prosperase la conjura de alzamiento militar instigada y tramada por Alfonso XIII y sus agentes?

Se me ocurren, al menos, quince causas. Ninguna tiene nada que ver con el sistema parlamentario. (Las causas de la 1 a la 8 se refieren a lo que tendría que haberse hecho antes de producirse la sublevación militar; de la 9 a la 15 a lo que hubiera sido menester una vez desencadenada la guerra.)

  • 1.-- No haber tomado medidas efectivas para atajar el complot; una de ellas habría sido --como las leyes permitían-- el arresto preventivo de los sospechosos de conspirar, los generales a quienes el gobierno (bien intencionado pero ineficaz) de D. Santiago Casares Quiroga puso al frente de regiones militares periféricas, desde las cuales prepararon el levantamiento. (También había que pedir la extradición del destronado monarca.)

  • 2.-- No haber armado preventivamente a las milicias antifascistas; se habría hecho eso volviendo a la tradición de la Milicia Nacional, gracias a la cual el liberalismo español pudo mantenerse en diversas ocasiones a lo largo del siglo XIX.

  • 3.-- No haber seguido una política más conciliante hacia el catolicismo (ese grave error lo señalo y critico pormenorizadamente en el capítulo 2 de mi libro). Fue un dislate redactar los artículos constitucionales que dieron a la jerarquía eclesiástica pretexto para su campaña antirrepublicana. (A mi juicio habría debido mantenerse vigente el concordato de 1851 y conservado, durante algún tiempo, la confesionalidad del Estado --o, al menos, observado el dispositivo híbrido ideado en el anteproyecto constitucional de D. Ángel Ossorio y Gallardo.)

  • 4.-- No haber establecido relaciones diplomáticas con Rusia, la cual, por razones geopolíticas, era nuestra única posible aliada frente a las potencias agresoras y las que, sin llegar a serlo, simpatizaron con los militares sublevados. El 18 de julio de 1936 no había embajada española en Moscú ni rusa en Madrid; eso retrasó el inicio de la ayuda soviética.

  • 5.-- No haber llevado a cabo una reforma agraria profunda más que ya durante la guerra en la zona leal; de haberse realizado antes, el apoyo campesino habría sido mucho mayor y el poder maléfico de la aristocracia latifundista se habría reducido.

  • 6.-- No haber procedido a una nacionalización preventiva de la banca, expropiando todas las instituciones financieras sin indemnización --como lo permitía el art. 44 de la Constitución--, lo cual hubiera dejado a la oligarquía sin fondos nacionales para el alzamiento.

  • 7.-- Haber destituido, anticonstitucionalmente, al Presidente D. Niceto Alcalá-Zamora, el cual sí hubiera podido jugar un papel disuasorio frente a los sublevados monárquicos, dada su autoridad y su prestigio entre un sector conservador de las masas populares.

  • 8.-- No haber disuelto preventivamente los casinos y otros círculos adinerados de la conspitación monárquica.

  • 9.-- Ya puesta en marcha la sublevación militar, no haber podido atajar a tiempo los desmanes de las turbas anárquicas y de los vigilantes rojinegros durante los primeros meses de la guerra --siendo ese terror el mayor baldón para la República y la principal arma de propaganda en manos de sus enemigos.

  • 10.-- No haber realizado (como lo propuso, al parecer, Stalin) elecciones parlamentarias durante la guerra en la zona leal; habrían reforzado el crédito de la causa republicana y democrática frente al fascismo, igual que las elecciones que llevaron a las Cortes de Cádiz en 1812 ayudaron a reforzar la causa nacional contra el invasor napoleónico.

  • 11.-- No diseñar una política agraria que atrajera al campesinado de las zonas donde los sublevados contaban con amplio apoyo rural.

  • 12.-- No haber proclamado la independencia del Marruecos español (otra sugerencia, al parecer, de Stalin o del partido comunista de España); hubiera minado la autoridad de Su Alteza Imperial, el Jalifa, quien auxiliaba a los sublevados.

  • 13.-- No haber dado los pasos ofensivos conducentes a una declaración de guerra a Alemania (como lo propuso el ministro Indalecio Prieto) tras el bombardeo de Almería el 31 de mayo de 1937 (eso habría precipitado la internacionalización el conflicto por una vía más efectiva que aquella que luego formulará --quizá más como esperanza que como tarea-- el Presidente del Consejo, Dr. Juan Negrín; hubiera sido difícil a Francia, Inglaterra y USA proclamarse neutrales e imposible seguir apoyando a los sublevados).

  • 14.-- No haber podido mantener la unidad de las fuerzas republicanas cuando los sublevados avanzaban, habiendo sucumbido muchas de ellas al desánimo y al derrotismo y quedándose pasivas ante el nuevo complot militar (éste a cargo de la oficialidad del ejército que no se había alzado en 1936 --que no fue depurada de los elementos sospechosos, cual lo exigía una situación bélica).

  • 15.-- No haber podido contrarrestar el divisionismo de las fuerzas de vocación secesionista de las regiones septentrionales, cuyas tendencias capitulacionistas minaron la resistencia republicana en momentos decisivos de la guerra (verano de 1937 e invierno de 1939).

Tales son mis opiniones que someto a otras mejor fundadas. Si en algo llevo razón, nuestra gloriosa República no pereció a causa del parlamentarismo, sino por motivos absolutamente dispares.


Lorenzo Peña
Tres Cantos. 2009-08-07
El autor permite a todos reproducir textual e íntegramente este escrito
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viernes, junio 12, 2009

ESTUDIOS REPUBLICANOS (5)

Estudios republicanos (5)
Motivos para ser republicano


Prosigo en este artículo los comentarios a mi libro Estudios republicanos: Contribución a la filosofía política y jurídica, recientemente publicado por la editorial Plaza y Valdés (www.plazayvaldes.es).


Espero haber aportado con mi libro argumentos a favor de que la opción republicana es la única conforme con la prudencia y con la justicia.

Y es que, aunque parezca extraño, hoy, en que felizmente empiezan a abundar expresiones de cariz republicano (tras el largo silencio y el tabú impuesto por los coaligados beneficiarios de la Transición), sin embargo, por un lado:

  • Muchos de quienes así se manifiestan se abstienen de ofrecer razones a favor de la República y en contra de la monarquía;

  • Y otros lo que nos vienen a decir es que, cuando se profesan republicanos, en el fondo apenas les importa que haya monarquía o República, ya que (afirman) lo de menos es cambiar la forma de designación de la jefatura del Estado (¡vamos! una bagatela) y lo que en realidad cuenta es el contenido. O sea: usan el membrete «republicano» porque se está poniendo de moda, pero siguen aferrados a la postura que han mantenido en sus largos lustros de adhesión monárquica, con esa monserga de que lo que cuenta el es contenido, como si la forma de gobierno no contara. En definitiva, aunque lo disfracen, su mensaje viene a ser el de que, con monarquía o sin ella, da prácticamente igual y que sólo se trata de proponer cambios de contenido, o sea cambios de política, que no tendrían por qué requerir poner fin a la potestad dinástica.

Frente a esas dos posturas (defender la República porque sí y llamarse «republicano» diciendo que, no obstante, la forma de gobierno apenas importa), mi libro sostiene que la forma de gobierno es importantísima, por dos motivos: (1) el principal es que en sí misma la diferencia entre las dos formas de gobierno tiene un hondo significado para la vida colectiva de los habitantes del país, no sólo porque, donde y cuando hay monarquía (hereditaria), hay soberanos y súbditos (¡y eso ya es un atentado a la igualdad de los seres humanos!), sino además porque un monarca en general --el nuestro en particular-- detenta un gran poder (ejérzalo o no según convenga a los intereses dinásticos); y (2) que la forma tiene una repercusión causal sobre el contenido, no en el sentido mecánico de que la existencia de monarquía implique forzosamente la adopción de la peor política posible, mas sí en el sentido de que los datos estadísticos corroboran que la monarquía propicia una política reaccionaria.

Para fundar esos argumentos mi libro ofrece una serie de consideraciones sobre la diferencia entre República y monarquía (con 12 criterios) y da un análisis de la constitución borbónica de 1978, en el cual demuestro que es mentira eso que nos cuentan de que la Corona es una figura decorativa.

Esos argumentos prueban que hay buenas razones para optar por la República en general, pero más aún que el pueblo español tiene buenas razones para desear el fin de la actual monarquía, a fin de librarse de una potestad dotada de enormes prerrogativas (con su poder moderador y arbitral), practicadas en la discreción en tiempos corrientes, pero que no seguirá así en períodos más convulsivos o de crisis política.

A esos argumentos mi libro añade otros relativos al caso español.

  1. La vigente constitución borbónica justifica el reconocimiento que hace de la titularidad del Trono en la figura del sucesor del Caudillo con el fundamento de su legitimidad histórico-dinástica. Ese fundamento viene demolido en mi libro mediante un recorrido por la historia de España. Conque en el fondo, a pesar de su tenor literal, lo que hacía el constituyente compangón de 1978 (aquel senado de quinto regio y aquel congreso amañado) era inclinarse ante el mandato del difunto Generalísimo, quien lo había dejado todo atado y bien atado; un atadillo que el pacto de la Moncloa decidió mantener.
  2. La promulgación de la actual constitución borbónica suscita un problema de legalidad que me conduce a preguntar si alguna vez ha dejado de tener vigencia la constitución republicana de 1931; el principio de defensa de la legalidad lleva, pues, a recomendar un retorno al ordenamiento republicano.
  3. Mientras exista el poder de la dinastía borbónica en la España de hoy se habrá salido con la suya el principal muñidor de la conjura para derribar y destruir el orden constitucional republicano de 1931, que no fue otro que su exiliada majestad, D. Alfonso de Borbón y Habsburgo-Lorena (ex-Alfonso XIII); no poner fin a tal institución significa entronizar y avalar esa grave conculcación del ordenamiento jurídico y hacer que haya prosperado a la postre el cruel fratricidio de una guerra espeluznante desatada bajo instigación de D. Alfonso para que España volviera a ser un Reino, como así ha sido.
  4. La República Española, la de verdad, la de 1931, es una república unitaria de trabajadores. Naturalmente una futura República podría no ser así. De suyo ser republicano no es necesariamente ser partidario de aquella República. Pero tal distingo es abstracto. También es verdad que ser monárquico no implica ser adepto de esta dinastía --ni, dentro de ella, del actual ocupante del trono. En la práctica las opciones se presentan de manera concreta: monarquía española hoy es la monarquía bajo la que vivimos, la dinastía borbónica, bajo el cetro de quien actualmente ciñe la corona; y República española todavía hoy, República en y para España, es y será --a menos que mucho cambien las cosas-- la República de 1931, la República de trabajadores de toda clase, aquella cuyo ordenamiento constitucional nunca ha sido legalmente abrogado.

Ésas son mis razones para ser republicano. Ése es el contenido medular de mi libro.


Lorenzo Peña
Tres Cantos. 2009-06-12
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domingo, mayo 24, 2009

ESTUDIOS REPUBLICANOS (4)

Estudios republicanos (4)
Los Estudios republicanos en la 68 Feria del Libro de Madrid
por Lorenzo Peña


Por un favor de la Fortuna, la reciente publicación de mi libro Estudios republicanos (de la Editorial Plaza y Valdés) coincide con la 68 edición de la Feria del libro de Madrid (2009), conteniendo mi libro una defensa de la Constitución republicana de 1931 y del ideal de una República de Trabajadores --simbolizado por la bandera tricolor--, al paso que la Feria tiene una evocación y una resonancia netamente republicanas.

En efecto: la primera edición de la Feria tuvo lugar el domingo 23 de abril de 1933, siendo inaugurada por el Presidente del Consejo de Ministros, D. Manuel Azaña, en compañía del Ministro de Instrucción Pública, D. Fernando de los Ríos (una de las figuras clave en la preparación doctrinal de la Constitución de la II República del 9 de diciembre de 1931, de cuyas aportaciones se trata con cierto detalle en el capítulo 2º de mi libro).

En la primavera de 1933 el ambiente era, a la vez que de enorme expectativa y euforia republicana en España, también de tensa preocupación por la crisis económica y, sobre todo, por la llegada al poder de Adolfo Hitler exactamente 12 semanas antes. Simultáneamente el Imperio Japonés acababa de iniciar su agresión contra China. La amenaza hitleriana suscitó una fuerte movilización de la intelectualidad española. El 11 de junio (mes y medio después de clausurarse la Feria), Miguel de Unamuno, Luis Recaséns Siches y Luis Jiménez de Asúa firmarán un manifiesto para la formación de un comité de intelectuales conscientes que ayude a las víctimas del terror nazi.

La República no contaba a la sazón entre nosotros más que dos años y nueve días. Se vivía un clima de reformas progresistas, de avances en muy diversos campos: emancipación de la mujer, leyes laborales, reforma agraria, modernización del derecho de familia, escolarización, promoción y difusión de la cultura, disminución del aparato militar, secularización de la vida pública, enorme creatividad intelectual, un nuevo apogeo de las letras españolas, un elevado debate político-jurídico, un renacimiento académico, un inicio de recuperación económica, un recobrado prestigio internacional gracias a la Constitución pacifista e internacionalista promulgada hacía 16 meses --en ese momento la mejor del mundo. (Los principios pacifistas incorporados a la nueva Constitución española tuvieron que ser defendidos en el foro de la Sociedad de Naciones frente a la recién mencionada agresión nipona.)

Lamentablemente no faltaban nubarrones en el horizonte, y no sólo por lo que sucedía en el extremo oriente y en Europa central. El 11 de enero habían tenido lugar los luctuosos acontecimientos de Casas Viejas. Y es que las reformas republicanas no bastaban a solucionar la crisis, estallando el descontento de un amplio sector de masas obreras, que sería explotado por los nostálgicos de la monarquía en el otoño: creación de la Falange el 29 de octubre y avances de la fuerza criptomonárquica CEDA en las elecciones del 19 de noviembre.

Pero en la primavera todo eso parecía aún improbable. El 24 de febrero las Cortes habían ratificado su confianza al Gobierno por 173 votos contra 130. Las reformas y los avances sociales continuaban. Y proseguía, en particular, la política de promoción cultural. Si en 1930 la monarquía borbónica había destinado a la compra de libros una suma de poco más de 40.000 pesetas, la República, en 1933, multiplicará esa partida presupuestaria en 42 veces, alcanzando 1.690.000 pesetas. Entre 1932 y fines de 1933 se crearon tres mil bibliotecas estatales en sendos municipios, según el Plan del Patronato de Misiones Pedagógicas. Se auspició desde el gobierno de la República al Sindicato Exportador del Libro Español. Y, como compendio de esa política, se inauguró la I Feria del Libro a fines de abril.

Era una edición aún modesta, con sólo veinte casetas de otras tantas editoriales madrileñas: Fénix, Sociedad Bíblica, Espasa Calpe, Plus Ultra, Sociedad General de Librería, Manuel Aguilar, Saturnino Calleja, Dédalo, Pueyo, Viuda de Bergua, Revista de Occidente y alguna más. Se clausurará el sábado 29 de abril de 1933. El Ministro Fernando de los Ríos saludó con alegría ese acontecimiento cultural invitando a los madrileños a acudir a la Feria y a empaparse de los valores de las publicaciones.

Para dar realce a la Feria (aunque no tenía carácter gubernamental, al estar convocada por la Cámara Oficial del Libro), se organizó todo un ciclo de actividades en la capital de la República. Hubo conciertos y pronunciaron conferencias Ramón J. Sender y otros escritores.

El lunes 24 tuvo lugar un festival en el Teatro Español al que asisiteron el Presidente de la República, D. Niceto Alcalá-Zamora y Torres, el Ministro de Justicia y el Secretario General de la Presidencia de la República, Rafael Sánchez Guerra (más tarde presidente del Madrid C.F. y en 1946 ministro de la República en el exilio bajo la presidencia de José Giral). También asistieron al festival representaciones del Cuerpo Diplomático, Junta Directiva de la Cámara, Comisión Organizadora y numerosos escritores, periodistas, editores y público en general; en él recitáronse poesías, diose lectura a un fragmento de La Gitanilla de Miguel de Cervantes y se representó Un pregón de Sevilla, entremés de los hermanos Álvarez Quintero. Asimismo se proyectó una película sobre la exposición del libro español en Buenos Aires.

Las Ferias de 1934, 35 y 36 experimentaron avances y retrocesos, en medio de las dificultades de la crisis económica internacional y de las vicisitudes políticas. La Compañía de Tranvías de Madrid contribuyó a la publicidad de la Feria, anunciándola en el reverso de los billetes y en los laterales de los vehículos. En 1935 se contó con la presencia de Gabriela Mistral, quien habló sobre la pasión de leer (la III edición estaba dedicada a Lope de Vega, representándose --en un tablado al aire libre, en la Plaza de Colón-- El acero de Madrid de Lope y el Retablo de San Cristóbal de García Lorca).

En la última edición republicana, la del 24 de mayo al 2 de junio de 1936, Margarita Nelken habló sobre el libro en la Unión de Repúblicas Soviéticas.

Todos esos recuerdos vienen bien para situar en su contexto la defensa que se hace en mi libro de la memoria republicana como elemento de la conciencia nacional, en el capítulo 4, del cual cito este párrafo para concluir:

La memoria histórica no es memoria de fusilamientos, torturas, campos de concentración, cárceles, memoria del hambre, de las penalidades, de las víctimas, de los llantos, de las crueldades padecidas.[...] Todos esos hechos forman parte del pasado y hay que ser consciente de ellos, pero de mucho más relieve es el recuerdo de lo bueno: el de una República de trabajadores que se organiza en régimen de libertad y justicia, que renuncia a la guerra y reconoce el derecho de emigración e inmigración; el del voto femenino y la igualdad de derechos de la mujer en todas las esferas de la vida (en el mundo de entonces, tremendamente falocrático); el de la reforma agraria y demás avances progresivos; el de los derechos sociales y laborales; el de los avances educativos; el de una exuberante producción intelectual de nuestros poetas, juristas, científicos, filósofos, oradores y dramaturgos; el de nuestros titanes que --derrochando prodigios de heroísmo, de iniciativa, de inteligencia, de capacidad organizativa-- levantaron de la nada un formidable ejército popular que preservó tres años más, en una parte del territorio nacional, unas instituciones republicanas, aunque ya maltrechas; el de un Estado republicano cuyo presidente --en medio de tan cruenta guerra fratricida-- formula como programa el de las tres «Ps»: paz, piedad y perdón; el de un pueblo que atrajo la solidaridad de millones de trabajadores del mundo y de intelectuales de muy diversas ideologías, de Aragon a Bernanos y Maritain; el que inspiró, con su gesta, tantas obras de arte (poemas, películas, cuadros, canciones); el que resistió ya vencido y transmitió la evocación de sus anhelos, de sus desengaños, de sus amarguras sin desesperanza, de sus ilusiones; el de los guerrilleros que trataron en vano de mantener viva la llamarada de una lucha perdida; el de los militantes indoblegables que quisieron seguir luchando contra los molinos de viento. No la España de las plañideras, del luto, del viernes santo, de las sepulturas, sino la España de la rabia y de la idea, la que saca recursos de donde no parecía haberlos, la que es genial en la desdicha, la que no renuncia a grandes ideales, a grandes valores.

Bibliografía

  • Fernando Cendán Pazos, Historia de la Feria del Libro de Madrid (1933-1986), Madrid: Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid, 1987.
  • José Esteban, El Madrid de la República, Madrid: Silex, 2000 (pp. 84-8).
  • Gonzalo Santonja, La República de los libros: El nuevo libro popular de la Segunda República, Barcelona: Anthropos, 1989.


Lorenzo Peña
Tres Cantos. 2009-05-24
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viernes, mayo 22, 2009

El Proceso de Bolonia

Consideraciones sobre el proceso de Bolonia
por Lorenzo Peña

2009-05-22


Las autoridades académicas están contando los días, seguras de que la lucha estudiantil anti-Bolonia se va a ir desgastando y que el proceso es imparable. Entre el profesorado universitario no es fácil encontrar entusiastas de Bolonia, pero curiosamente la mayoría de los profesores afiliados a IU y otras organizaciones progresistas parecen haber optado por actitudes ambiguas, que, en todo caso, se distancian de las luchas estudiantiles.

Es significativa la decisión oficial de dejar de momento fuera del proceso de Bolonia todas las carreras con mayor importancia práctica (ingeniería, arquitectura, medicina). De tener sentido ese proceso, lo tendría principalmente para esas carreras, por tres razones.

La primera razón es que son estudios donde la expresión en el lenguaje nacional tiene menos importancia, porque se usa un lenguaje matemático o una jerga profesional uniforme, que no varía de un país al otro.

La segunda razón es que en esas carreras el contenido es también muy homogéneo de unos países de la Unión a otros, siendo más fácil y más probable la movilidad docente o profesional.

La tercera razón es que, de haber motivos prácticos y de interés general para propiciar una homologación europea de estudios, debería comenzarse precisamente por esas carreras, ya que hay intereses prácticos y hasta económicos para alcanzar la homologación, que, en cambio, no se dan, o mucho menos, con otro tipo de estudios.

Que, siendo así, esos estudios de medicina, ingeniería y arquitectura se dejen de lado, por el momento, indica que las autoridades se han arrojado al plan Bolonia como una cuestión de principio europeísta y no quieren dar su brazo a torcer, además de que pueden tener otras miras como la de serrar o limar la independencia crítica de las carreras humanísticas y científicas, para hacerlas más conformes con los valores del sector privado y de la tecnocracia imperante.

En esa política no asoma ninguna verdadera motivación de genuino interés práctico, ni siquiera una que venga de las demandas empresariales; las propias empresas son en realidad poco proclives a acoger con agrado los resultados del plan Bolonia, el cual puede así desembocar en un rotundo fracaso desde todos los puntos de vista.

Se han señalado y criticado varios rasgos del proceso de Bolonia, pero no siempre se han deslindado aquellos que le son característicos e intrínsecos de aquellos que le son accesorios y que podrían establecerse independientemente del malhadado proceso, como, p.ej., acudir a préstamos como fórmula preferente frente a la concesión de becas --las cuales, de todos modos, no existían hasta ahora más que en cantidades exiguas, no importando mucho que se vayan a reducir o que se mantengan, según la promesa de Ángel Gabilondo Pujol.

Los rasgos característicos de Bolonia son los cinco siguientes:

  • Acortamiento de las carreras, con la sustitución de la licenciatura por el grado, que va a ser una diplomatura, un título rebajado, de baratillo, para lanzar a la mayoría de los jóvenes universitarios al mercado laboral con un bagaje escaso, intelectualmente depauperado y evidentemente menos fundamentado en el conocimiento de las asignaturas básicas y más orientado a las que tengan inmediata utilidad práctica.

  • Sustitución de la enseñanza con un fuerte contenido teórico, a través de la lección magistral, por una auto-educación orientada en la que se evalúen, más que los conocimientos adquiridos, las redacciones del alumno --pomposamente tildadas de trabajos de investigación cuando se van a producir en estadios de la formación académica en los que el estudiante carece del utillaje conceptual y doctrinal imprescindible para abordar ninguna tarea que empiece siquiera a parecerse a una investigación.

  • Las tareas del profesorado pasan a ser preferentemente las de animar, incitar y estimular la auto-formación de los alumnos; ya no se trata de transmitir conocimientos, o sólo secundariamente.

  • Reestructuración del profesorado: disminuirá la proporción que hoy todavía corresponde en la Universidad española a las disciplinas básicas de mayor significación para el dominio de los fundamentos; aumentará el número de ayudantes --u otras figuras similares-- encargados de labores de animación, orientación y corrección de trabajos; se contraerán los presupuestos para investigación fundamental, correlativos a la carga docente de las materias con ellos relacionadas; se incitará a los departamentos universitarios a buscar financiación privada, vinculando sus programas de investigación a los imperativos de las empresas a las que se asocien; la iniciativa privada también aumentará su presencia en la Universidad en niveles directivos.

  • Se promoverán recorridos profesionales en zigzag, a fin de que el profesor alterne su actividad docente universitaria con períodos al servicio de empresas privadas, alejándose del paradigma del académico profesional de antes para ser, según las fases de su recorrido, un empleado al servicio de entidades públicas o privadas; evidentemente en este modelo se tenderá a la supresión de las plazas de funcionario docente; los itinerarios de los profesores estarán controlados desde instancias tecnocráticas como la ANECA.

De esos cinco rasgos, el más serio y grave es el primero. Esa decisión de acortar y aligerar los estudios conducentes al título universitario general (antes licenciatura, ahora grado) es lo que da un contenido al eslogan de la empleabilidad, que, transmitiendo un mensaje de fábrica de titulillos ajustados a las demandas de mano de obra de los empleadores --variable según las coyunturas--, ha puesto los pelos de punta a los defensores de una Universidad con fuerte vocación intelectual.

A ese mensaje se le ha objetado, con sobrada razón, que la titulación académica prepara para la inserción laboral a largo plazo, al paso que las ofertas de empleo son a corto plazo, mediando entre lo uno y lo otro un lapso más o menos dilatado en el que pueden suceder enormes mutaciones de técnica, organización, mentalidad colectiva y modos de vida social; por lo cual, en definitiva, es más rentable otorgar titulaciones con buena formación de fondo, dejando a los titulados la capacidad de evolucionar y adaptarse, en su vida post-académica, a las variables necesidades del mercado laboral.

Pareciera, pues, que eso de la empleabilidad viniera de una exigencia empresarial de que la Universidad les proporcione una fuerza laboral a su medida. En realidad, ni siquiera eso es verdad. El eslogan de la empleabilidad sólo responde al designio de acortar y abaratar las carreras (dejando de lado los másteres, en los cuales efectivamente la presencia del sector privado va a ser mucho más importante y que van a ser onerosos y mercantilizados). La empleabilidad que se persigue es la que perciben los euro-tecnócratas, para quienes el titulado universitario necesita iniciativa, espíritu emprendedor, unos poquitos conocimientos directamente aplicables en la práctica y mucho ánimo de adaptación al mundo de la empresa. Seguramente piensan en empleados que se amolden a los propósitos del empresario, el cual seleccionará así una mano de obra de poca cualificación académica, decidiendo luego premiar a los buenos con una ulterior capacitación post-universitaria en función de las necesidades de la expansión empresarial.

Pero eso es soñar, porque hoy las relaciones del contrato laboral son efímeras (lo ha provocado la actitud de los empresarios, pero a ella se han adaptado los trabajadores, quienes han decidido no permanecer fieles a las empresas cuando éstas no son fieles a sus empleados). Difícilmente va el empresario a pagar una costosa formación complementaria de unos empleados particularmente brillantes que incrementaría las probabilidades de que, en cuanto tengan ocasión, pasen a trabajar para una empresa competidora.

De manera que la empleabilidad no viene de una reclamación de mano de obra por los empresarios, sino de una visión tecnocrática, para la cual son perjudiciales el mucho saber y el mucho estudiar; hay que saber poco, y eso bien práctico.

¿Dónde queda, en ese plan, la presunta homologación entre los Estados miembros de la unión europea? Sólo en una cosa: ese quíntuple proceso se llevará a cabo en todos los países (salvo aquellos que han escurrido el bulto, marginándose del proceso por el momento; pueden ser varios de los más importantes). Así, un graduado español, que sale de la Universidad portador de ese diploma de saldo, sabe que también un graduado francés egresará con un bagaje similarmente pobre e insustancial.

Pero con eso no se ha dado ni un solo paso para facilitar que el graduado español pueda ir a Francia, Lituania, Eslovaquia o Finlandia a ejercer su profesión; ni siquiera para que, a medio camino en la carrera, se traslade de país y Universidad. No se da ni un solo paso en tal dirección porque no se unifican las carreras. Se unifica el título, el nombre, «grado», o sea un casi-nada (y aun tal unificación denominativa no es segura del todo). Mas el apellido de cada carrera --que sea grado de economía, de derecho público, de geografía, de historia del arte, de filología neogriega, o de lo que sea-- eso no se unifica ni se homologa. (Hasta donde estaba un poco unificado se desunifica; así en España deja de haber unas directrices generales para las titulaciones y planes de estudios.)

Claro que la objeción principal que habría que avanzar contra todo ese barullo es otra: aun suponiendo que el Plan Bolonia implicara unos proyectos de verdadera homologación y unificación de títulos y de contenidos de las carreras (de modo que un graduado de Oviedo tuviera serias y fundadas razones para esperar que su título se convalidará en Heidelberg, Upsala, Milán o Burdeos), persistiría el obstáculo práctico principal para la movilidad, el escollo que constituye más del 95% de la dificultad real, a saber: que la enseñanza y la práctica profesional se hacen en lenguas diversas y mutuamente incomprensibles.

Los euro-tecnócratas sueñan con un mundo académico como el del siglo XVII, en el cual efectivamente un estudiante podía migrar de Alcalá a París, de Groninga a Padua, de Oxford a Copenhague sin tener que adaptarse, porque toda la enseñanza se hacía en todas esas Universidades (y también en las de México, Lima, Quito y otras de Hispanoamérica) en el mismo idioma: el latín. Los contenidos enseñados eran también muy parecidos, sin que --salvo en teología-- se notara mucha diferencia entre católicos y protestantes, incluso cuando ardía la Guerra de los Treinta Años.

Mas desde 1750 las cosas cambiaron. La lengua nacional reemplazó al latín. Los contenidos también se diversificaron. La movilidad cesó o se redujo a minorías insignificantes.

Es verdad que en años recientes, y a fuerza de becas Erasmus, los euro-tecnócratas han conseguido ampliar el número de los estudiantes migratorios o nómadas. Ello, por otro lado, confirma un hecho que podía constatarse antes incluso de implementarse tal política pan-europeísta, a saber: que ya existían mecanismos de traslado para que alguien que pasara de un país al otro con unos estudios o un título académico pudiera ver revalidado lo que había hecho. O sea, no hacía falta el proceso de Bolonia. (En cuanto al nivel de los migrantes académicos Erasmus me abstengo aquí de enjuiciarlo, pero los relatos que he escuchado no son nada halagüeños ni complacientes con un fenómeno caracterizado como de turismo universitario.)

No obstante lo esencial no es eso, sino algo mucho más sencillo y básico: esa migración académica no va a interesar a casi nadie, salvo a un puñado de individuos, por la barrera del idioma. (Y, de interesar, sería sobre todo en las disciplinas técnicas; aun eso de modo limitado.)

En verdad, los euro-tecnócratas hasta tal punto carecen de visión de conjunto y de perspectiva histórica que ni siquiera parecen haberse empezado a plantear el problema fundamental. Si quieren que se camine en la dirección que les apetece, tendrían que comenzar por imponer la enseñanza en europeo. Tal vez al principio su uso sería alternativo al idioma nacional, para pasar luego a ser obligatorio, prohibiéndose la enseñanza o el uso profesional de los 23 idiomas nacionales y de idiomas oficiales en algunas regiones de la Unión.

Evidentemente para imponer el europeo, éste tiene que existir. No importa cuál sea: latín, interlingua, inglés, esperanto, volapük, u otro nuevo o viejo. Primero tiene que haber profesores de europeo que enseñen a enseñar en europeo; luego tiene que crearse una masa suficiente de euro-hablantes para que las aulas puedan ser concurridas y los chicos entiendan y puedan escribir sus redacciones en ese idioma.

Ése tendría que ser el primer paso. Una vez consumado el tránsito al idioma culto común y olvidados los idiomas nacionales en el ámbito académico, se podrían considerar pasos ulteriores.

Pero ese primer paso sólo podrá darse cuando estén reunidas dos condiciones necesarias: (1) que tal idioma exista y esté reconocido como el idioma común de Europa; y (2) que los euro-tecnócratas tengan el conocimiento y la voluntad que se requieren para poner en práctica el proceso de implantación coercitiva de ese idioma común.

Cualesquiera medidas que no pasen por ahí no servirán absolutamente para nada desde el punto de vista de fomentar la migración interna de la unión europea en el personal discente, en el docente o en el profesional --salvo esas minorías o esos sectores de carreras esencialmente técnicas que ya encontraban vías que propiciaran su emigración (generalmente a Inglaterra y muy poco a Letonia, Chequia, Bulgaria o Chipre), sin necesitar para nada el tumultuoso remolino que ahora se han puesto en marcha.

Cuando nadie, absolutamente nadie, ha imaginado, ni menos propuesto, un plan de unificación idiomática, ni siquiera en los ámbitos académicos y profesionales, cuando nadie se ha preocupado de cuál será el europeo y dónde encontrarlo (sabiendo que para que el inglés se convierta en europeo tiene que producirse un cambio de mentalidades hoy poco verosímil), cuando eso es así, los quiméricos planes de unificación académica en la unión europea no conducen a ninguna parte.

No conducen a ninguna parte en lo que respecta a esa unificación, pero sí conducen a que se realicen los designios de la euro-tecnocracia. Esta sirve, quizá, a intereses, pero lo dudo. En verdad no parece ni siquiera que los empresarios sientan gran entusiasmo por esos cambios ni menos que sean ellos quienes los propicien (salvo alguno que piense sacar tajada, y aun eso habría que demostrarlo). A mi juicio lo que empuja a todo ese proceso no son los intereses (ni buenos ni malos) sino los prejuicios; los prejuicios combinados de la tecnocracia y el pedagogismo, del anti-saber, de la anti-academia, del anti-conocimiento, de la anti-traditio, del instrumentalismo ramplón y vulgar de los ejecutivos de despacho ministerial, de los gestionarios que, huérfanos de cultura profunda y sólida, tienen en su bagaje unas recetas manidas de didáctica, economía, politología y otras hierbas.

Al margen de todo lo anterior está el problema --que aquí no he abordado-- de si, suponiendo que de veras se quisiera alcanzar la unificación idiomática y, en pos de ella, la académica, eso sería útil o perjudicial, preferible o no a otras alternativas (como podría ser, para nosotros, una mayor integración hispanoamericana, facilitando la fluidez entre Madrid, Buenos Aires, Valparaíso, Bogotá, Xalapa, Monterrey y La Habana). Y más lejos todavía está otro problema: el de si el plan sería moralmente bueno o malo, decente o indecente, si socavaría o no legítimas aspiraciones de terceros (p.ej. en Abidyán, Kinshasa, Nairobi, Río de Janeiro, Santo Domingo, Caracas).

Hasta ahora todo lo que he leído sobre Bolonia es favorable o desfavorable a los planes en marcha pero siempre monolíticamente coincidente en suponer que sería magnífico que se produjera la unificación académica de la unión europea y en sobreentender que se llevaría a cabo sin que hiciera falta para nada una unificación idiomática. Yo cuestiono ambos supuestos. Sin previa unificación idiomática, es imposible la unificación académica. Y que esa unificación idiomática (de Europa, sólo de Europa, y ni siquiera de toda) sea, de ser posible, deseable, eso también lo cuestiono.

Pero, cuestionable o no, lo primero que hace falta es plantearlo. Planteado, habrá que debatirlo. Unos darán argumentos en un sentido, otros en otro. Mientras ni siquiera se haya planteado, el paneuropeísmo académico es una quimera o una intriga condenada al fracaso.




jueves, mayo 21, 2009

Estudios republicanos 3

Estudios republicanos (3)
El valor de la libertad
por Lorenzo Peña

2009-05-21


Prosigo en este artículo los comentarios a mi libro Estudios republicanos: Contribución a la filosofía política y jurídica, recientemente publicado por la editorial Plaza y Valdés. (Ya está disponible en la Casa del Libro.)

Situándose en la tradición del republicanismo histórico español --el de 1873 y el de 1931--, la filosofía política que propongo en este libro tiene como una de sus características el énfasis en el valor de la libertad.

A primera vista, ese énfasis me emparenta al llamado «neorrepublicanismo», cuyo más notorio adalid es mi colega, el filósofo irlando-australiano, Philip Pettit (el inspirador doctrinal del Licdo. Rodríguez Zapatero). Sin embargo las convergencias terminan ahí, en lo genérico, porque es muy diferente la concepción de libertad que proponemos.

Para los ciudadanistas de Pettit, trátase de una libertad como no-dominación (según lo analizo en las págªs 41-59 de mi libro). Es ése un concepto muy confuso, con el cual se quiere establecer la obligación que tendrían los ciudadanos de ser virtuosos, o sea: de pensar y actuar según unos patrones de civismo, compartiendo los valores colectivamente asumidos por la sociedad, a fin de que ésta, así aglutinada, asegure una libertad individual sólo lícita en tanto en cuanto se encauce dentro de la vigencia de esa virtud ciudadana.

Por el contrario, la libertad que yo preconizo en mis Estudios republicanos es la libertad liberal de siempre, la de la Declaración de los derechos del hombre de 1789: la facultad de hacer todo lo que no esté prohibido por la ley en un ordenamiento jurídico en el cual la ley sólo puede prohibir conductas lesivas para el bien común.

En esa visión que yo abrazo, la libertad republicana implica, pues, una plena e irrestricta libertad de pensar cada uno, para sus adentros, como le dé la gana. Ése es uno de los pocos derechos absolutos e ilimitados. Implica asimismo una amplia libertad, individual y colectiva, de vivir según las propias convicciones y de obrar (o abstenerse de obrar) según la propia voluntad, haciendo lo que a uno le plazca, siempre que no vulnere la ley; una ley, eso sí, obligada a no imponer obligaciones o prohibiciones que no se justifiquen en virtud de imperativos de bien común. Para que cada individuo y cada colectivo disfrute de ese derecho, el legislador está obligado a prohibir las conductas que impliquen coacción o amenazas contra la libertad ajena.

Es bien conocida la tendencia socialmente conservadora de las monarquías, incluidas las que hoy persisten y las que han persistido hasta hace poco (p.ej. la de Nepal derrocada por la revolución popular el 28 de mayo de 2008). Dada esa tendencia, y dadas las polarizaciones político-sociales en el mundo de hoy, las oposiciones republicanas a las 27 monarquías aún existentes en el Planeta vienen preponderantemente de las filas del progresismo social, de anhelos de igualdad, de protesta contra las injusticias, los privilegios de las clases adineradas, con una reivindicación de reparto de la riqueza.

Como, además, algunas de las monarquías persistentes son constitucionales (así la de España desde 1978) y como la monarquía constitucional concede un margen de libertades, parece que la reivindicación de la República no va a venir de quienes reclaman libertad, sino más bien de quienes demandan igualdad social. En España, concretamente, dada la historia del republicanismo y la del monarquismo en el siglo XX, parece claro que el alineamiento de los pro-monarquía o pro-República suele estar más conectado con la postura adoptada acerca de la cuestión social que con la mera adhesión al valor de la libertad, en lo cual podría haber coincidencia entre republicanos y monárquicos liberales.

Sin embargo, mi libro recalca las reclamaciones de libertad, porque las libertades de que gozamos bajo la actual monarquía constitucional sufren muchas e indebidas limitaciones.

Según la concibo yo, la República es el estado emancipado de toda potestad dinástica; mas el estado es lo mismo que la sociedad, la congregación de individuos asentados en un territorio que actúa colectivamente con independencia y que organiza conjuntamente los esfuerzos mancomunados de sus integrantes para el bien común, adjudicando participaciones de ese bien común.

En la medida en que en un estado no se respete un amplio abanico de libertades o no se reconozca el derecho de cada uno a hacer cuanto la ley no le prohíba, en esa medida se estará atentando contra el bien común; porque el bien común exige y envuelve el bien de los individuos (salvo los sacrificios no arbitrarios que quepa imponer y que pueden ser restricciones al bienestar o a la libertad, pero únicamente en tanto en cuanto esté justificada su necesidad para preservar el bien colectivo). Y el bien de un individuo depende, entre otras cosas, de su grado de libertad, como lo prueba lo mal que nos sentimos cuando nuestra voluntad viene contrariada y nos vemos forzados a obrar en contra de nuestras intenciones.

Mi ideal de una República de trabajadores, como la de 1931, conlleva, pues, un ensanchamiento de las libertades actualmente existentes, que en el régimen político de la pos-Transición sufren limitaciones abusivas. En algún caso viene a justificar esas limitaciones la ideología ciudadanista (con sus virtudes cívicas indeclinablemente asumibles por todos). Si las limitaciones son de suyo rechazables, aun en República, lo son, evidentemente, más cuando ni siquiera constituyen un precio a pagar a cambio de no ser súbditos.

En primer lugar la monarquía implica una carencia de libertad en lo tocante a las expresiones de respeto y a los comportamientos simbólicos (según lo analizo en el capítulo 0 de mi libro). Socavaría la existencia misma de la monarquía permitir a los súbditos decir lo que quieran sobre la familia reinante o sus miembros --incluido el que se sienta en el trono-- o usar las mismas apelaciones, los mismos signos de cortesía o descortesía, para hablar al monarca y a un súbdito. No son casuales las draconianas penas del vigente código penal que amenazan con duros castigos a quienes vulneren esa obligación de respeto a la Corona y a la dinastía. Esas limitaciones a la libertad de expresión son expansivas, porque evidentemente también afectan, en alguna medida, a las opiniones históricas, al menos las que se refieren a hechos del pasado reciente, aunque sean previos a la en trada en vigor de la constitución.

Por eso, en el capítulo 0, introductorio, al analizar las notas conceptuales de la república y de la monarquía, señalo que ésta última implica un rango augusto, enaltecido, de una familia a la que son debidas actitudes y muestras de reverencia, incompatibles con la posibilidad de hablar de sus miembros con la misma licencia con que se hablaría de otros individuos.

En segundo lugar --y descendiendo en concreto al actual ordenamiento jurídico español-- sufrimos unas abusivas limitaciones de nuestro derecho natural a la libertad ideológica y a la libertad asociativa; lo examino en el cp. 8. Esas limitaciones no son mera coincidencia, sino que se derivan, en parte, de la inclinación propia del sistema monárquico y, en parte, de la herencia que la transición de 1975-79 recibió del régimen totalitario de Franco; y ese factor también hay que tenerlo en cuenta, porque lo que se erige en España frente a la aspiración a una República es una monarquía determinada, no todas cuyas características de deducen de la mera esencia monárquica, sino que vienen de la historia, de la tradición de la dinastía reinante y, desde luego, de cómo se produjo su retorno al poder gracias a la tiranía franquista.

Sin entrar en detalles, mencionaré aquí que ese cercenamiento de la libertad ideológica se traduce en la ausencia de una ley orgánica reguladora de tal libertad, en cuyo lugar lo que sufrimos es una ley de libertad religiosa que no ampara el libre ejercicio de modos de vida no-religiosos abrazados por comunidades ideológicas de otro signo; con el agravante de que las autoridades administrativas y judiciales borbónicas aplican esa norma cicateramente, para dejar fuera de su ámbito de protección a las comunidades que no entran en el cotarro de las cuatro confesiones reconocidas: la católica (siempre que se ajuste a la jerarquía vaticana), la luterana (protestantismo), la mosaica o rabínica (el talmudismo) y la mahometana (Islam).

A las demás iglesias, agrupaciones o como se llamen, se les pone difícil acceder al registro de entidades religiosas, denegándoselo en aquellos casos en que se da un consenso entre las cuatro confesiones establecidas para excluir a los disidentes, tildándolos de sectas.

Por otro lado --y según lo examino en ese capítulo--, las limitaciones a la libertad ideológica se vinculan estrechamente a las que, en el actual ordenamiento monárquico, sufre la libertad asociativa. La constitución vigente de 1978 previó el derecho de asociación en términos sumamente restrictivos (art. 22), imponiendo cortapisas para encauzar y vigilar la creación de sociedades o asociaciones que escaparan al control de aquellas entidades a las que sí se quería dar cabida en el círculo de confianza (partidos políticos adheridos al nuevo régimen, sindicatos, las confesiones religiosas establecidas, colegios profesionales y algunas otras pluralidades que no iban a plantear problemas). Lo que quería evitar el constituyente de 1978 es que se abriera una vía de asociación libre de la gente común, quizá al margen de esos cauces asociativos que hab&i acute;an recibido la bendición oficial por su contribución al consenso monárquico y al pacto constitucional.

El resultado es que siguió en vigor hasta el año 2002 la ley de asociaciones franquista de 1964, aunque era incompatible incluso con el reducido margen de derecho asociativo (no libertad) que concedía la constitución de 1978 en su art. 22.

En 2002 el Trono promulgó la ley orgánica reguladora del derecho de asociación. Mas la mejoría que aporta es muy relativa. Es una ley enormemente restrictiva que deja fuera de su ámbito (y sitúa así en la ilegalidad) a muchas agrupaciones ideológicas cuyos modos de organización no se adecúen a esa ley. Así, tenemos que las colectividades disidentes se ven doblemente rechazadas del ámbito legal: rechazadas del estatuto de comunidades ideológicas del art. 13 constitucional (al no haber una ley reguladora de la libertad ideológica y al quedar cerrado para ellas el registro como entidades religiosas, monopolizado por quienes tienen la venia de las iglesias oficiales) y arrojadas también del estatuto de asociaciones del art. 22 constitucional, en virtud de las abusivas prohibiciones de la Ley Orgánica 1/2002.

Tales restricciones a la libertad ideológica y a la asociativa vienen de la mano las unas con las otras; repercutiendo las unas en las otras, surten un efecto conjunto de desproteger a cualquier agrupación de individuos a quienes unan ciertas convicciones ideológicas al margen de las pautas organizativas oficialmente admitidas, ya que, entre Anás y Caifás, la agrupación se quedará al margen de la ley.

Naturalmente todo eso no es casual, sino que es el resultado: (1) de la monopolización de lo ideológico por las cuatro religiones del conglomerado vigente (aunque con algunos resquicios para otras seleccionadas), la cual evidentemente tiene mucho que ver con la santificación o unción religiosa de la dinastía (no hay monarquía sin una confesión religiosa que le otorgue un valor en cierto modo sagrado; eso sí, de la confesión oficial única hemos pasado a la cuadri-confesionalidad semi-oficial, bajo hegemonía, desde luego, de la confesión tradicional del país) y (2) del pacto constitucional monárquico de 1978 con su recelo frente a las pretensiones asociativas no controladas o no encauzadas.

Por último, la defensa de la libertad que emprendo en este libro me lleva (capítulo 9) a defender el derecho a pensar mal, rechazando la educación para la ciudadanía, una inculcación autoritaria de los valores oficiales, que se imponen a los chavales de modo que quienes rehúsen expresar su adhesión serán sometidos a represalias y podrán ver denegado su paso a la vida adulta. Esa imposición no ha sido una ocurrencia del actual gobierno (aunque sí ha influido en éste el ya mencionado virtuosismo ciudadanista). Al revés, tal inculcación axiológica está siendo promovida por los organismos paneuropeos y se está implantando en todos los estados de la unión europea; la imposición educativa de los valores socialmente adoptados es una política común de los gobiernos de ambas mitades del arco parlamentario.

En realidad toda esa campaña de inculcación ideológica se funda en el erróneo principio de Locke, a saber que sólo se puede ser tolerante para con los tolerantes --siendo intolerantes aquellos que, si vieran prevalecer políticamente sus ideas, serían presuntamente intolerantes. Tal es el eslogan de los liberticidas, que excluyen a otros, de ideas opuestas, los cuales, así, se ven justificados a ambicionar una supremacía que les daría pie para excluir a quienes hoy los excluyen. Libertad sólo la hay mientras gozan de ella, por igual, sus adeptos y quienes no lo son.

La inculcación ciudadanista obedece a un propósito liberticida de las élites político-económicas en el poder en toda la Unión Europea. En el caso concreto de España, son élites comprometidas en el sostén a la monarquía, cumpliendo así esa inculcación una función adicional: la de hostigar ideológicamente a quienes estén fuera del consenso constitucional.

Tales son los lineamientos de mi defensa de la libertad republicana en este libro. Tales son las razones por las cuales, al proponer la República como marco jurídico adecuado para la efectividad de los derechos humanos, no pienso sólo en los de bienestar, ligados a la reivindicación igualitaria, sino también en los de libertad (en los cuales pongo mayor énfasis en este libro).






martes, mayo 12, 2009

ESTUDIOS REPUBLICANOS (2)

Estudios republicanos (2)
República, historia y oligarquía
por Lorenzo Peña


Prosigo en este artículo los comentarios a mi libro Estudios republicanos: Contribución a la filosofía política y jurídica [recientemente publicado por la editorial Plaza y Valdés (www.plazayvaldes.es)]

En nuestra Patria la oligarquía financiera y terrateniente, adicta a la dinastía borbónica, fraguó, auspició y dirigió la sublevación militar del 18 de julio de 1936, tramada desde Roma por su exiliada majestad, D. Alfonso de Borbón y Habsburgo-Lorena.

Esa misma oligarquía sigue siendo beneficiaria de la nueva monarquía borbónica instaurada en la Transición --en parte como continuación del régimen precedente y en parte como transformación del mismo.

Esa misma oligarquía bancaria y latifundista propició el apoyo que a la sublevación acaudillada por el General Franco otorgaron las potencias «de nuestro entorno»: los reinos de Italia y de Gran Bretaña, el Imperio Alemán --bajo la jefatura de su canciller, Adolfo Hitler--, la Francia colonialista y los estados unidos. (A la patulea de auxiliadores de la guerra fascista contra la España legal habría que añadir otra serie de Estados occidentales, que nos quieren presentar como adalides de la excelsa cultura europea --particularmente Hungría y Polonia cuyos herederos constituyen los actuales regímenes de Budapest y Varsovia.)

De esos cinco gobiernos imperialistas, los de París y Washington actuaron solapadamente tras una fingida neutralidad; el de Londres manifestaba a las claras sus simpatías hacia el bando sublevado y fue, como siempre, maestro en el manejo de sutiles triquiñuelas con visos de juridicidad (fue la pérfida Albión quien forjó el simulacro de la presunta no-intervención, que de tal sólo tuvo el nombre). Las potencias del Eje, Roma-Berlín, intervinieron abiertamente contra la República Española.

España tuvo dos aliados: Rusia y México. (No es casual que sea hispano-mexicana la editorial que ha acogido mi libro.)

Los padecimientos del pueblo español no terminan en 1939. El martirio colectivo se prosigue durante decenios de sanguinario régimen totalitario. (No uso la palabra «totalitario» en ningún sentido de esos alambicados a la Hannah Arendt, ni con la carga que le dan los antiestatistas --el estado que absorbe la sociedad, lo cual presupone el distingo conceptual entre sociedad y estado que precisamente critico en este libro. Uso esa palabra para nombrar a quienes así se nombraron, y en nuestro caso al despotado de Francisco Franco, que se aferró ávidamente a ese vocablo como un eufemismo para designar a una tiranía ilimitadamente arbitraria y cuya personalización llegó a una cima jamás antes --ni después-- alcanzada en la historia mundial.)

A lo largo de ese calvario, las cinco potencias occidentales --Alemania, Italia, Inglaterra, Francia y los estados unidos--, aun atravesando cambios de régimen político en algunos casos, mantuviéronse como puntales de la tiranía franquista, incluso cuando ésta atravesaba horas difíciles al terminar la segunda guerra mundial. Nuevamente Rusia y México son casi las dos únicas naciones que nunca han figurado entre los que, amigos de Franco, fueron --por ello mismo-- enemigos de España.

Nuestra historia nos lleva a converger con las reivindicaciones del sur frente al norte. Ése es otro tema muy presente en el libro que estoy comentando (concretamente lo que argumento en el último capítulo, a propósito de la I Conferencia Internacional de Durbán en septiembre de 2001). Hay un motivo de queja del pueblo español contra las cinco grandes potencias occidentales y hay un motivo de queja de los pueblos afroasiáticos contra esas mismas potencias y contra sus socios de la alianza noratlántica (particularmente contra los que ejercieron una dominación colonialista, como Holanda, Bélgica y Portugal).

La situación española es ambigua. De un lado, y según lo he señalado, la historia del siglo XX ha situado al pueblo español junto a los de los países subyugados del sur frente a las grandes potencias occidentales y las oligarquías internas asociadas a ellos. De otro lado, hubo un colonialismo español --ciertamente de poca monta-- en la minúscula franja mediterránea de Marruecos y en otros territorios enanos, como Fernando Poo y Río Muni (hoy Guinea Ecuatorial).

Por ese costado, España entra, en esa divisoria, en la vertiente de los países contra los que se reclama. Pero ¿cuál y cuánta es la significación real de ese colonialismo español? ¿Cuál es su significación en términos de masa o volumen (criterio decisivo desde mi metodología cumulativista)? Para la historia del pueblo español, la guerra de Marruecos fue muy importante. Para la historia de los pueblos del sur en su conjunto, ese colonialismo español en África es un fenómeno irrisorio en comparación con los imperios coloniales de Italia, Bélgica o Portugal, para no hablar ya de los de Francia e Inglaterra (o el de Alemania hasta terminar la I guerra mundial).

Mayor significación histórica tiene, pues, el primer aspecto: el pueblo español fue víctima del imperialismo de las potencias occidentales, que respaldaron, de un modo u otro, la destrucción de la República Española en 1936-39 y la consolidación del régimen totalitario.

Así, el pueblo español tiene una reclamación válida no sólo contra su oligarquía interna sino también contra los socios externos de la misma, principalmente esas cinco potencias imperiales.

Trabajamos --junto con muchos otros-- por recuperar la memoria republicana del pueblo español, la de su resistencia antifascista y de los valores que encarnó la República entre nosotros. Esa tarea confluye con el rescate del recuerdo colectivo de los pueblos humillados y oprimidos de Asia y África frente al consorcio atlántico. No es, pues, casual que el recuerdo colectivo del pasado se vincule, en este libro, a la reivindicación de una reparación por daños infligidos, en un caso como en el otro, porque hay entre ellos una triple afinidad: (1) adversario común (destinatario de la reclamación); (2) origen del mal infligido: al igual que los pueblos afroasiáticos, también el español luchó por su independencia nacional en 1936-39, ya que la victoria de la oligarquía interna acarreaba una subordinación a intereses foráneos; (3) fundamento jurídico: al igual que el sujuzgamiento de los países del tercer mundo se llevó a cabo destruyendo, violenta e injustamente, su ordenamiento legal previo, la demolición de la República Española significaba una agresión contra la legalidad preestablecida.

En el caso de España, se trata de exigir que el pueblo español reciba una compensación por el daño colectivamente sufrido (la guerra civil, la destrucción de la República, la instauración del Reino) que corresponde pagar a ese colectivo difuso que es la oligarquía, así como a sus respaldantes foráneos, las cinco potencias adversas del norte ya mencionadas (cada una en la medida en que haya auxiliado la sublevación fascista o la consolidación del régimen de opresión del pueblo español). Abordo esa cuestión en el cp. 4 del libro.

Lo que propongo es una contribución especial --un tributo sobreañadido a otros ya existentes, e independiente de ellos-- que corra a cargo de las familias oligárquicas (concepto jurídico indeterminado pero determinable), de los círculos de la alta sociedad, en tanto en cuanto sea presumible un nexo, directo o indirecto, con los sectores adinerados que favorecieron la implantación del régimen totalitario antirrepublicano y se beneficiaron de él.

La ley podría presumir ese nexo en las grandísimas fortunas y en las familias portadoras de títulos nobiliaros. El tributo que les correspondería pagar podríamos concebirlo como una contribución de paz, consistiendo en una devolución de riqueza o una indemnización fiscal por enriquecimiento injusto (mezclando --según lo demanda el asunto-- conceptos de derecho financiero y de derecho civil).

Lo que yo propondría sería muy poco: un tipo impositivo del 1% anual sobre el valor anualmente actualizado de las grandísimas fortunas (digamos de más de 30 millones de euros), de los grandes latifundios (p.ej los de más de medio millar de hectáreas) y de los títulos nobiliarios (tasados según el valor estimable en un mercado virtual, con métodos objetivos). El impuesto se extinguiría a los 99 años; no sería, pues, confiscatorio, ni siquiera en el módulo de un siglo. (Por otro lado habría que otorgar a los obligados tributarios la opción de renunciar, a favor del Estado, a los bienes gravados, quedando así exonerados del tributo.)

También habría que exigir que contribuyeran a esa compensación las ya citadas potencias extranjeras --en medidas que la ley o los tribunales podrían fijar con criterios razonables y ponderados, y siempre calculando por lo bajo. Habría que disminuir las contribuciones españolas a organizaciones supranacionales (especialmente la Unión Europea) en función de esa reclamación, que se tendría que plantear ante el Tribunal Internacional de La Haya.

¿Quién percibiría la contribución? No los particulares, no los descendientes de las víctimas individuales, sino el Estado español --víctima colectiva--, para dedicar la suma así recaudada al bien común de la población española en su conjunto (incluida la propia oligarquía, la cual no quedaría excluida de beneficiarse de esas mismas obras y actividades así financiadas).

Si ahora pasamos al caso de los pueblos oprimidos por el colonialismo, corresponderá pagar la compensación a las potencias colonialistas (y aquí también el Estado español tendrá que aportar lo que le ataña, además de lo que habría que pagar como indemnización por la esclavitud y la trata negrera). Corresponderá percibirla a los pueblos oprimidos, representados por sus gobiernos nacionales. La espinosa cuestión de las eventuales condiciones prefiero abordarla con el principio de que sólo a los pueblos respectivos incumbe decidir si sus gobernantes son buenos o si merecen ser derrocados; mientras estén ahí, hay una presunción de que son competentes para disponer cómo gastar las sumas que se pagarían en concepto de compensación por el yugo colonial.

Para cerrar este artículo voy a precisar algunos puntos adicionales. Sé que se me va a reprochar preconizar una política del resentimiento. Yo reclamo el derecho al resentimiento. En otro libro (mis Hallazgos filosóficos [1992], hoy agotado) defendí ese derecho como una forma válida de legítima vindicta, que castiga al culpable a soportar la rememoración de lo sucedido, la proclamación de la verdad de unos hechos pretéritos pero que no han pasado del todo.

Frente a quienes reclaman acudir en estos casos a la justicia penal --buscar culpables individuales y castigarlos--, yo pido que se prescinda completamente de la vía penal, porque discrepo de la tesis de la imprescriptibilidad de los crímenes contra la humanidad (concepto, ése sí, jurídicamente insalvable en buena filosofía del derecho). Creo que el transcurso del tiempo basta para cerrar las responsabilidades penales, y mucho más las individuales. Mas sí defiendo una punición moral, el castigo de que quienes, herederos de los perpetradores, se sigan beneficiando del fruto de la fechoría tengan que soportar el verídico recuerdo colectivo de los hechos, además de, en determinados supuestos, estar sujetos a la contribución de paz.

Por último, aclaro que no pido --ni admito-- arrepentimientos o lamentaciones. No queremos compunción ni que pidan perdón; queremos que paguen compensación. Incluso a los obligados tributarios --según mi plan-- sería lícito pensar como les diera la gana y no sentir pesadumbre ni nada por el estilo, e incluso decir que se siguen alegrando de lo que pasó (como no dejan de hacer). Lejos de mí proponer que se cercenen las libertades de palabra o de pensamiento.


Lorenzo Peña
Tres Cantos. 2009-05-12
El autor permite a todos reproducir textual e íntegramente este escrito
V. también: http://lp.jurid.net/books/esturepu




jueves, mayo 07, 2009

ESTUDIOS REPUBLICANOS (1)

Estudios republicanos (1)
Republicanismo frente a ciudadanismo
por Lorenzo Peña


Acaba de publicarse mi libro Estudios republicanos: Contribución a la filosofía política y jurídica por la editorial Plaza y Valdés (www.plazayvaldes.es)

En este libro presento un nuevo enfoque de la filosofía política, el republicanismo fraternalista o republicanismo radical.

En este primer artículo de comentario voy a señalar la fisonomía propia de ese enfoque dentro de la actual filosofía política.

Las palabras sufren devaluación como las monedas. Hoy circula el marchamo «republicanismo» para designar una corriente de pensamiento que poco o nada tiene de republicana. Trátase de una corriente de pensamiento anglosajona, subsumida en la familia individualista y privatista, que proclama su estirpe intelectual como originada en ciertos autores ingleses del siglo XVII cuyo relevo habrían tomado, a mediados del siglo XVIII, los fundadores del independentismo norteamericano (Jefferson, Hamilton, Madison, Adams); tal corriente tendría hoy como uno de sus adalides al que fuera colega mío en Canberra durante un semestre (1992-93), Philip Pettit. Esa corriente se publicita como una alternativa a sendas formas de individualismo aún más radicales que representan --cada uno a su modo-- Rawls y Nozick.

Esa corriente no es un republicanismo, siendo incluso un tanto irónico y hasta un contrasentido histórico que así se haya presentado. Y es que en el mundo anglosajón (en el que no incluimos las repúblicas afroasiáticas donde el inglés sea una lengua oficial) efectivamente las ofertas republicanas o son las de la revolución inglesa de 1640-1660 o son las del independentismo norteamericano de la segunda mitad del siglo XVIII.

Ambas ofertas pertenecen a un pretérito totalmente superado, a sociedades esencialmente agrarias de pequeña o mediana propiedad rural donde los esfuerzos en pro del bienestar eran asunto privado de cada dueño de un predio --o todo lo más de la cooperación privada entre varios agricultores-- y donde los servicios públicos se limitaban casi sólo a las funciones de administrar justicia y de vigilar la quietud y el orden, además de mantener una milicia o una fuerza militar disuasoria.

Eso explica que una constitución como la actual de los estados unidos, redactada en 1787 (y sólo modificada posteriormente con unas pocas enmiendas), sea profundamente reaccionaria, reflejando un orden de cosas que tiene que repugnar hoy a cualquiera que la lea en comparación con las constituciones de nuestro tiempo.

Ese pseudorrepublicanismo anglosajón --que se llama mejor «ciudadanismo»-- es otra variedad más de la filosofía política individualista. Su aportación estriba en preconizar que la ciudadanía adopte unas virtudes cívicas de participación en la vida política y que asuma los valores profesados en común, mientras que las corrientes de impronta más liberal dejan a los particulares dueños de tener tales virtudes o no y de compartir esos valores o no.

Por lo demás todas esas corrientes anglosajonas son coincidentes en ver las actividades de busca del bienestar, de organización laboral y económica, como pertenecientes a la esfera privada (aunque no forzosamente individual), como un terreno en el que el poder público no debe adentrarse.

Eso sí, se admiten ciertas políticas redistributivas por algunos de los individualistas (o quizá diríamos mejor privatistas). En el caso de los ciudadanistas, esa redistribución suele pasar por una renta ciudadana, una asignación que permitiría vivir holgadamente (o dignamente) sin trabajar y que el Estado se obligaría a pagar a cada ciudadano adulto por serlo, incondicionalmente. Ésa es la vertiente presuntamente social del ciudadanismo, que --bajo el magisterio del filósofo belga Philippe van Parijs-- se ha centrado en esa supuesta «vía capitalista al comunismo», frase genial pero que esconde una gran mentira; mentira porque, felizmente, no es verdad que vivamos bajo el capitalismo (no lo es cuando la mitad del PIB pertenece al sector público); y mentira porque, de aplicarse su receta, el resultado no sería nada parecido al comunismo, sino un capitalismo cuyas lacras sociales estarían atenuadas (en aquellos países en los que se pudiera establecer esa renta).

Y es que la renta ciudadana se establecería como un porcentaje del PIB por habitante. ¿Cuál es éste? Extraigo los siguientes datos del libro L'état du monde 2008 (París: La Découverte, 2007); refiérense al PIB en dólares, corregido al poder de compra (PPA) en 2006: USA 43444; Canadá 35494; Dinamarca 36546; Irlanda 44087; Alemania 31095; Japón 32647; Italia 30735; México 11249; Brasil 9108; Ecuador 4776; la India 3737; China 7598; Ceilán 5271; Marruecos 4956; Angola 3399; Haití 1835; Nigeria 1213; Malí 1300; Mozambique 1500; Gana 2771; Madagascar 989; Sierra Leona 888; Tanzania 801; Congo-Kinshasa 850; Burundi 680; Yemen 759; Somalia 600.

Dejando de lado todos los demás efectos deletéreos de la renta ciudadana (que discuto en este libro y que ya estudié en parte en mi libro anterior, co-autorado con Txetxu Ausín, Los derechos positivos, de la misma editorial), vamos a suponer que cada país dedica a esa renta un porcentaje de su PIB-PPA. El límite sería, me imagino, el 50% porque, si no, nadie trabajaría. Un somalí recibirá en renta básica de, a lo sumo, 300 dólares (en realidad mucho menos, porque hemos traducido la suma real al etéreo concepto de «paridad de poder de compra»). Y eso no da, ni en Mogadishu ni en ningún lugar del mundo, ni siquiera para el sustento.

Los ciudadanistas no proponen una redistribución global de la riqueza ni un desarrollo de las fuerzas productivas, que ven como un concepto marxista superado. Ese desarrollo de las fuerzas productivas no lo defiende hoy prácticamente nadie, ni siquiera los auto-denominados marxistas. Están de moda las corrientes ecologistas que preconizan el decrecimiento. La excepción la constituye justamente el autor del libro aquí comentado, quien, al irse separando de las ideas de Marx con el transcurso de los años, ha seguido siendo adepto de algunas de ellas, que no son precisamente las que ha recogido la nueva vulgata pseudo-marxista (que es una incoherente mezcla de ecologismo, socialdemocracia, dogmas de teoría económica del siglo antepasado, veneración de iconos y abstractas proclamas revolucionarias desligadas de cualquier plan de hacer una revolución).

A diferencia del ciudadanismo y las corrientes afines, el republicanismo que se propone en mi libro es el que nos viene de otras tradiciones muy diferentes, como son: el republicanismo jacobino francés de 1793 y el fraternalismo de la segunda República francesa, la de 1848; el republicanismo español decimonónico, con figuras como la de Fernando Garrido Tortosa (1821-1883); el republicanismo colectivista de Joaquín Costa a la vuelta de los siglos XIX al XX; el de nuestras dos repúblicas (la de 1873 y, mucho más, la de 1931); más en concreto, las ideas jurídicas --de inspiración krausista, en buena medida-- de los redactores de la Constitución republicana de 1931, como Fernando de los Ríos, Adolfo González-Posada y Luis Jiménez de Asúa; el republicanismo radical y solidarista que se desarrolló en Francia con la III República: Léon Bourgeois, Léon Duguit, Georges Scelle, Alfred Fouillée (que guarda cierto parentesco con otras corrientes de la época, como el socialismo de cátedra alemán de Adolf Wagner y el fabianismo inglés).

Ésa es la inspiración de mi libro. Pero, naturalmente, en una perspectiva evolutiva, cumulativista (como lo es todo mi pensamiento filosófico), en la cual esas ideas no se toman más que en su proyección histórica, como elementos de reflexión pero siempre con la mirada más atenta a la praxis jurídica y a los hechos históricos y sociales que a las teorizaciones.

A tenor de mi propuesta, es menester el Estado económicamente planificador e intervencionista (hoy más que nunca), porque los afanes en pro del bienestar no son asunto privado, sino tarea pública y colectiva, a través de las funciones que incumben a la República de creación colectiva de riqueza y de servicio público. El republicanismo fraternalista o radical que propongo es, pues, una filosofía de lo público, en la cual los hombres, para vivir mejor, trabajan en común, a través de establecimientos de iniciativa pública.

En otros aspectos, sin embargo, mi propuesta es mucho más liberal que la de los ciudadanistas, pues rechazo tajantemente que los habitantes del territorio estén obligados a tener virtudes cívicas y, aún más, a adherirse a los valores profesados por el Estado. (Su obligación es sólo la de contribuir al bien común --en la medida de sus posibilidades--, correlativa a su derecho a participar en el bien común según sus necesidades; asumo, pues, totalmente, el principio de Carlos Marx en su Crítica del programa de Gotha, siendo ésa otra de las constantes que he conservado de mi juvenil adhesión al marxismo). Por eso el derecho a trabajar es, a la vez, un derecho y un deber (aunque el tipo de trabajo que se realice puede ser muy variado; el deber de trabajar es el de no vivir voluntariamente en la ociosidad).

Mi propuesta jurídico-política para España es la de una República basada en los valores e ideales del fraternalismo radical que inspiraron la Constitución de 1931 (nunca legalmente abrogada y, por lo tanto, con algún grado de vigencia residual todavía hoy); una República unitaria de trabajadores de toda clase, en la perspectiva de una República universal que implique un reparto global de la riqueza, saldando la deuda histórica del norte con el sur del Planeta.


Lorenzo Peña
Tres Cantos. 2009-05-07
El autor permite a todos reproducir textual e íntegramente este escrito
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martes, abril 28, 2009

El regio banquete de Carla Bruni

El regio banquete de Carla Bruni
por Lorenzo Peña

2009-04-28


En el Real Palacio
de la Zarzuela

Carla Bruni reluce,
se regodea

Inmigrantes ilícitos,
¡marchaos fuera!

La Europa repulida
no será negra.

Dorado solomillo,
dulces de fresa;

y el Pacto Pirenaico
sellado queda.

Así, por ambos lados
de la frontera

Centros de internamiento,
fornidas rejas.

Para encerrar a todos
los que pretendan

hallar en estas tierras
su vida nueva.

¡Al mar los clandestinos,
las gentes feas

que mancillan el reino
de Carla bella!




lunes, enero 19, 2009

EL PUEBLO DE GAZA

El pueblo de Gaza y el derecho a la existencia del estado de Israel
por Lorenzo Peña


A poco de acabar la guerra de los seis días de junio de 1967, la redacción de Vanguardia Obrera --el periódico de la organización clandestina en la cual militaba yo entonces-- estuvo debatiendo el contenido de un artículo que escribí sobre ese conflicto. En él criticaba a quienes defienden el derecho a la existencia del estado de Israel. Invito a los historiadores a buscar ese artículo, que se publicaría efectivamente en las páginas de ese órgano de expresión, bajo alguno de mis seudónimos de entonces (posiblemente el de «E. Zújar»), aunque descafeinado, porque mis tesis parecían demasiado fuertes.

Del contenido esencial del argumento que entonces desarrollé me acuerdo perfectamente 42 años después. Luego lo retomé en un ensayo escrito en abril de 2002 (publicado en mi págª ESPAÑA ROJA, siendo consultable en eroj.org), aunque con las enormes diferencias que median entre la perspectiva de un militante revolucionario y la de un reformismo social que viene caracterizando mis enfoques desde hace decenios.

En esencia se trata de esto: ¿se justifica la existencia del estado de Israel por lo que luego se ha llamado «el holocausto» (o sea la masacre, perpetrada por Alemania, de muchos habitantes de Europa de origen o religión israelita)? Entonces la tierra que habría que reclamar para asentar ese estado sería una parte del territorio alemán, o tal vez todo él. Si otros estados europeos o atlánticos son tan generosos que están dispuestos a donar territorio, ¡que sea en ese conjunto de tierras! Tierras fértiles, de la zona templada, donde se producen --en términos bíblicos-- leche y miel, donde hay fábricas, vías de comunicación, tendidos eléctricos modernos. Sus habitantes no tienen más que largarse, dejar el campo libre. Podíamos pensar en Baviera, Renania, Meclemburgo, Sajonia; y, dado el colaboracionismo del gobierno francés de la época, tal vez barajaríamos las opciones de la Alsacia-Lorena, Borgoña, Champaña; o, mejor aún, la Isla de Francia (región parisina).

La evacuación de sus actuales habitantes no causaría tanto males como causó la fechoría del colonialismo inglés, quien, habiéndose adueñado en 1919 de Mesopotamia y la Siria meridional (concepto geográfico de la época) --junto con Egipto y parte de Arabia-- impuso en Palestina (1920-48) una política de creación de un estado israelita (bajo el rótulo de «un hogar nacional judío»), infligiendo a la población autóctona una colonización masiva de europeos que decían ser de ese origen y a los que, por la fuerza de la ocupación militar, entregó el poder y buena parte de las tierras, desposeyendo a sus habitantes.

Al iniciarse la dominación colonial británica no había en Palestina más israelitas que algunos árabes que habían preservado la fé mosaica y un puñado de emigrantes europeos cuyo sionismo no tenía necesariamente carácter político (e.d. no iba forzosamente encaminado a la creación de un estado étnicamente hebreo).

Al cesar el mandato británico en 1948, agolpáronse centenares de miles de refugiados palestinos en la minúscula franja de Gaza y en otras zonas colindantes con el territorio del artificial «estado de Israel» impuesto entonces por la ONU (sin derecho alguno, violando flagrantemente la Carta de las Naciones Unidas). En aquel año fatídico las matanzas y la limpieza étnica de los recién desembarcados guerreros sionistas causaron ese éxodo, cuyo resultado sigue ahí todavía hoy.

Los palestinos refugiados en Gaza cayeron bajo el poder de Israel en la guerra de 1956 (hasta ese momento la franja estaba anexionada al Egipto nasseriano). Forzada por la lucha de los gazahuitas la ONU obligó a Israel a evacuar Gaza (tras haber causado una enorme mortandad y dejar tras de sí un amargo recuerdo).

Dos lustros después volvió la franja a ser ocupada por el mismo ejército de Israel, ahora mejor armado y pertrechado. La ocupación va a durar, en parte, hasta hoy, aunque, en parte también, se interrumpe en 1994 (aplicación parcial del acuerdo de Oslo de septiembre de 1993) y en 2005 (evacuación de las zonas pobladas de la franja el 12 de septiembre de ese año).

Nunca ha sido completa la retirada del ejército israelí (¿habría que decir israelita dada la auto-caracterización étnica de ese pseudo-estado?). Las autoridades militares ocupantes han mantenido siempre bajo su control militar las áreas fronterizas, la salida al mar, el puerto y el espacio aéreo, convirtiendo así a Gaza en el mayor campo de concentración del mundo.

En enero de 2006 --cuatro meses después de la retirada israelí-- el Hamás ganó las elecciones parlamentarias en todo el territorio palestino (donde los ocupantes sionistas lo permitieron). Todo el occidente secundó a Israel para decretar el embargo al pueblo palestino en castigo por haber votado como no se debía. Catorce meses antes habían matado a Yasir Arafat en un hospital militar en París --el 11 de noviembre de 2004 (¿escogieron esa fecha por azar?). Espoleado a ello por sus nuevos protectores, el traidor presidente palestino, Mahmud Abás (sucesor del difunto líder asesinado), dio un golpe de estado contra el gobierno parlamentario en junio de 2007. Desde entonces, está partido en dos jurisdicciones, no contiguas, el minúsculo territorio bajo autoridad palestina --unos cachicos de la Cisjordania y la partecica de la franja de Gaza evacuada por el ejército israelí o israelita--.

Hamás ha evolucionado: su desideratum de recuperar para el pueblo palestino toda la (ya exigua) tierra palestina ha ido quedando en el cajón de las formulaciones retóricas. Siguiendo los pasos del Fatáh, ha ido, en la práctica, adaptando su posición a un objetivo presuntamente realista: sin (todavía) renunciar nominalmente a esa ilusión, de hecho contentarse con recuperar, si fuera posible, el territorio perdido en 1967, consolidándose así como frontera la línea de alto el fuego de 1949. ¡Vano anhelo!

Llevado por ese nuevo pragmatismo, el Hamás suscribió una tregua, que Israel ha violado constantemente, al no levantar el bloqueo de la franja que permitiera vivir a la población. (El pretexto esgrimido por Israel es que no ha cesado el contrabando de armas por los túneles entre Gaza y el Sinaí egipcio --un chorritico de armamento ligero cuyo monto no llega a un millonésimo del arsenal que recibe cada día Israel proveniente de USA.)

Desbordado en la radicalidad nacionalista por una nueva formación más combativa, el Yihád, el Hamás rehusó una renovación de la tregua, aunque de hecho impidió al Yihád lanzar otra cosa que una simbólica salva de cohetuelos que solían caer en las arenas sin causar daños ni víctimas.

Israel ha respondido como se esperaba: una nueva devastación. No hay nada nuevo. Desde su creación, y ya desde antes, el maléfico objetivo sionista es el mismo: apoderarse de todo el territorio de la Palestina histórica (si no más) como un área de colonización euro-americana --partiendo en dos el espacio árabe, antes contiguo en el continente afro-asiático-- y arrojar de esa zona a las poblaciones autóctonas o exterminarlas.

¿Cuáles son los fines de esa política? ¿Religiosos, económicos, políticos, militares, mesiánicos, étnicos? ¿Es Satanás quien guía esas actuaciones? ¿Es un iluminado profeta del Altísimo? ¿Son meras maquinaciones para el predominio del gran capital financiero estadounidense o, en general, occidental? Cualesquiera que sean las explicaciones, lo que está claro es que el propósito es constante: primero se arrojó de su territorio a la mayoría de los palestinos; luego se los hostigó donde estaban para que emigrasen más lejos, a fin de despejar toda la Palestina del mandato inglés como territorio de colonización occidental. No han faltado matanzas para rematar ese acorralamiento. Desde luego en esa política ha habido retiradas tácticas, pero la firmeza del propósito ha sido constante. Y tampoco hay gran novedad en esos hechos. Muchas veces en la historia se han vivido situaciones parecidas, en las que tribus conquistadoras han diezmado o eliminado a poblaciones aborígenes para enseñorearse de su territorio. Hay algo nuevo bajo en Sol, pero las ambiciones imperiales y de conquista no lo son.

La nueva campaña militar no es una guerra. No lo es en el sentido usual de la palabra. Desde luego es una no-paz. Mas, cuando un bando tiene cien veces más bajas que el otro, es absolutamente inadecuada la palabra «guerra».

La crueldad de esta operación es un corolario de la del proyecto inicial, de la desposesión del territorio palestino bajo la colonización británica, de su entrega, manu militari, a unos colonos venidos de ultramar con el argumento de que, presuntamente, sus antepasados de 400 lustros atrás habían sido arrojados de esa tierra por el Imperio Romano. Antepasados que nadie puede probar y que, seguramente, son en buena medida imaginarios (al menos lo es el vínculo genético que se aduce). Una vez que se perpetra la primera atrocidad, las demás vienen concatenadas una tras otra, pues forman parte del mismo plan colonialista, del mismo proyecto de afianzar la supremacía atlántica mediante un pseudo-estado al servicio de Occidente.

No voy a añadir comentarios a los acontecimientos recientes, pues poco sería lo que tendría que agregar a lo que escribí hace siete años. Mi artículo de 2002 reflejaba mis propios titubeos, entre:

  1. El presunto realismo (todavía estaba vivo Arafat) de, resignándose a la injusta existencia del estado de Israel, aconsejar a los palestinos que se conformaran con un estadico bi-comarcal (lo que pudieran recuperar de la Cisjordania y la diminuta franja de Gaza) --sería un pseudo-estado inviable, en verdad simbólico, pero, al fin y al cabo, también Israel es un pseudo-estado (y en todo caso serviría de victoria emblemática o moral).

  2. Dado que tal perspectiva mínima se esfumaba más cada vez --al hacerla quimérica la intransigencia de Israel--, optar por una alternativa: aceptar que todo el territorio palestino fuera para Israel con la condición del derecho de retorno a los refugiados (con lo cual, en verdad, ese estado podría ser israelí pero dejaría de ser israelita, al menos a largo plazo).

Un síntoma de que mis propuestas tenían algún valor es que mi escrito --además de ser honestamente reproducido y citado por varias páginas de la red-- ha sido vulgar y desvergonzadamente plagiado, en vulneración de mis derechos de propiedad intelectual. Sin mencionar mi nombre como autor, lo han calcado, pegándolo a la traducción a nuestro idioma de un artículo de un tal Stephen R. Shalom («¿Cuáles son los orígenes modernos del conflicto israelí-palestino?»). Ha perpetrado ese ilícito civil un sitio argentino llamado «rodolfowalsh.org». [nota]

Dejando de lado tales peripecias (que el lector sabrá valorar), vuelvo a lo esencial. ¿Derecho a la existencia del estado de Israel? ¿Derecho a la existencia del imperio británico? ¿Derecho a la existencia del Gran Reich? ¿Derecho la la existencia de la Soberana Orden de Malta, con súbditos y todo? ¿Toda organización existente tiene derecho a existir? ¿También la mafia? ¿También la Cosa Nostra? ¿Qué derecho? ¿Moral, legal? ¿A costa de qué y a qué precio? ¿Incondicional? Invito a mis lectores a releer mis argumentos de 2002 (y a criticarme, porque mi artículo encerraba algunas oscilaciones y no estaba exento de ciertas inconsecuencias, aunque es difícil en este asunto aspirar a ser consecuentes). Y, desde esa reflexión, a posicionarse sobre la nueva empresa aniquiladora del ejército de Jehová.


Lorenzo Peña
Tres Cantos. 2009-01-19
El autor permite a todos reproducir y difundir íntegra y textualmente este escrito.









Ha sido imitado en la superchería por TeleSURtv.net y por , Rebelión, la cual ha rehusado mi demanda de cesar esa falsificación, restituyendo la verdad de los hechos. (No ha sido ése el único plagio que ha sufrido mi ensayo. También ha habido un ocurrente señor que ha calcado literalmente amplios extractos del mismo en un folleto, atribuyendo esas ideas a un tal Lorenzo Silva.)

martes, diciembre 23, 2008

LA CRISIS ECONOMICA

La crisis económica
por Lorenzo Peña


Todos hablan de la crisis económica. Pocos se han tomado la molestia de definir los conceptos que están usando. Cuando se aducen causas de la crisis o se proponen remedios, los argumentos suelen encerrar enormes debilidades, justamente porque está faltando un buen diagnóstico, el cual necesita un previo esclarecimiento conceptual.

Una crisis es una situación transitoria en la cual se sufre un fuerte empeoramiento o deterioro de la regularidad precedente que acabará dando paso a una nueva regularidad posterior en la cual se hayan superado los males de esa situación transitoria. La crisis es, así, un cierto lapso temporal, más o menos corto (en comparación con un largo período previo de relativa estabilidad y otro posterior).

Son, pues, menester dos condiciones. La una es la intermediación, entre un antes y un después, más estables y temporalmente más dilatados. La segunda es que ese antes y ese después estén menos cargados de las aflicciones que acompañan a la crisis. (Sólo hay crisis en tanto en cuanto ésta sea dolorosa --o al menos penosa, en algún sentido.)

No es una crisis un período de decadencia y hundimiento de un organismo viviente, o de una colectividad o de un sistema. Tales situaciones serán malas y precedidas por un antes mejor, pero no están seguidas por un después mejor. Tampoco es una crisis un mero viraje, un cambio, una mutación. No se atraviesa una crisis por terminar los estudios ni por contraer matrimonio, ni por tener un hijo.

Para que hoy podamos hablar de una crisis económica tenemos que determinar qué ente sufre esa crisis, qué males caracterizan a ésta, cuál ha sido el antes estable que la ha precedido y cuál (esperamos) será el después, asimismo estable, que la seguirá. Si no, usemos otro concepto diverso, no el de crisis.

La crisis económica es una crisis del sistema económico occidental. No es una crisis del capitalismo, porque el capitalismo nunca ha existido y, sobre todo, porque, en la medida en que existió un sistema preponderantemente capitalista, dejó de existir con la segunda guerra mundial. Lo que sí existe es un sistema económico occidental, cuyo eje está en los estados unidos y que abarca al Japón y a esa zona de la superficie terráquea que convencionalmente se considera Europa (principalmente occidental y central, hoy también en buena medida la oriental, aunque es dudoso hasta qué punto incluye a Rusia), América Latina y, en diferentes medidas, los países afro-asiáticos.

Ese sistema económico es mixto, con un sector público que oscila en torno al 50%. Ahí estriba la gran diferencia entre tal sistema y el que se consideró capitalista, que nunca llegó a serlo del todo, pero en el cual, efectivamente, el sector público era marcadamente minoritario.

Ya en los años 30 el régimen capitalista tuvo que ir cediendo el paso ante la estatalización inevitable, justamente a consecuencia de la crisis iniciada en 1929. Ésta fue crisis del sistema económico, mas no del capitalismo, porque después de la crisis ya no hubo capitalismo; la poderosa intervención del Estado en la economía durante los años 30 se incrementó en los 40 (durante la guerra y después de ésta), abriéndose un período de economía planificada por el Estado (eso sí, para no reconocerse ideológicamente vencidos, los occidentales dijeron que tal planificación era indicativa y no imperativa como la de Rusia; pero era vinculante para el sector público, que en ese período pasó frecuentemente a ser mayoritario en no pocos países, habiendo periclitado las principales empresas del sector privado).

Gracias a no ser (puramente) capitalista, el sistema económico internacional ha ido bandeándose desde 1945, con altibajos, con sacudidas, con convulsiones, con resquebrajamientos, con ciertos estrangulamientos pasajeros, sufriendo una erosión de lo público desde 1980, aproximadamente, pero, así y todo, sin volver a sucumbir en un torbellino parecido al de 1929.

Y es que, entre tanto, las cosas habían cambiado. El poderoso sector público amortiguaba los zigzags del sector privado e introducía un elemento de planificación en el caos de la economía mercantil. Pese a la erosión neoliberal, las políticas redistributivas no dejaron de existir (aunque ciertamente estuvieran en franco retroceso, sobre todo tras el hundimiento de la URSS, que servía de baluarte de la ideología igualitaria); gracias a lo cual la demanda se mantenía con cierto vigor y se iba evitando el estrangulamiento del mercado.

En un sistema de economía mercantil se produce una crisis como consecuencia de un desfase entre oferta y demanda. Tal desfase surge de que los empresarios producen y tratan de vender mercancías que la demanda no puede absorber, o sea que se quedan sin vender.

La propia economía mercantil tiene mecanismos para ir evitando ese desfase, que son los de la ley de Say: el fabricante de una línea de productos contrata mano de obra y compra materias primas y otros insumos; al hacerlo, está comprando algo --mano de obra, materias primas, locales, lo que sea--, transfiriendo, así, un poder de compra, un dinero que él tenía a otros, que podrán gastarlo en otras adquisiciones. Su fabricación genera, pues, una capacidad de compra, y --en un efecto multiplicador y propagador-- ésta suele acabar repercutiendo en un indirecto aumento de la demanda incluso de la mercancía así fabricada.

Sin embargo los mecanismos de la ley de Say no garantizan nada. La economía mercantil es desordenada y caótica; en esa anarquía, la oferta tiende a concentrarse en los sectores más lucrativos y la demanda en los más económicos, con lo cual acaba por estallar una superproducción, que empieza justamente en los ramos que estaban siendo negocios más jugosos, porque en ellos es donde los productores han concentrado su oferta, que la demanda no ha podido seguir por carecer de poder de compra suficiente.

Justamente la economía planificada evita esos males, porque la producción se ajusta a un plan lo mismo que la demanda. En la economía planificada pueden surgir desfases, errores o descuidos, que determinen un funcionamiento subóptimo del plan, pero, en la medida en que ha habido economías planificadas, nunca han sufrido éstas crisis de superproducción.

La economía mixta de los países occidentales desde 1945, en parte planificada, logró ir escapando a las crisis de superproducción. Fueron surgiendo después de 1975 cuellos de botella que empezaban a parecerse a tales crisis, al irse abandonando el concepto del plan económico, según las pautas desreguladoras de lo que acabaría siendo el neoliberalismo --o sea un intento (felizmente fallido) de retorno al capitalismo.

Mas hasta 2005 o así, mal que bien, continuaba la expansión de la producción y de la demanda (en su doble vertiente de demanda de inversión y demanda de consumo).

Los dos factores que han determinado el estallido de 2006-2007 han sido:

  1. La desregulación, que ha dejado una libertad excesiva a los empresarios para producir lo que quisieran como quisieran, en las condiciones que quisieran, pagando los salarios que quisieran, rebajando considerablemente los mecanismos estabilizadores de la planificación estatal y de la redistribución estatalmente ordenada.

  2. La concentración de la producción principalmente en dos sectores particularmente lucrativos, en los cuales la demanda no podía seguir: construcción y automóvil.

Las causas por las cuales la demanda no podía seguir a la oferta en esos dos sectores son múltiples. Lo que ha fracasado con esta crisis (considerémosla provisionalmente tal) es algo más que el capitalismo (en la medida en que éste existe), algo más que la economía mercantil: un modelo de vida en común equivocado. Mas no equivocado por las falsas razones de los ecolo-maltusianos, de los pauperistas y descrecedores, que serían un consumo excesivo y una prosperidad mayor de lo ecológicamente sostenible. Eso es una pura fábula. Vivimos en una economía de escasez y sólo una ínfima minoría de la población mundial vive en el lujo (es una minoría que, por cierto, ahorra proporcionalmente más, o sea gasta menos --en relación a su riqueza y a su renta--, contribuyendo menos a la expansión de la demanda; el daño que hace a la economía no estriba en sus gastos lujosos, en sus yates, en sus fiestas --aparte de que todo eso sea moralmente censurable--, sino en que deja atesorado un porcentaje importante de su renta, que no alimenta la circulación económica).

Lo equivocado en el modelo de vida colectiva de los últimos decenios es la sociedad que, para simplificar, podemos ver como la de chalet-y- coches, que se caracteriza por trece rasgos:

  1. sustitúyese la oferta masiva de viviendas en alquiler (modelo preponderante hasta 1960) por la vivienda primaria en propiedad (con una tendencia --más o menos realizada según los países-- a que cada hogar habite en una vivienda de la cual sea propietario);

  2. edificaciones bajas, ya sea en su forma extrema del chalet (el pavillon de los franceses), ya sea en una forma atenuada, la de inmuebles de pocos pisos, intercalados por zonas de césped, en un tipo de entorno urbano alejadísimo de la ciudad decimonónica (que era el de calles con anchas aceras peatonales e inmuebles agrupados en manzanas);

  3. las distancias se hacen excesivas para el desplazamiento a pie y la densidad demasiado baja para permitir eficientes redes de transporte público que conecten las paradas con los domicilios;

  4. el medio preponderante o único de transporte es, cada vez más, el coche privado; evolutivamente, como un coche por hogar es insuficiente, cada familia va acumulando un número de vehículos particulares;

  5. surge la necesidad de dotar a las casas de plazas de garaje individuales; en consecuencia tiende a rebajarse aún más el número de plantas de los inmuebles y a situarse las edificaciones más lejos del centro, para poder hallar terreno suficiente para tales garajes y para descongestionar la circulación vial;

  6. el resultado es un aumento del número de coches y un ulterior deterioro de la circulación vial, a la vez que la red de transporte público está cada vez más lejos de ser satisfactoria para el sector minoritario de la población que tiene que seguir recurriendo a él (el sector de menos ingresos generalmente);

  7. los alojamientos así levantados --ya sean casas particulares ya sean inmuebles de baja altura--, a pesar de su creciente lejanía, implican un gasto excesivo de suelo (con relación al número de personas alojadas), porque hay que limitar la altura de los edificios a fin de reservar espacio para las plazas de garaje; así resulta que tales alojamientos acaban siendo angostos;

  8. para compensar esa falta de espacio habitado y para amortiguar el efecto deletéreo de la distancia respecto de las instalaciones de los servicios públicos, se ofrece a los nuevos propietarios una serie de presuntas ventajas, como piscinas particulares, jardín privado, vigilancia, terreno deportivo segregado;

  9. esa evolución tiende a encarecer aún más la adquisición y el mantenimiento de las viviendas, ya demasiado caras por el escaso número de plantas por inmueble; el resultado es que las edificaciones se levantan en sitios aún más alejados;

  10. la frustración que produce ese género de vida se compensa ofreciendo un nuevo tipo de mercancía: la vivienda secundaria; puestos a vivir ya tan lejos, se aleja uno un poco más y tiene otra vivienda campestre (o presuntamente tal);

  11. el encarecimiento constante de las viviendas que resulta de las causas anteriores convierte a los inmuebles en bienes de ahorro, porque quien compra un bien así sabe que un tiempo después podrá venderlo más caro;

  12. al dejar de existir las series de inmuebles del mismo dueño que se ofrecían en alquiler, las únicas ofertas de pisos en arriendo pasan a ser las de propietarios que las han adquirido (generalmente como un bien de ahorro) y que acceden a alquilarlas, con un arriendo muy caro (para que la inversión sea rentable, dado el vertiginoso incremento de los precios del negocio inmobiliario y de las cargas), con lo cual tiende a extinguirse aún más la cultura del alquiler: la baja de oferta acarrea una baja de demanda (porque la demanda siempre tiende a ajustarse en función de la oferta), con lo cual pocos son los hogares interesados en convertirse en inquilinos, pensando que esa opción es ruinosa y aleja la perspectiva de llegar a ser propietarios;

  13. la cultura de la propiedad inmobiliaria y la masiva desafección al alquiler (falta de oferta y falta de demanda) causan dos graves problemas sociales: 1º) rigidez de la oferta de mano de obra (pocos están dispuestos a irse a vivir a otra ciudad y se produce un rechazo a los recorridos diarios en coche excesivamente largos, aparte de que para los más desfavorecidos no es viable el recurso automovilístico); y 2º) permanencia excesiva de los ex-jóvenes en los domicilios paternos.

Vivienda en propiedad y coche van de la mano en ese modelo. El problema estriba en que todo eso va subiendo y subiendo, no sólo porque para eso se hace el negocio, sino porque el producto ofrecido al consumidor es cada vez más costoso en espacio y recursos. Repercute sobre la colectividad trazar y mantener las conducciones de suministro, abastecimiento y desagüe así como las vías de acceso (preferentemente por automóvil). Y, antes o después, eso acaba repercutiendo en un precio más caro, según se van aumentando las distancias.

El mercado se va saturando. Los precios cada vez más elevados sirven para pagar una mercancía cada vez peor: viviendas más exiguas en ubicaciones cada vez más alejadas y peor comunicadas, con dificultades crecientes de aparcamiento para los varios vehículos de la familia, con estrangulamientos circulatorios a las horas punta y con servicios públicos cada vez menos rentables.

Además, en los casos de países que sufren aridez el gasto de agua pasa a ser excesivo. Y en todos los casos hay un derroche energético (principalmente para el transporte) que empieza a desbordar lo socialmente tolerable. Se establecen tributos ecológicos que encarecen aún más ese modelo.

A la altura de 2005 se empezaba a barruntar la superproducción: un sector de la demanda se iba retrayendo; en parte porque ya no podía seguir; en parte porque no quería, porque lo ofrecido era demasiado caro, demasiado costoso a medio plazo, para la calidad que se ofrecía. Y así surgieron los primeros invendidos.

Al surgir los invendidos, las empresas de comercialización de las viviendas empezaron a verse empujadas a suspender pagos; eso repercutió en las constructoras; éstas comenzaron a despedir personal y a reducir sus compras de materias primas y de solares; eso ha contraído toda la demanda, con un efecto multiplicador del invendido.

Los invendidos edificatorios se han traducido en invendidos del automóvil, porque el acicate para las ventas de coches es justamente la necesidad que tiene la gente de comprar varios por familia para vivir en las nuevas residencias primarias y secundarias muy alejadas. Los invendidos del automóvil han propagado el estrangulamiento a todos los ramos de la economía.

Toda esta descripción ni siquiera ha mencionado al crédito. Éste puede existir o no existir sin que cambie nada sustancial, porque el crédito es simplemente un aplazamiento. El crédito no hace milagros: no crea demanda donde ésta no existía ni da absolutamente nada a nadie; la capacidad de compra que hay con crédito la hay sin crédito, ya que el préstamo sólo permite pagar después pagando más; altera el momento del pago incrementando el monto de ese pago y colocando un intermediario entre comprador y vendedor (la entidad financiadora).

De suerte que las causas de las dificultades presentes no están en las hipotecas ni en el tipo de interés. Podemos reconstruir todo lo que ha sucedido prescindiendo estrictamente de los intermediarios de la banca y suponiendo tan sólo a los oferentes de viviendas (y coches) y a sus compradores, independientemente de que compren a plazos o al contado. Si acaso, el préstamo puede diferir el momento en que empiezan a surgir los invendidos (o los impagados, que es igual) y puede, durante un breve lapso, disimular el desfase entre oferta y demanda. Donde ésta es insuficiente, acaba manifestándose tal insuficiencia a pesar de los préstamos --sólo que ahora justamente la manifestación surge en el momento de reembolsar el préstamo.

Las dificultades que acompañan al modelo recién analizado podrían atenuarse si subieran los salarios en proporción suficiente. Aun así acabarían dándose los invendidos, porque esa espiral de precios (uno compra caro para, en caso de dificultad, revender aún más caro) tiene una cota; puede continuar un tiempo mas no indefinidamente, porque, al final, falta poder de compra. Un comprador de un bien inmueble, ante un apuro, ya no puede revenderlo más caro de lo que lo compró, y ese primer invendido va repercutiendo el estrangulamiento del mercado inmobiliario hasta su arranque, y se propaga a toda la economía mercantil.

Felizmente está el sector público; mas, al haberse adelgazado éste, su efecto amortiguador y redistributivo es menor.

La crisis de 1929 fue crisis de la economía y significó el final del capitalismo, inaugurando el período de la economía mixta, estatalmente intervenida.

La crisis de 2007 es una nueva crisis de la economía y marca el fin del retorno al capitalismo que era el movimiento neoliberal, hoy moribundo. Las recetas no son multiplicables según la fertilidad de la imaginación. Hay sector público y sector privado. Éste es derrochador, ineficiente, caótico, aleatorio, canceroso. En los años treinta los capitalistas tuvieron que aceptar --aunque fuera a regañadientes y a la chita callando-- planes de fuerte intervención estatal y de expansión del sector público --que entonces se atribuyeron a la influencia de Keynes. Ahora sus propios agentes en los gobiernos reaccionarios han decidido, de la noche a la mañana, acudir a procedimientos parcialmente similares, aunque con una triple particularidad:

  • (1ª) las medidas de intervención pública han sido esta vez más rápidas y drásticas que hace setentaitantos años;

  • (2ª) han ido acompañadas de la cantinela de que son provisionales y sólo de emergencia;

  • (3ª) no se ha tomado la medida principal, la más necesaria, a saber: la inversión pública para aumentar y mejorar la oferta de obras públicas y de bienes industriales (desconociendo la ley de Say y fijándose miopemente sólo en el cortísimo plazo, o sea en la necesidad de hinchar directamente la demanda, en lugar de hacerlo a través de la oferta).

En un artículo posterior analizaré algunas de las medidas de los mal llamados «planes de reactivación» --en particular los tomados por el gobierno borbónico-- y propondré algunas alternativas más eficaces.

Hace cerca de veinte años se derruyó el sistema soviético de economía planificada. Con sus insuficiencias, sus fallas y sus derivas, fue (y hoy lo vemos por contraste) el mejor sistema económico de la historia. Hoy hace falta un nuevo sistema de economía estatal planificada, ojalá más perfeccionado gracias a las nuevas técnicas y a una mayor capacidad productiva.


Lorenzo Peña
Tres Cantos. 2008-12-23
El autor permite a todos reproducir y difundir íntegra y textualmente este escrito.







viernes, diciembre 19, 2008

EL ODIOSO RACISMO DEL PODER BORBONICO

El odioso racismo del poder borbónico
por Lorenzo Peña


El Gobierno de Su Majestad está llevando a cabo una endemoniada campaña contra los inmigrantes, que vehicula un mensaje apenas velado: en una situación de crisis económica, éstos están de más en la población española y harían bien en largarse.

A los demás habitantes se les transmite la idea de que esa presencia inmigrante es perjudicial (al menos en las circunstancias actuales); se nos quiere hacer creer que una solución, al menos parcial, a nuestras dificultades sociales y económicas estaría en que se volvieran a su país quienes han venido a España (salvo --como lo deja claro el machacón y invasor anuncio-- quienes vienen de más al norte).

Agresivamente colocado para que uno se dé de bruces con él muchas veces cada día, el pasquín de marras exhibe el rostro de una mujer joven de tez clara (para que no se los acuse de racismo) pero de unas facciones discerniblemente no-europeas; el blanco del ataque lo constituyen, inconfundiblemente, los inmigrantes del sur.

Las palabras escritas en el cartel son del siguiente tenor: «Si estás pensando en regresar [en caracteres enormes] Plan de retorno voluntario [en letra mucho más pequeña]. Tú eliges tu futuro. Gobierno de España».

Será gobierno de España, pero no es gobierno para España. Un gobierno para España sería uno que colocara el interés nacional por encima de todo. Y el máximo interés de la nación española estriba en que nuestra Patria salga de su tremenda debilidad demográfica (lo cual es hoy perfectamente posible a pesar de la mayor aridez de nuestra tierras --que para algo ha tenido lugar la revolución tecnológica). La densidad de población de España es una de las más bajas de la Unión Europea; nuestra escasa población ha sido y sigue siendo utilizada por nuestros enemigos de siempre (Francia, Alemania, Inglaterra) para humillarnos y arrinconarnos, dejándonos con una menguada representación en las instituciones paneuropeas.

Eso explica la furia de los reaccionarios de París, Berlín y Londres cuando el gobierno del Lcdo. Rodríguez Zapatero, en su primera legislatura (ya sabemos que segundas partes nunca fueron buenas), regularizó, por varios procedimientos, a muchos cientos de miles de inmigrantes, bastantes de ellos provenientes de la España de ultramar (o sea, en realidad, personas que retornaban a la tierra de algunos de sus antepasados).

Y es que el incremento demográfico de España lo veían como una causa de reforzamiento de nuestra capacidad negociadora para defender --ante esas instituciones que siempre nos son tan hostiles-- nuestra agricultura, nuestra industria (lo poco que queda), nuestro comercio, nuestras inversiones. (Porque, evidentemente, lo que quieren los imperialistas septentrionales es --para favorecer sus intereses de penetración en los países del sur-- hacer concesiones a costa de sectores como nuestra agricultura mediterránea; tener más diputados en Estrasburgo es una instrumento decisivo para protegernos de tales acometidas.)

Que la población de España quede diezmada y que se pierda el impulso recuperador que se había iniciado gracias a nuestra hospitalidad es, pues, lo más funesto para nuestros intereses nacionales. (Sin hablar ya de que cada pareja de inmigrantes jóvenes que abandone España implica una acentuación de la baja de la natalidad, que es la mayor amenaza para nuestro futuro colectivo.)

Esa nueva campaña de xenofobia disimulada es, por consiguiente, absolutamente condenable por ser contraria al interés nacional. Lo que interesa al pueblo español es mostrar, ante el mal tiempo de la crisis económica, la buena cara de la entereza y de la hermandad, dando a todos los habitantes las mismas posibilidades de compartir los frutos de la solidaridad y del Estado del bienestar que los inmigrantes han contribuido a levantar con su trabajo (mucho más sacrificado que el nuestro en los lustros recientes). Y así capear el temporal. No sea que nos vuelva a pasar lo que sucedió con la reconversión industrial de los años 80, de infausta memoria: en vez de aguantar, con subvenciones, a que llegara una nueva fase de expansión de la demanda foránea, se cerraron nuestras acerías, nuestros astilleros, nuestras fábricas metalúrgicas; y luego hubo que importar de fuera raíles, locomotoras y vagones cuando, con mucho retraso, se acabó por entender la necesidad de los trenes de alta velocidad.

El hombre es el capital más valioso --en frase de alguien cuyo nombre amarga a nuestros potentados--. Perder la masa inmigrante que hemos conseguido atraer sería una catástrofe casi equivalente a una guerra. (Quizá el peor cataclismo de nuestra historia nacional fue la expulsión de los moriscos a comienzos del siglo XVII.) Eso sería mucho más grave que la reconversión industrial de hace cuatro o cinco lustros.

Pero hay otras cuatro razones por las cuales el retorno masivo asolaría nuestra economía.

(1ª) Sufriría un golpe demoledor la ya menguada demanda interna, que es la principal (España es un país poco exportador, a diferencia de Alemania).

(2ª) Al escasear la oferta de mano de obra en condiciones propicias para el pequeño y medio empresario (por mayor disponibilidad laboral), bajaría la propia demanda (por un efecto de la ley de Say), ya que el empresariado regula su demanda de mano de obra (su oferta de trabajo) en función --entre otras variables-- de las expectativas de contratación laboral. El resultado de tal contracción sería un ulterior incremento del desempleo (aunque parezca paradójico).

(3ª) Ese retorno perjudicaría a nuestra balanza de pagos (las prestaciones de seguridad social a que tengan derecho los retornados se abonarían a sus países --salida de divisas--, en lugar de quedarse en España para aumentar la demanda interna).

(4ª) Una serie de servicios públicos se verían gravemente afectados, al perder una parte importante de sus usuarios; la consecuencia sería una reducción de los mismos, en detrimento de los demás usuarios. (Eso sería así con relación al ya enormemente deficiente transporte público.)

Lejos, pues, de poner mala cara a los inmigrantes, el interés nacional es mimarlos, hacerles ver que, aunque ahora tengan que apretarse en cinturón, siguen siendo los bienvenidos entre nosotros y que los animamos a quedarse, porque consideramos --y siempre hemos considerado-- que es un favor y un honor que nos hacen el haber escogido nuestra tierra para venir a vivir aquí y compartir una convivencia social con nosotros.

Al margen de esas razones de interés, hay razones éticas. Dar a entender que, cuando las cosas van mal, lo mejor que pueden hacer es volverse a su país y que aquí ya no son bienvenidos es una actitud incompatible con los valores de hermandad humana y de solidaridad entre los habitantes de un territorio llamados --por vocación de su convivencia-- a compartir penas y alegrías, prosperidad y penuria, vacas gordas y vacas flacas.

Siendo todo eso muy grave, peor aún que el aviso (camuflado) de desdén y rechazo al inmigrante que, presuntamente, estaría ya de más entre nosotros, peor también que el catastrófico resultado que se seguiría si se cumpliera tan malhadado plan de retorno, es el mensaje que se transmite a la población española (o la europea), a saber: que, en tiempos de crisis, lo mejor que nos puede pasar es que se vuelvan a casa los inmigrantes y que nos dejen solos.

Claro que el anuncio gubernamental evita la zafiedad de decirlo así en tales términos. Tras una apariencia de simpatía, el contenido vehiculado es, de todos modos, el recién indicado: «¿Ves todos esos rostros foráneos? ¡Ojalá, en los tiempos que corren, se vayan al lugar de donde vinieron; nos irá mejor y les irá mejor a ellos». En suma algo que no dista conceptualmente mucho de la vieja idea xenofóbica: «No tengo nada contra los inmigrantes [latinoamericanos, chinos, africanos, árabes, etc], pero cada uno en su país».

Felizmente esa diabólica propaganda no producirá muchos efectos en lo tocante a empujar al retorno, dizque voluntario, a los inmigrantes que atraviesen dificultades laborales a causa de la crisis (una crisis, huelga decirlo, que ellos no han provocado). Lo verdaderamente deletéreo es el efecto de socavar las buenas relaciones entre españoles y extranjeros, haciendo que los primeros se sientan molestos por la continuada presencia de los segundos y éstos, a su vez, se sientan incómodos de permanecer en España, cuando se los está exhortando al retorno (por mucho que se edulcore ese mensaje con la frase ritual «Tú decides tu futuro»).

Ya hemos sufrido otras campañas publicitarias de hostigamiento, como la intimidación contra la copia informal de contenidos por vía electrónica. Siendo cualquier publicidad institucional una agresión anticívica, ésta de ahora bate un récord por lo odiosa que es. Muy buena opinión de este gobierno no teníamos, pero esto de ahora decepciona nuestra intención de querer creer que a tanto no llegarían.


Lorenzo Peña
Tres Cantos. 2008-12-19
El autor permite a todos reproducir y difundir íntegra y textualmente este escrito.







martes, julio 01, 2008

La malvada Europa

La malvada Europa (¿otra mafia es posible?)
por Lorenzo Peña

2008-06-30


Ha producido un gran revuelo la reciente directiva de retorno forzoso de inmigrantes desprovistos de autorización administrativa (inmigrantes indocumentados o humanos ilegales). Hay que loar, desde luego, los buenos sentimientos de quienes se indignan porque la Unión Europea --presuntamente campeona de los derechos humanos-- inscriba en su normativa la previsión de que sean encerrados (o sea, de hecho, encarcelados), hasta una duración de año y medio, seres humanos a quienes no se reprocha nada. Sin embargo, tendrían que reflexionar más a fondo en el asunto.

Lo esencial estriba en si es lícito encontrarse en el territorio de un estado sin haber obtenido la previa autorización del gobierno.

Si es lícito, lo verdaderamente condenable es que a seres humanos a quienes no se acusa de ningún ilícito se les imponga una restricción de libertad. Que la duración sea de 1 día, de 1 año o de 1 siglo es, sin duda, una circunstancia a tener en cuenta --porque hay una diferencia de grado. Mas poco he oído que quienes están ahora mostrando su indignación sostengan que el hecho de hallarse en un territorio estatal sin permiso del gobierno sea en sí un hecho lícito. Ellos creen que es ilícito.

Tal como están hoy las cosas, el gobierno otorga ese permiso en dos casos: (1) automáticamente a quienes son engendrados por un nacional del país --y, ya más restringidamente, a los nacionales de otro país de la Unión Europea--; (2) selectiva y discrecionalmente a ciertos nacionales de países extracomunitarios si le conviene. Eso sucede así en todos los estados europeos.

Lo que yo sostengo es que las leyes que así lo establecen son contrarias al derecho natural, el cual ha de prevalecer. Por consiguiente, la mera presencia de un extranjero extracomunitario desprovisto de autorización gubernamental podrá ser ilícita según el derecho positivo, pero es lícita según la ley natural, la cual tiene mayor fuerza de obligar.

Y es que, de suyo, estar es un acto lícito, lo mismo que andar, ir y venir. Todos tienen el derecho a vivir. Vivir implica estar, ir y venir. (Estamos hablando de vida humana.)

Rehusar a alguien el derecho a estar, salvo que sea en su país de origen, es someter su derecho a vivir a una condición (y a una tremenda restricción en el caso, p.ej., de un oriundo de Nauru, Jamaica o São Tomé). Si se admite eso, es que no tiene derecho a vivir, sino sólo derecho a vivir con tal que sea en su país. No tiene un derecho incondicional a la vida.

Por eso, a tenor de la doctrina que los considera inmigrantes ilícitos, son seres humanos ilegales; es su ser mismo, su vida misma lo que es ilegal. No deberían vivir, como no sea en su propio país.

Mas, si aceptamos esa doctrina, entonces encerrar a alguien por ser un humano ilegal puede ser una medida justa, como sanción a su ilegalidad; a la ilegalidad que perpetra por el mero hecho de vivir, sin hacerlo en su país. De ser así, es comprensible que el ordenamiento jurídico sancione esa ilegalidad. ¿Con cuánta dureza? Tanta como ilegalidad haya en su vivir, o en su estar (salvo, insisto, en su territorio de origen donde el gobierno sí les permite estar). Del grado de ilegalidad dependerá lo que dure el encarcelamiento (en los «centros de retención»). Unos estados europeos lo verán más grave y harán que dure años y años (cual, al parecer, practican algunos de los estados de la Unión Europea, ese dechado de perfección jurídico-constitucional). Otros más benignos, como España, limitarán más ese período.

Si, en cambio, sostenemos que todos los seres humanos tienen derecho a ser, derecho a vivir, derecho a estar --un derecho incondicional--, entonces actúan lícitamente quienes, aun sin haber obtenido permiso del gobierno, viajan de un país a otro (por los medios a su alcance) y se radican en otro lugar diverso de donde han nacido.

Si eso es así --como yo lo sostengo--, entonces lo injusto es que se exija autorización gubernativa para vivir, para viajar, para estar.

Los seres humanos no tenemos un derecho incondicional a vender, ni un derecho incondicional a conducir automóviles, ni un derecho incondicional a emitir anhídrido carbónico; no figuran ésos en la lista de los derechos del hombre. Por eso el disfrute y ejercicio de tales derechos viene configurado por la ley y sujeto a condiciones.

Mas el disfrute de los derechos fundamentales no puede venir configurado ni establecido en la ley promulgada por el legislador, sino que viene de la naturaleza misma del ser humano, de la vigencia del valor de la hermandad entre los miembros de la familia humana, del orden justo de la convivencia entre los hombres. Son derechos del hombre.

Justificadamente puede el legislador someter a ciertas condiciones determinados ejercicios de tales derechos. Lo que va contra el derecho natural es imponerles una limitación o una condición tan absoluta que elimine su núcleo esencial. Si un jamaicano sólo tiene derecho a vivir mientras no salga de su isla es que no tiene derecho a vivir; no tiene derecho a ser un ser humano. (Es como si el derecho a la libertad de pensamiento se sujeta a la condición de pensar como lo mande el gobierno; eso suprime tal derecho.)

Así pues, creo que lo que hay que sostener --frente al criminal parlamento europeo (un atajo de granujas y malvados)--, es que se debe reconocer que ningún ser humano es ilegal; que entre las cosas que cabe lícitamente reprochar a alguien nunca puede figurar la de estar, la de vivir; ni, por lo tanto, la de estar en tal territorio.

Muchos sostienen que los seres humanos no tienen un derecho incondicional a ser, a estar, a vivir y que, por consiguiente, los gobiernos tienen derecho a encerrar, «devolver» y expulsar a quienes sean seres ilegales. Piensan así todos los partidos políticos de la Unión Europea. Sostienen que hay hechos que no hacen daño a nadie pero que son y han de ser ilícitos porque lo manda la ley, su ley. Y es que no reconocen ni acatan el derecho natural. Europa no reconoce el derecho natural.

Lo que yo reprocho a quienes así piensan es que no inscriban esa acción ilegal en el código penal. Si creen, de veras, que el inmigrante indocumentado está, por el mero hecho de serlo, perpetrando una ilegalidad --y una ilegalidad de suficiente envergadura como para ser sancionable, no con una simple multa, sino con una privación de libertad ambulatoria--, entonces --si creen (como se ufanan de hacerlo) en el estado de derecho-- deberían tipificar el delito o la falta penal de inmigración ilícita.

Lejos de empeorar la situación de los ilegales, ello les daría garantías procesales. Habrían de ser juzgados por un juez o tribunal, según el código penal, con el sostén de un abogado (a los abogados nos vendría bien esa ampliación de nuestras salidas profesionales). Podríamos entonces los abogados alegar:

  1. las causas de exculpación o de atenuación de la culpa (como la obcecación, el miedo, la ignorancia, la menor edad);

  2. las eximentes de ilicitud [art. 20 de nuestro código penal], como son el cumplimiento de un deber (p.ej. el de padre o madre de familia) y el estado de necesidad.

Si robar es lícito en ciertos casos (en estado de necesidad) --y eso según nuestra legislación positiva--, con mayor razón será el mero vivir, el mero estar, el mero haber viajado.

Además, de insertarse en el código penal el delito o la falta de vivir en el territorio sin permiso gubernativo, sería menester determinar (¿o no vivimos en un estado de derecho?) cuál es el bien jurídico tutelado para cuya preservación se establece tal delito o falta. En un estado de derecho cada delito o falta se establece para proteger un bien, algo considerado valioso por la sociedad. ¿Cuál sería ese algo en este caso?

En algunas sociedades es ilícito entregarse a flujos amatorios sin permiso de la autoridad. O a flujos ambulatorios. Son países donde no se respetan los derechos humanos y no hay un estado de derecho. Aquí los flujos amatorios son lícitos, igual que los flujos ambulatorios, los flujos de ideas y demás flujos. (Tal o cual ejercicio estará limitado por la ley; p.ej. en España y en Inglaterra no se puede hablar mal del monarca reinante; en Alemania y en Francia son ilícitas ciertas opiniones históricas; se consideran excepciones.)

Mientras son lícitos los flujos amatorios, ¿son ilícitos los migratorios? ¿Vivir, existir, migrar, viajar es ilícito y, en cambio, amar lícito?

La Unión Europea es un club de malhechores, una panda de monstruos. Pero el problema es más hondo. Europa es irreformable. O, mejor dicho, lo que sólo puede ser un mal es que haya Unión Europea.

Es la unidad de Europa lo que es un mal. Europa dispersa, disgregada, no es ni un bien ni un mal. Europa unida, congregada, en alianza, es un mal. Lo es ahora. Lo será siempre, con capitalismo o con socialismo, con propiedad privada o sin ella, con monarquía o con república. Y ello es así porque difícilmente puede estar unido, si no es para algo malo, un conglomerado tan variopinto de territorios sin ningún común denominador --salvo estar a un lado de una línea artificialmente trazada sobre el mapa--.

Para el bien no hace falta hacer rancho aparte del resto de la humanidad. Para el bien, para los fines lícitos de la vida, lo normal es que se congreguen y reúnan pueblos con lazos históricos, lingüísticos, familiares, afectivos, culturales. Un club en el que sólo se entra por cooptación, selectivamente, según un criterio territorial que nadie ha definido, y para otorgar privilegios a sus integrantes, sólo se justificaría como una medida de autodefensa. Aun así sería muy turbio. (Turbia es la unión africana, otro engendro antinatural; sólo que son pobres --bueno, el instigador, coronel Jazafi, no lo es--; y podemos concederles venia.)

Europa es para el mal. No es para hacer la paz, sino la guerra: la guerra a los del sur, la guerra a los pobres; hacerla, eso sí, aunadamente. Sólo puede ser para el mal. ¿Otra Europa es posible? ¡Ya, y otra mafia también! ¿Es deseable?


miércoles, junio 04, 2008

La censura de Google

La censura de Google
por Lorenzo Peña

2008-06-03


Una de mis contribuciones a la ampliación del conocimiento público es una galería de imágenes, la Iconoteca Republicana «Bartolomé Murillo» (integrada en la publicación electrónica ESPAÑA ROJA); en ella he reunido varias colecciones:

Aunque modesta, la iconoteca «Bartolomé Murillo» ha sido muy bien recibida por el vasto público al que va destinada; ha sido amplia y profusamente referenciada por un número de catálogos y motores de busca (incluyendo Google, Yahoo, Picsearch, Altavista, etc); ha sido utilizada por un abanico de bitácoras para insertar imágenes de las que yo había coleccionado; pero, sobre todo, ha dado a conocer esas ilustraciones gráficas directamente a los muchísimos miles de lectores que a ellas han accedido.

Cada uno puede tener su opinión: sobre el gusto o la falta de gusto del coleccionador; sobre la conveniencia o no de desplegar tales imágenes; sobre los comentarios que acompañan a algunas de ellas; sobre las omisiones. (Así, p.ej., en la galería de imágenes sobre la II República hay fotos de Niceto Alcalá Zamora y de Luis Jiménez de Asúa; no las hay de otros líderes republicanos, como Sánchez Román, Lerroux, Azaña, Prieto, Marcelino Domingo, etc; comprendo que muchos se pregunten el porqué de mi opción.)

Tales imágenes vienen a ilustrar diversas facetas de las ideas y propuestas que se formulan en mi publicación digital ESPAÑA ROJA. Hubiérame gustado ampliar esa iconoteca, pero ello consume un tiempo excesivo. Por otro lado, a veces la selección ha sido producto de circunstancias fortuitas.

Desde hace algún tiempo (no sé exactamente cuánto), la empresa Google ha decidido someter a censura la iconoteca «Bartolomé Murillo», hasta tal punto que en la busca normal de imágenes sobre algún tema, sea el que fuere, no asoma ninguna ilustración gráfica del sitio http://eroj.org"> (ni tampoco de su espejo clonado eroj.net, alojado en netlink). A veces aparecen imágenes tomadas de mi iconoteca pero redesplegadas en otros sitios; ésas sí son mostradas por Google.

Sin embargo, al acceder al buscador de imágenes de Google, el usuario puede abrir una pestaña en la cual le es dado configurar sus preferencias de busca. Al hacerlo, tiene que seleccionar una de entre varias alternativas, o bien dejar la selección por defecto. Una de esas opciones se refiere al «SafeSearch Filtering». La explicación de Google es ésta: «Google's SafeSearch blocks web pages containing explicit sexual content from appearing in search results». Está claro, pues, que lo único que Google reconoce bloquear es un contenido explícitamente sexual; un sinónimo de «pornografía».

Ese bloqueo no siempre funciona bien; pero mi crítica no va por ahí (sé que no es fácil implementar algoritmos adecuados).

Lo que critico es lo siguiente: si al lector se le ocurre optar por la tercera de las alternativas que figuran en esa opción («Do not filter my search results») --aceptando así que puedan aparecer en su pantalla cosas que no son nada bonitas de ver--, entonces, y sólo entonces, Google acepta desplegar las ilustraciones de mi iconoteca; ya sea sobre banderas republicanas españolas, ya sea sobre cuadros de Murillo, ya sea sobre la esclavitud en los USA; sobre lo que sea.

A los lectores normales y corrientes, que no han determinado preferencias y que, por consiguiente, acceden con la configuración por defecto --o sea, con el filtro moderado activado--, Google les impide ver las imágenes de ESPAÑA ROJA.

Google es, evidentemente, muy dueña de obrar así. Es una empresa privada con ánimo de lucro, que gana dinero con la publicidad. Y es conjeturable que sus ingresos publicitarios puedan estar negativamente afectados si facilita el acceso a páginas gráficas como las de ESPAÑA ROJA.

Lo que es deshonesto es invocar un motivo absolutamente falaz; bloquear tales imágenes aduciendo que tienen un contenido sexual explícito. No tienen ninguno, ni explícito ni implícito (como no sea alguno de los cuadros de Murillo).

Así, Google agrava su censura, obviamente política, con el engaño a sus usuarios. Dejo a otros la tarea de llevar a cabo una investigación acerca de cuántas filtraciones similares son operadas por Google o por otros motores de busca, cuya objetividad queda así flagrantemente desmentida.






lunes, mayo 05, 2008

EL DOS DE MAYO EN MOSTOLES

Visión borbónica del Dos de Mayo
por Lorenzo Peña
2008-05-05

El rey, nuestro señor que Dios guarde, D. Juan Carlos de Borbón y Borbón, ha pronunciado un discurso en los festejos conmemorativos del Dos de Mayo en Móstoles.

Su abuelo, D. Alfonso de Borbón y Habsburgo-Lorena, desfiló a pie por las calles de la villa de Madrid el Dos de Mayo de 1908 al frente de una inmensa multitud, en manifestación masiva de homenaje a los héroes populares de la gesta patriótica. Cien años después, en lugar de un acto político de muchedumbres, lo que se ha producido es un acto institucional en el municipio de Móstoles, con participación del Jefe del estado, el del gobierno y el de la oposición, junto con toda la real familia. Las masas populares madrileñas han quedado marginadas.

El discurso de Su Majestad Católica es revelador de la mirada que, doscientos años después, tienen nuestras clases rectoras de la lucha de liberación nacional del pueblo español contra el imperialismo francés en 1808-1814. (Mi impresión es que siguen en posiciones parecidas a las que tenían sus antepasados seis generaciones atrás.)

En el discurso regio es significativo lo que está dicho, pero también lo que está omitido y silenciado. P.ej., Francia sólo viene mencionada una vez en esta frase un tanto opaca: «como nos recuerda Stendhal, España ofreció de pronto un espectáculo semejante al de Francia, cuando se llenó de gente que deliberaba sobre los peligros de la patria». Me temo que pocos de los allí presentes han leído a Stendhal, resultándoles así enigmática esa frase.

Por lo demás no se dice que el brutal y despiadado agresor que intentó esclavizar a España y contra el que se levantó en armas el pueblo español era justamente Francia, el imperialismo francés.

Sin embargo, los conocedores de la historia lo pueden colegir de una afirmación del soberano: «El vacío de poder y la invasión de las tropas de Bonaparte impulsaron a los españoles a manifestarse por primera vez, no como súbditos, sino como integrantes y portavoces de una realidad enraizada en la Historia, y como legítimos poseedores de la soberanía nacional».

De tal aserto (más un cierto conocimiento de la historia) se puede deducir que fue Francia la que nos invadió, porque las tropas de Bonaparte (así de discretamente referidas) eran las de Su Majestad Imperial, el emperador de los franceses y rey de Italia.

Lo que no se dice en el citado aserto es que los españoles no se limitaron a manifestarse. Tampoco es verdad que el Dos de Mayo de 1808 se manifestaran como poseedores de la soberanía nacional ni como nada. Lo que hicieron fue otra cosa: alzarse en armas contra el invasor. Ni como titulares de la soberanía ni como nada. Simplemente se levantaron; lucharon con las armas en la mano contra la opresión, en un acto de justa insurrección.

Que lo que se inició el Dos de Mayo de 1808 fue una lucha armada insurreccional apenas se deduce de una frase contenida en el discurso, la que dice: «Andrés Torrejón [...] supo asumir y definir [...] el significado de aquel levantamiento». Por esa alusión podemos saber que hubo un levantamiento, que, en otra alusión asimismo discreta, el discurso glosa como un «armarse para luchar contra los invasores ante las noticias recibidas de lo ocurrido en Madrid».

¿Qué había ocurrido en Madrid? Eso no se dice. No se mencionan ni la insurrección popular ni su sanguinario aplastamiento, perpetrado por los invasores, desde luego, pero con el visto bueno de Su Alteza Serenísima, el Infante D. Antonio, hermano del bisbisabuelo de D. Juan Carlos.

Con todo respeto me permito discrepar de la explicación que figura en el párrafo citado, a saber que lo que impulsó a los españoles a manifestarse fue, junto con la invasión francesa, el vacío de poder. No había ningún vacío de poder. Al irse a Bayona Fernando VII para rendir pleitesía a su amo, el emperador Napoleón I, dejó instalada una Junta de Gobierno, presidida --como ya lo he dicho-- por S.A. Serenísima el Infante D. Antonio de Borbón y Sajonia-Coburgo. Esa junta, auxiliada por el consejo de Castilla, actuaba a las órdenes de S.A. Imperial y Real, el Gran Duque de Berg (Joaquín Murat), el hombre que mandaba las tropas napoleónicas en Madrid. El poder lo tenían sólidamente aferrado y ejercido, entre la Junta de D. Antonio y el detentador efectivo, el general Murat.

Evidentemente Su Majestad desea mantenerse neutral entre las diversas lecturas de nuestra guerra de liberación nacional: ni a favor de unos ni de otros: «En este día, creo importante destacar lo que para el conjunto de España, por encima de distintas y legítimas visiones, supuso el periodo histórico que arranca en el año de 1808».

Todo el discurso incide en ese mismo enfoque neutral y no-comprometido: es una efemérides muy importante, una página de la historia que se recuerda porque condujo a la Constitución de 1812 (no se menciona la actitud del rey Fernando de Borbón y Borbón con relación a la misma y a quienes lucharon por ella) y abrió un «extenso ciclo histórico» del que forman parte «los procesos de la emancipación americana» (tampoco se menciona que los caudillos que lanzaron esos procesos lucharon contra esa constitución de 1812 y contra el gobierno liberal español, primero el de Cádiz, en 1809-1814, y luego el de Madrid en 1820-1823).

¡Da igual! En esas frases todo lo que se está diciendo es que pasaron muchas cosas que figuran en las páginas de la historia, que tienen diversas interpretaciones, sin que sea menester que el pronunciador del discurso se sume a ninguna de ellas. Eso sí, se mencionan algunos de los valores por los que se luchó a ambos lados del Atlántico (aunque, insisto, se desconoce que en esa lucha los unos combatían contra los otros): «soberanía nacional, derechos y libertades individuales, separación de poderes, y nueva articulación constitucional del Estado».

Sin embargo vuelvo al Dos de Mayo de 1808. El Dos de Mayo de 1808 el pueblo de Madrid no luchó más que contra la opresión y el sojuzgamiento del invasor francés. Ni siquiera por algo abstracto como soberanía nacional; menos aún por las libertades individuales, ni por la separación de poderes (un tanto quimérica) ni por la articulación constitucional del estado; simplemente contra la brutalidad de un invasor que, en una toma militar del poder, socava y conculca el ordenamiento jurídico de la nación española, por la fuerza bruta (aunque con la complicidad del rey y de la Corte), imponiendo, a la brava, su voluntad contra los deseos del pueblo español.

Fue, ni más ni menos, eso: una lucha --en buena medida espontánea-- de protesta contra esa opresión brutal, contra una toma militar del poder por un invasor extranjero.

El discurso --habiendo omitido hablar de la insurrección del pueblo de Madrid, habiendo silenciado el papel de Carlos IV, Fernando VII y demás príncipes e infantes, y no conteniendo ni una sola ocurrencia de palabras como «imperio», «imperial», «imperialismo» etc-- va a terminar con estas afirmaciones: «Esta jornada de recuerdo y homenaje, que cobra hoy una nueva dimensión en el espacio europeo de paz, integración y solidaridad al que pertenecemos, nos permite asimismo constatar con orgullo la realidad de la [...] España moderna [...] que asegura nuestra preciada Constitución».

Es curioso que la jornada de insurrección del pueblo español contra los invasores europeos cobre una nueva dimensión en ese presunto «espacio europeo de paz» (¿paz? ¿O más bien guerra contra Serbia y Afganistán, junto con varias aventuras militares contra diversos pueblos afroasiáticos?). Porque los invasores eran, desde luego, franceses, militares franceses, pero auxiliados por alemanes, polacos, italianos, holandeses. A Europa no tenemos nada que agradecerle; ¡todo lo contrario!

Si la Constitución del 29 de diciembre de 1978 es preciada o no lo discutiré en otra ocasión.






miércoles, abril 23, 2008

DEFENSA DE LA FILOSOFIA

Volvemos a la carga en defensa de la filosofía
por Lorenzo Peña


Para el próximo sábado 26 de abril de 2008, a las 12 horas, ante el Ministerio de Educación, c/ Alcalá 34, en Madrid, está convocada una concentración en defensa de la filosofía y por su permanencia en los planes de estudios. ¡Recordemos el transfondo!

En la primavera del año 2005 el equipo de politólogos de la entonces ufana ministra del ramo, Sra San Segundo, hizo circular el proyecto de nueva ley reguladora de la enseñanza no universitaria, en el cual se reducía a casi nada el lugar de la docencia filosófica.

Para compensar un poco esa casi-eliminación se ha prometido después confiar a los profesores de filosofía (aunque sin exclusividad) la impartición de la nueva pseudo-asignatura de educación para la ciudadanía --una inculcación forzosa de los valores profesados por el legislador.

En la primavera de 2005 las movilizaciones contra ese proyecto no despertaron amplio entusiasmo, ni siquiera entre los enseñantes de la filosofía en la educación no universitaria, ni, menos todavía, entre el profesorado universitario. Fueron pocos, y poco concurridos, los actos de protesta --a uno de los cuales, en la c/ de Alcalá en Madrid, acudieron, sin embargo, un montón de defensores de la filosofía venidos de Asturias.

Así, en el verano de 2005 se promulgó tranquilamente la ley; ésta entró en vigor. En el desarrollo de la misma --y de conformidad con la orientación confederal del malhadado Estado de las autonomías-- se han ido promulgando las normas regionales de aplicación. Nos ha venido la fatídica inculcación para la ciudadanía. Y, entre unos y otros, gobierno central y gobiernos autonómicos, políticos de un color y de otro, se han cargado a la filosofía.

De paso, en la propia Universidad ha entrado avasallador el proceso de Bolonia, un nuevo engendro de esa monstruosa entelequia que es la Unión Europea. Tal apisonadora parece inspirada en el principio de Atila: donde su caballo planta el pie no vuelve a crecer la hierba. Todo queda agostado. Los cerebros convertidos en eriales. ¡Guerra al saber!

La transmisión de conocimientos viene reemplazada por el amaestramiento en «destrezas», la inculcación de hábitos. Los profesores ya no transmitirán la llama del saber con sus clases; sus alumnos no podrán recordar aquellas buenas lecciones magistrales de nuestros grandes y buenos maestros que nosotros aún podemos traer a nuestra memoria.

En vez de eso se trata ahora, a todos los niveles educativos, de que el docente sea un inductor o un amaestrador de la adquisición de pautas comportamentales del alumno.

Dos son los supuestos de tal orientación antipedagógica. El primero es el individualismo, que desconoce y niega que la superioridad de nuestra especie ha estribado en nuestra capacidad de pensamiento y acción colectivos gracias a la acumulación y la transmisión intergeneracional de conocimientos, o sea del saber previamente acumulado por las generaciones pasadas; prescindiendo de esa acumulación, el individualismo de los eurócratas de Bolonia lleva a creer que cada individuo, por sí solo, hace, consigue y alcanza lo que le sea menester (el acervo de conocimientos acumulados será, todo lo más, una cantera en la que el joven podrá buscar y hallar lo que le resulte atractivo desde sus propios intereses).

El segundo supuesto de la nueva orientación educativa es que se trata de que los muchachos se auto-formen como agentes en el mercado laboral y para el mismo. Aplican aquí la teoría de la soberanía del consumidor, que enaltece a la economía de mercado como el mecanismo ideal de auto-gobierno, mediante el cual cada individuo actúa por separado, según su criterio y su conveniencia, resultando así el mayor bienestar general. Frente a la planificación (a la cual execran), exaltan el mercado como lugar de encuentro negociado entre productores y consumidores.

Trátase de aplicar eso mismo a la enseñanza. Ésta no será, por lo tanto, la realización de unos planes (hasta la palabra «plan» chirría en unos enfoques inspirados por la ideología anti-planificadora). Será un mercado, en el cual el discente anticipa su ulterior oferta laboral en el mercado de mano de obra aprendiendo por sí mismo lo que le vaya a servir para tal fin mercantil; en ese proceso el papel del profesor es el de un mero facilitador.

Hay algo que no parece casar bien en esa orientación. En un enfoque tan mercantil-individualista y desplanificado, ¿por qué se impone una inculcación coercitiva de valores? Esa pseudo-asignatura es el marco que permite encajar todo ese proceso: se trata de, por un lado, amaestrar a los chavales para que, asumiendo los valores de la sociedad (no se les da opción alguna de recusarlos), actúen en ese ámbito mercantil sin plantear cuestionamientos de fondo; y se trata, por otro lado, de impartir unos dogmas de obligado asentimiento que, en alguna medida, suplan unos conocimientos que van a faltar.

En todo caso lo que se desea favorecer con la nueva orientación educativa, a todos los niveles, es que cada alumno se haga con un bagaje de pautas conductuales, con unos hábitos o habilidades que faciliten su entrada en el mercado laboral en función de cómo está éste o de cómo es previsible que lo esté a corto plazo.

Nada de buscar el enriquecimiento cultural colectivo; nada de velar por la transmisión colectiva del acervo de conocimientos de la humanidad y por su ulterior ampliación. Nada de orientar los procesos educativos en función de las necesidades de instrucción de nuestra sociedad, en el marco de un proyecto de desarrollo nacional en los terrenos económico, social, jurídico, cultural, científico y artístico. Nada de misión colectiva; nada de responsabilidad social; nada de planificación. Puro mercado. Puro cálculo individual e individualista. Puro saber instrumental, y de una instrumentalidad subalterna, un mero saber-cómo, no un saber-que.

Dudo mucho que así los jóvenes vayan a ser mejores profesionales. Podrá haber muchos conocimientos inútiles a efectos prácticos en muchas actividades profesionales. Pero, frente a tal verdad de Pero Grullo, hay cinco consideraciones que vale la pena tener en cuenta.

En primer lugar, cuando se ha adquirido una amplia masa de conocimientos siempre puede haber entre ellos algunos que resulten prácticamente útiles.

En segundo lugar, no se puede determinar de antemano la frontera entre los conocimientos útiles y los inútiles, que es móvil.

En tercer lugar, los conocimientos capacitan a la persona culta para afrontar mejor su trabajo (aunque puedan, en muchos casos, serle de escasa utilidad concreta para sus tareas), porque contribuyen a darle una perspectiva de conjunto.

En cuarto lugar, en una sociedad evolutiva los oficios cambian, unos empleos vienen reemplazados por otros; la persona culta está más capacitada para afrontar esas alteraciones, al paso que quien ha visto orientada su formación a insertarse a corto plazo en la ranura libre del mercado laboral tendrá escasa adaptatividad a la ulterior evolución de las cosas.

Y, en quinto y último lugar, el individuo humano no es sólo un trabajador (y con eso no estoy rebajando el valor trabajo, ¡todo lo contrario!). Es también miembro de una familia, de asociaciones, de colectividades, de una nación; es un partícipe en la vida pública, un decisor en última instancia (aunque sólo sea a través del sufragio). Para estar bien capacitado en esas dimensiones necesita conocimientos, contenidos cognoscitivos y no sólo habilidades o destrezas o hábitos. Necesita memoria y que esa memoria esté poblada, no desierta.

Para terminar este suelto, volvamos a la cuestión de cómo explicar de la pasividad de hace tres años. En gran parte, sin duda, actuaron los reflejos condicionados políticos. Los simpatizantes de uno de los dos principales clubes que se turnan en el gobierno de la monarquía no desean hacer nada que pueda alentar a los del club adverso --nada que socave al club al que ellos apoyan. Conque no es de extrañar que muchos que podrían (en una hipótesis optimista) movilizarse contra las políticas del ministerio permanezcan pasivos ante las de la consejería de educación de la comunidad de Madrid; y viceversa.

En el fondo, sin embargo, el problema es mucho más grave: ambos clubes están a favor de esas orientaciones mercantil-individualistas, del anti-cumulativismo implícito en las nuevas líneas educativas eurocráticas; ambos apoyan el proceso de Bolonia.

Hay también otras causas de la desmovilización: el bache ideológico que atravesamos; la desmotivación por el hundimiento de las grandes alternativas al sistema reinante; la pérdida de sentido de responsabilidad social de los intelectuales y docentes; en particular la desvinculación social de la Universidad. Y también las dosis de desánimo, de cansancio, la sensación de ya visto, la impresión de que ya se han librado luchas similares y es el cuento de nunca acabar.

A quienes están embargados por esas sensaciones séame lícito sermonearles diciéndoles que el desánimo es lo que más desanima. Caer en el desánimo es auto-destructivo. Eso es particularmente grave para todos los profesionales de la instrucción, de la enseñanza, de la transmisión de conocimientos así como, desde luego, para quienes viven en el mundo académico o están próximos a él. Deslizarse por esa pendiente del desánimo lleva a vegetar, perdiendo el sentido de lo que uno hace.

Se ha definido a la persona como el ser vivo que tiene pasado y futuro, que posee recuerdos de lo que ha hecho y planes de vida para el futuro (sean de una hora o de un milenio). No deseo comprometerme a defender esa concepción; pero, eso sí, pienso que sólo vale la pena una vida (sea individual, sea colectiva) que comporte esos dos elementos: memoria del pasado y planes para el futuro.

El error es un desvalor, no cabe duda. La ilusión es un error, es una visión ilusa de las cosas, un verlas como no son. Pero hay algo peor que la ilusión: el desánimo, el pasotismo.

Quien esto escribe se movilizó a favor de la enseñanza de la filosofía hace tres años. Y vuelve a hacerlo ahora.


otros documentos en defensa de la enseñanza de la filosofía
Tres Cantos. 2008-04-23
El autor permite a todos reproducir y difundir íntegra y textualmente este escrito.







sábado, abril 05, 2008

El Dos de Mayo

El significado del Dos de Mayo

por Lorenzo Peña
Madrid. 2008-04-05


A lo largo del siglo XIX la conmemoración del Dos de Mayo de 1808 constituyó un toque de rebato de las masas populares en su lucha por una España mejor, más avanzada, más libre, más justa, contra todos los opresores, contra los privilegiados perpetradores de injusticias.

La conmemoración del Dos de Mayo alcanzó particular relieve y respaldo gubernamental en los períodos del liberalismo avanzado: 1820- 23, 1837-43, 1854-56, 1868-74. En cambio, el poder puso sordina a las conmemoraciones en los períodos reaccionarios o conservadores (como los del absolutismo fernandino, la década moderada de 1844 a 1854 y la Restauración).

Ya en el siglo XX la insurrección del pueblo madrileño del Dos de Mayo de 1808 será especialmente recordada con emoción y como fuente de inspiración sobre todo en el Madrid de la guerra civil de 1936-39, principalmente en la propaganda del partido comunista y de sus colaboradores (D. Ángel Ossorio y Gallardo, el poeta Antonio Machado y tantos otros). Hasta donde yo sé, esa evocación no existió o fue, en todo caso, mucho menor en la pluma y la palabra de los socialistas.

Recuperado y capitalizado el Dos de Mayo por el régimen nacional- sindicalista de 1939, será el propio despotado de Franco el que haga entrar en un declive y en una preterición definitiva todas las conmemoraciones. La Jornada dejó de ser fiesta nacional.

En los años 60 y 70 la celebración fue retomada por los sectores más radicales de la clandestinidad antifranquista. Ulteriormente, y a raíz de la transición, se desnaturalizó al convertirse en Día de la pseudo-comunidad de Madrid.

El Dos de Mayo de 1808 el levantamiento del pueblo madrileño contra el invasor constituyó el inicio de la primera guerra revolucionaria de los tiempos modernos --que es, en rigor, la primera guerra revolucionaria de todos los tiempos. Una guerra contra el opresor, una guerra contra la violación del orden legal por los poderosos, contra los perpetradores de una violencia armada que interrumpía la continuación de la normalidad jurídica precedente y a la vez pretendía someter por la fuerza la voluntad popular.

Cualesquiera que fueran sus otras características y las ideas o aspiraciones de sus anónimos protagonistas populares --que, por decenas de miles, combatieron como pudieron en aquella gloriosa jornada contra el principal ejército de Europa--, lo esencial es que se levantaron en armas contra un opresor que, por la fuerza militar, violentando el orden legal y constituido, quiso imponer al pueblo español un duro yugo, el cual consistía, ni más ni menos, en que nuestro pueblo estuviera a las órdenes de Francia y le sirviera para lo que gustara: hombres, dinero, naves, cosechas, tierras (se tramaba la anexión a Francia de la margen izquierda del Ebro); por mucho que tal sojuzgamiento pretendiera disfrazarse de civilizatorio, cual lo han hecho todos los colonizadores.

Más que la insurrección popular del Dos de Mayo, en sí misma, lo que desencadenó la sublevación de todo el pueblo español contra los franceses tres semanas después fue el sanguinario aplastamiento de la lucha popular, una despiadada represión que, si enluteció a miles de familias madrileñas, provocó un odio a muerte al invasor --odio prácticamente unánime que explica el desenlace de la contienda.

La guerra revolucionaria y antiimperialista del pueblo español en 1808-1814 marcó así el primer jalón en la cadena de luchas insurreccionales de los pueblos oprimidos. A lo largo del siglo XIX algunas de ellas triunfarían (las de Serbia y Grecia contra el yugo otomano; la del pueblo mexicano contra el la agresión de Napoleón III; la del pueblo etíope contra la agresión del colonialismo italiano); pero en su mayor parte fracasaron: fracasó la del pueblo argelino contra Francia entre 1830 y 1860; fracasó la de la India contra Inglaterra; fracasó la revolución Taiping en China; fracasaron todas las demás guerras de resistencia anticolonialistas en Asia y África; fracasó incluso la revolución garibaldina en Italia (aunque fue la ocasión de la unificación italiana bajo la batuta de la casa de Saboya).

Sólo entrado el siglo XX tendrán lugar nuevas guerras de liberación antiimperialistas (Indonesia, Vietnam, Argelia, Camerún, Malaya, Filipinas, Zimbabue, Palestina), varias de las cuales --no todas-- acabarán triunfando; guerras que --pese a las muchas diferencias-- no dejan de guardar significativas semejanzas con la guerra de la independencia española de 1808-1814.

Al igual que la contienda española de 1808-1814, esos otros conflictos han tenido un carácter múltiple, con líneas de demarcación oscurecidas y cambiantes, con perfiles equívocos y ambiguos de algunos de los agentes políticos y militares, con aspectos atractivos y repulsivos en uno y en otro bando, como siempre sucede en todos los conflictos humanos. Cielo e infierno, bien y mal, no combaten nunca perfectamente alineados el uno contra el otro; en las falanges infernales siempre hay hombres de buena intención (al menos inicialmente), conductas al menos en parte merecedoras de elogio (aunque sólo sea por el mal que no han hecho), al paso que en las cohortes celestiales, o en las filas del bien, nunca faltan los oscurantistas, los fanáticos, los vividores, los aprovechados.

Mas fijarse sólo en eso, perder de vista lo esencial, es un error de mirada que puede tener varias causas, siendo probablemente la más frecuente la de desconocer las diferencias de grado. Cuando se señalan facetas positivas de un lado, facetas negativas del otro, siempre hay que calibrar, no sólo si existen, sino cuánto existen, en qué medida actúan, hasta qué punto determinan la orientación general, la marcha y el sentido de la acción colectiva en el bando respectivo.

Sin calibrar el grado de presencia y de acción causal de los diversos componentes de un gran acontecimiento histórico, enumerando meramente tales o cuales rasgos o factores (una enumeración que siempre es selectiva y olvidadiza de otros muchos elementos que también tuvieron lugar), es imposible ser veraces. Y la veracidad es justicia.

Tenemos un deber de memoria, tenemos un deber de verdad, porque tenemos un deber de justicia. Justicia para con nuestros antepasados y para con nosotros mismos. Verdad y justicia que sacrifican quienes, sin reparar en graduaciones, lo allanan todo en un magma indiferenciado o escogen arbitrariamente tales o cuales rasgos que les place destacar porque ello se adapta mejor a sus prejuicios o a sus esquemas.

Dos siglos después de que el pueblo español se levantara en armas por una causa justa (su independencia nacional y el rechazo al golpe militar de Napoleón Bonaparte) hoy en España, lamentablemente, lleva ganada la batalla de la opinión el bando de nuestros enemigos, el bando afrancesado.

En 1808 estaban al lado del invasor francés: la corte; los príncipes e infantes de la casa de Borbón; los cardenales, arzobispos y obispos; los generales y altos mandos del ejército; los presidentes de las audiencias; los gobernadores e intendentes; todas las autoridades civiles y militares, que secundaron y respaldaron su golpe de mano y que enviaron representantes a Bayona para rendir pleitesía a José Bonaparte y que lo agasajaron como Rey.

Pero la masa popular, que constituía el 99% de los españoles, rechazó ese entreguismo vendepatria y se levantó en armas entre el 21 de mayo y fines de junio de 1808. Siguió entonces habiendo un sector de la grandeza, de la corte, de la intelectualidad más renombrada que se mantuvo adicta al régimen intruso; pero la gran mayoría de las clases altas se vio forzada a pasarse (con entusiasmo o sin él) al bando patriota.

Hoy, sin embargo, la opinión española es preponderantemente favorable a la agresión napoleónica. Erróneamente ve en el Corso un introductor de algunos principios de la revolución francesa, aunque fueran ya un tanto descafeinados. Se ve en su golpe militar en España una ocasión magnífica para la modernización de España, para la introducción del sistema constitucional y de las libertades públicas. Igualmente se ve en la España patriota --que en 1812 promulgaría la constitución de Cádiz (con mucho la más avanzada de su época)-- una España negra, que lucharía por la inquisición, por lo rancio y tradicional, que se resistiría a los progresos que, aunque fuera por las malas, quería imponerle Napoleón.

No es de extrañar que en 2008 muchos de la oligarquía financiera y terrateniente piensen así. Aunque con otros individuos --por el paso de las generaciones y las mutaciones económicas-- fue esa clase social la que secundó en 1808 los planes sojuzgadores de Napoleón. Pero hay una causa más poderosa del proimperialismo de muchos de nuestros oligarcas de hoy. La oligarquía española detesta y aborrece al pueblo español, contra el cual ha llevado a cabo --con el apoyo nuevamente del imperialismo extranjero-- la guerra civil de 1936-39. Esa contienda sigue viva en nuestra memoria histórica colectiva. Y, de resultas de ella, nuestra oligarquía se aferra, como a un clavo ardiendo, a la alianza con las potencias imperiales del Norte, eso que llaman «nuestro entorno», o sea la guarida de nuestros enemigos seculares: Inglaterra, los estados unidos, Francia y Alemania, esas potencias dizque amigas que siempre quisieron humillarnos y despedazarnos --y que hoy, de nuevo, están dispuestas a destrozar a España atizando y manipulando a los separatismos septentrionales (nuestras «ligas Norte» de la Península Ibérica).

Ser hoy pro-francés con relación a 1808 es un modo de justificar ser pro-NATO y apoyar las guerras imperialistas de Irak y Afganistán, tan similares a la que libró la Francia napoleónica contra el pueblo español.

En las filas de lo que se llamó o se sigue llamando «izquierda» la justificación de la agresión napoleónica tiene caracteres y explicaciones en parte diversos, y en parte coincidentes. Hay coincidencia en tanto en cuanto una parte de esa «izquierda» se ha convertido en un nuevo agente y representante político de la oligarquía financiera y terrateniente borbónica. Hay diversidad en tanto en cuanto otro sector de la «izquierda» secunda las tesis secesionistas, con la fatua y vana esperanza de, abriendo una brecha en el muro de la vigente constitución monárquica, quebrantarán el status quo, o con la esperanza de atraerse a un número de personas embaucadas por el secesionismo --un secesionismo tal vez aguado o templado; quienes apuestan por ese tipo de orientación (y no son dos o tres) desean deslindarse de todo lo que sea patriótico y hasta evitan pronunciar el nombre propio «España»; de ahí que se desmarquen cuanto puedan de cualquier visión de la historia que tenga un signo patriótico- español. También hay otros sectores que simplemente ven la historia tras el cristal ahumado de unos esquemas abstractos, en ideologizaciones estereotipadas y aferrándose a clichés que no tienen en cuenta la riqueza y complejidad de lo real. Con tales actitudes es fácil encasillar cada hecho histórico; y encasillarlo mal.

En 1908, al cumplirse el primer centenario del Dos de Mayo, el gobierno conservador de D. Antonio Maura boicoteó las celebraciones, hasta que el rey Alfonso XII --que no era tonto-- se percató, en el último minuto, de la utilidad para el trono borbónico de ponerse a la cabeza de las conmemoraciones. Maura, ausente de Madrid para descansar, regresó precipitadamente a la Villa.

Un siglo después se repiten varios hechos, aunque naturalmente con modalidades muy diferentes. También ahora ha habido algunas personas que, a título de excepción, dentro de la oligarquía borbónica, se han percatado de que había que recordar la lucha popular del pueblo madrileño con el respeto y admiración que merece, como el punto de arranque de la España moderna. Inicialmente han sido pocas. Cuando ya se aproximaba el bicentenario, ¿cuántas actividades se habían programado? ¿Qué participación de las instancias oficiales?

Las conmemoraciones previstas eran pocas. A última hora se han organizado otras; y, puesto en marcha el tren de tales recordaciones colectivas, se han subido al mismo --con un oportunismo que continúa el de las clases altas en el verano y el otoño de 1808-- una serie de individuos que hasta ayer ni parecían en absoluto interesados por la memoria de 1808; y, de estarlo, tal vez del lado del invasor más que del lado nacional.

Es ese contexto el que otorga un valor destacado a una de las celebraciones genuinas de la epopeya del pueblo español: el Simposio sobre el Bicentenario de 1808 organizado por el Grupo de Estudios Lógico- jurídicos (JuriLog) que, con el tema «Las bases axiológico- jurídicas del constitucionalismo español» se va a celebrar en el Centro de ciencias humanas y sociales, en la calle Albasanz 26 de Madrid (zona de Ciudad Lineal) los días 17 y 18 de abril de 2008. ¡Ojalá que haya una afluencia masiva, como lo merece el recuerdo de los héroes populares del Dos de Mayo!


Las informaciones se pueden hallar en la pág:
http://jurid.net/jurilog

Otras referencias:



lunes, febrero 11, 2008

El precio de mi voto

El precio de mi voto
por Lorenzo Peña

2008-02-11
[Se autoriza la reproducción literal e íntegra]


No sólo no soy adepto de la ideología occidentalista sino que, además, no siento la menor adhesión al sistema político-económico bajo el que vivimos: el occidentalismo. Tampoco lo considero un infierno. Digamos que es un purgatorio, con sus cosas buenas y sus cosas malas.

Para Churchill (que le endilga el embellecedor membrete de «la democracia») es el peor sistema posible excepto todos los demás. Yo diría que es el mejor y el peor de los posibles en las actuales circunstancias.

Habida cuenta de todo, fue un sistema mejor el de las democracias populares --el socialismo real--, sin por ello carecer de defectos; fue mejor, desde luego, para los pueblos en los que, más o menos, se realizó (o sea: mejor de lo que ha resultado para esos pueblos la restauración del occidentalismo); y, sobre todo, mucho mejor todavía para los demás pueblos, que, sin padecer sus inconvenientes, nos beneficiamos decisivamente de su existencia, gracias a la cual fue posible la parcial emancipación de las naciones oprimidas por el yugo colonial y la consecución del estado del bienestar, otorgado a regañadientes por los potentados del sistema occidentalista.

El futuro traerá nuevas alternativas. La humanidad no estará sometida para siempre a la tiranía del automóvil, al absurdo de la economía de mercado, a la farsa de la pseudodemocracia partitocrática, a la brutal desigualdad social, al desempleo masivo, a la ausencia de una redistribución global de la riqueza, al adocenamiento de la mediocracia mendaz e ignorante, a la fragmentación del planeta en bloques atrincherados, a la falta de libertad de circulación, a las guerras imperialistas, a la carrera de los armamentos, a la existencia de ejércitos y fronteras.

Que hoy por hoy no haya alternativas viables no implica que sea menester apoyar lo que existe. Si se puede ir mejorando es, en buena medida, gracias a la crítica de quienes no nos sumamos al coro consensual de sus enaltecedores, que monopolizan la opinión pública (salvo unos pocos huecos en el espacio internet).

El régimen occidentalista conserva muchos elementos de capitalismo, aunque felizmente no es (ni fue nunca) tan capitalista como lo pintan sus adeptos y algunos de sus detractores. El capitalismo puro, la economía de mercado estricta, es absolutamente imposible, un sueño (o más bien una pesadilla), una ficción de las mentes de los ensayistas libertarios.

Que el régimen imperante no es estrictamente capitalista lo prueban hechos como el de que aproximadamente la mitad de la renta producida es administrada por los poderes públicos (lo cual no quiere decir que sea distribuida de manera justa ni racional) y el de que --con todas sus limitaciones-- resisten a la embestida eliminadora del empresariado voraz las instituciones del estado del bienestar: jubilaciones, asistencia sanitaria, algunas pinceladas de vivienda social, educación pública, servicios públicos de enseñanza, cultura e investigación, salvamento, organización vial, abastos y suministros, regulación de mercados, transporte público, ayudas a discapacitados, subsidios de desempleo y otras limosnas; todo lo cual es incompatible con un capitalismo puro.

Pero, aunque el occidentalismo no es capitalismo, sí contiene bastante capitalismo, desgraciadamente. En esencia es un régimen oligárquico, en el cual una casta de privilegiados de la finanza, del dinero, de la mediocracia, de la sociedad influyente, de los círculos del poder, acapara los resortes de la decisión pública, a través de la partitocracia, con una tramoya en la cual:

  • las elecciones son manipuladas y preparadas de manera que se eviten las malas sorpresas (salvo raras excepciones);
  • los partidos son férreamente controlados por los aparatos y las camarillas de intrigantes entre bastidores, instrumentalizadas por los grupos oligárquicos de presión (salvo, en cierta medida, algunos partidillos marginales, con vocación de testimonio simbólico --y aun eso sólo provisionalmente, porque el sistema dispone de utensilios para banalizarlos o echarlos a la cuneta); la democracia interna de los partidos es totalmente ficticia;
  • los partidos principales abusan de su posición dominante, con lo cual ejercen colectivamente un rígido oligopolio sobre la vida política;
  • los órganos de opinión disidentes son arrojados de la esfera visible en la vía pública y relegados al internet (sólo accesible en la intimidad de la vida privada de cada uno);
  • las voces discrepantes del sistema son sometidas a una combinación de ninguneo y ostracismo con un eventual acoso (siendo, en caso necesario, eliminadas, aunque ese último recurso se dosifica prudentemente);
  • es estigmatizada cualquier apología de sistemas alternativos (como el del socialismo real);
  • los debates dejan de lado montones de temas tabú, imponiéndose un pacto de silencio tácito que arrincona a quienes intenten abordar esas cuestiones;
  • el chantaje anti-terrorista cercena cada vez más la libertad de ir y venir y la de entrar y salir de los edificios públicos, multiplicando los controles de identidad discriminatorios y ofensivos;
  • vienen severamente recortadas, con diversos pretextos, las libertades de asociación, de expresión y de pensamiento;
  • la disciplina de partido arruina lo poco de democrático que pudieran tener las asambleas legislativas, en las cuales incluso sus miembros se ven privados del derecho de hablar libremente.

En ese contexto las elecciones no son ni libres ni justas. El elector carece de la posibilidad de motivar su voto; se le prohíbe votar salvo por una de las candidaturas que hayan superado los criterios vigentes.

A la abrumadora mayoría de los electores sólo les resulta prácticamente posible votar a uno u otro de los candidatos del sistema. (En algún caso extremo, como el de los estados unidos de América, hay de hecho un partido único, aunque dividido en dos alas casi iguales.)

En el actual ordenamiento español no todo es malo. Una buena cosa es que los electores no estamos obligados a votar. A quienes desaprobamos a todos los partidos con posibilidades de ganar se nos permite no ir a votar, o votar blanco o nulo. Esa autorización legal es importantísima. Es un derecho sagrado que hay que ejercer. Es una de las palancas para ir consiguiendo, poco a poco, que alguno de los partidos en liza introduzca (con la esperanza de encandilarnos) tal o cual elemento positivo en sus programas y, ocasionalmente, que lo cumpla si llega a constituir una mayoría en las instituciones.

Al lado de esa ventaja, nuestro actual sistema político --la monarquía borbónica-- encierra un montón de particularidades que llevan a relativizar al extremo su credencial presuntamente democrática. El eje real del poder reside en el Palacio de la Zarzuela, al paso que la función de la jefatura del gobierno es poco más que decorativa (inversión de papeles).

No voy a comentar aquí tales particularidades. Lo que voy a plantear es si --a pesar de todos mis recelos con relación al sistema político en que vivimos y a los grupos con representación parlamentaria-- es razonable para mí ir a votar el domingo 9 de marzo de 2008 en las elecciones generales de España; y, si voy, qué opción tomar: el voto nulo, el blanco o bien alguna de las listas que encontraré en el colegio electoral.

Para adoptar una decisión racional, necesitaría dos elementos de juicio que me faltan:

  • 1º) un conocimiento detallado de las vidas y trayectorias de todos y cada uno de los miembros de esas listas (no me basta saber que el cabeza de lista es una persona decente);
  • 2º) una ponderación prolongada de los programas electorales (necesito haberlos conocido con al menos tres meses de antelación para estudiarlos y para recabar información que me sirva de criterio a la hora de calibrarlos: considerar su viabilidad y compararlos reflexivamente con mis propias estimaciones).

Que hace falta no sólo lo segundo sino también lo primero lo demuestro así: si se tratara de un plebiscito en el que se someten a consulta popular los programas de los partidos, la emisión de mi voto dependería exclusivamente de los contenidos; pero, tratándose de una elección, tan importante como esos contenidos es la fiabilidad de las personas que formulan esas promesas (hay que valorar el balance de quienes las enuncian en el cumplimiento o no de promesas previas y en general toda su vida, no sólo política sino todo su itinerario personal).

Todo eso es ya imposible. Propongo, pues, un trato alternativo: voy a enunciar mi propio programa mínimo de elector potencial, mis aspiraciones más urgentes, prometiendo mi voto al partido que me haga saber que las asume y que las incorporará a su actuación, si llega a formar gobierno.

A la objeción de que ningún partido va a tomarse la molestia de cambiar su programa para conseguir mi voto respondo que eso ya lo sé. Pero opongo resistencia a la tesis mercantilista de la soberanía del comprador (que los apologistas del occidentalismo extienden al mercado de las elecciones); según ella, en el sistema mercantil el comprador es soberano porque tiene la última palabra, siendo dueño de comprar o no comprar. En cuanto a las elecciones, el votante es dueño de votar o no votar.

Evidentemente que soy dueño de comprar o no comprar, pero, si no compro, me quedo sin lo que necesito; lo que ofertan los comerciantes distará de lo que yo deseo, pero ésas son lentejas: o las tomas o las dejas (y te quedas sin comer). Conque en muchos casos, a regañadientes, compro (aunque raras veces estoy satisfecho con la mercadería que me venden; ¡vamos! prácticamente nunca).

En las elecciones tengo al menos (en España) la posibilidad de no votar. Eso sí, me amenazan con que, si no voto a los unos, saldrán elegidos los otros. (Elster ha demostrado, sin embargo, que va contra la racionalidad de la teoría de juegos basar la motivación del elector en un cálculo individual de las expectativas y del efecto causal probable de su votación o su abstención.)

Rehúso someterme a esa amenaza. Claudicar, tragar con ese dictado, lleva a ratificar muchas inmoralidades e injusticias, porque a menudo la alternativa que se perfila es que se perpetren ésas u otras peores.

No niego el principio del mal menor, según el cual, cuando tenemos que optar, hemos de hacerlo --en la medida de lo posible-- de modo que el resultado causal de nuestra opción sea menos malo que las opciones alternativas.

Mas sostengo que a menudo no pronunciarse, no avalar ninguna propuesta, es la mejor opción; a saber: cuando cualquier otra opción hace de nosotros cómplices de una grave injusticia, lo cual es uno de los efectos causales de pronunciarnos. Al apoyar a unos, malos, muy malos, para que no salgan elegidos otros aún peores, cualquiera que sea la eficacia causal de ese apoyo en el resultado final (una eficacia de menos de un diezmillonésimo), lo que es seguro es que se produce ese otro efecto sobre uno mismo.

Habrá ocasiones en las cuales, no obstante, haya que votar por los malos, muy malos, por el peligro de los peores. Sin embargo, tiene que haber un umbral mínimo de diferencia entre las opciones, por debajo del cual no se aplica esa regla de apoyar a la candidatura menos mala. ¿Se da tal umbral en nuestro caso? Habría que demostrarlo.

Sea como fuere, voy a presentar 47 demandas. Son el precio de mi voto. Y no voy a pedir la Luna, ni la República ideal.


    I - Democratización de España y política internacional

  • 1ª.-- Convocatoria de una asamblea nacional constituyente para preparar una nueva constitución, que será sometida a plebiscito popular, capítulo por capítulo.

  • 2ª.-- Un plebiscito popular para que España siga siendo miembro o no de la Unión Europea (en la cual nos metieron sin consultarnos y en la que nos han impuesto en nuevo tratado de Lisboa --brutalmente lesivo para España-- sin ni siquiera un simulacro de ratificación popular, además de que el apoyo eurocrático a la secesión de Kosovo constituye, no sólo una grave violación del Derecho internacional, sino también una amenaza para la integridad de nuestra Patria).

  • 3ª.-- Nuevo plebiscito sobre la NATO, ya que los gobiernos monárquicos han violado las condiciones en las que una mayoría de españoles --engañados por la propaganda borbónica-- aceptaron (el 12 de marzo de 1986, cuando no habían nacido muchos de los votantes actuales) la pertenencia de España a esa organización militar belicista e imperialista.

  • 4ª.-- Plebiscito popular sobre la bandera y el himno de España.

  • 5ª.-- Plebiscito popular sobre la participación del ejército español en la guerra contra el pueblo afgano, que lucha por su independencia nacional contra la agresión de los estados unidos y sus aliados.

  • 6ª.-- Plebiscito popular para ratificar o no la participación de España en otras aventuras militares, como la ocupación del Líbano.

  • 7ª.-- Plebiscito popular sobre la ratificación o no de las privatizaciones llevadas a cabo por todos los gobiernos del presente reinado durante los últimos tres decenios.

  • 8ª.-- Plebiscito popular sobre las reformas del derecho laboral perpetradas por todos los gobiernos monárquicos desde 1978.

  • 9ª.-- Ampliación de la Ley de Memoria Histórica; creación de una Comisión de verdad y reconciliación, formada por expertos y jurados imparciales, que lleve a cabo una investigación --garantizada y con pleno respeto al principio de contradicción procesal-- para determinar si fue un estado de derecho el régimen del 18 de julio de 1936, y si la lucha por derrocarlo constituyó o no un acto legítimo de resistencia a la opresión; en el caso de que se concluya la ilegitimidad del régimen, que se infieran las repercusiones institucionales que impone la lógica y se condenen las responsabilidades morales por complicidad con la tiranía que tengan que afectar a clases sociales, corrientes políticas, empresas, asociaciones o colectividades sin personalidad jurídica; responsabilidades, eso sí, sin ningún efecto penal individual.

  • 10ª.-- Puesta en marcha de un proceso de unificación política entre España y los países iberoamericanos de lengua española.

  • 11ª.-- Plebiscito sobre la devolución al Estado de las transferencias a las comunidades autónomas cuando se hayan traducido en desigualdades entre los españoles o disminución de la eficiencia del servicio público no justificada por un motivo imperioso de concordia nacional.

  • 12ª.-- Iniciativa de España para una democratización de la ONU sobre la base del principio de igualdad entre los estados: supresión de la figura de miembro permanente del consejo de seguridad; abolición de ese consejo de seguridad, sustituido por una comisión ejecutiva de la asamblea general elegida por mayoría en votación unificada, sin cuotas, repartimientos ni lotizaciones regionales.

  • 13ª.-- Emprender una activa política de estrecha cooperación estratégica --en todos los órdenes: político, comercial, económico, cultural, poblacional y científico-- con las grandes naciones emergentes, como Rusia, China, la India, Brasil y Suráfrica; diversificar así nuestra política exterior, escapándonos de la jaula occidental.


    II - Inmigración

  • 14ª.-- Libertad de inmigración para los latinoamericanos.

  • 15ª.-- Propuesta española para la firma de un tratado internacional que asegure la libre circulación de todos los seres humanos por el Planeta Tierra.

  • 16ª.-- Abrogación de la Ley de extranjería del año 2000. Una nueva ley de inmigración y fronteras se basará en dos principios:
    1. promover el crecimiento de la población española y favorecer la inmigración de trabajadores, especialmente de países histórica y lingüísticamente vinculados a España;
    2. concesión de visados con dos criterios: universal fraternidad de la familia humana y reciprocidad respecto a la acogida de emigrantes españoles en períodos anteriores de nuestra historia nacional.

  • 17ª.-- Despenalización de las conductas subsumibles bajo la de auxilio a la inmigración.

  • III - Vivienda y medio ambiente

  • 18ª.-- Creación de zonas libres de la pestilencia automovilística, que se vayan ampliando paulatinamente hasta cubrir un tercio del territorio nacional, asegurándose así a todos la posibilidad real de vivir y trabajar sin salir de una zona libre de amenaza de atropellos.

  • 19ª.-- Al menos un tercio de todas las viviendas del país serán propiedad de entidades públicas que las oferten en alquiler a precios asequibles, de modo que cualquier hogar pueda tener una morada familiar digna por un 33 por ciento de sus ingresos.

  • 20ª.-- Gratuidad del transporte público urbano y de cercanías.

  • 21ª.-- Retorno a una normativa urbanística de servicio público como la que estuvo vigente hasta la ley del suelo franquista de 1956 (pues, aunque la reciente Ley del suelo de 2007 introduce tímidas mejoras, deja en pie la facultad de las administraciones de otorgar recalificaciones de terrenos, al paso que hasta 1956 cualquier urbanización tenía que pasar por expropiar los terrenos al precio de suelo rústico, sin mediar recalificación).

  • 22ª.-- Prohibición de edificaciones bajas, que encarecen la construcción, provocan una catástrofe medio-ambiental y un grave problema de dispersión y desaprovechan el suelo --ese recurso escaso y patrimonio de los españoles; preferencia por los inmuebles de gran altura siempre que sea posible.

  • 23ª.-- Prohibición de nuevas residencias secundarias y del despilfarro de agua para césped y para piscinas privadas.

  • 24ª.-- Adopción de la energía nuclear, combinada con el incremento del uso de la eólica; prohibición de los biocombustibles y reducción del uso de combustibles fósiles.

  • 25ª.-- Un plan para que todas las capitales de provincia estén unidas por líneas ferroviarias de alta velocidad en un plazo de 15 años.

  • 26ª.-- Fiscalización del transporte aéreo para causar una sensible reducción del mismo, dados sus terribles efectos medio-ambientales.

  • IV - Política socio-económica

  • 27ª.-- Cuota obligatoria de empleo: en función de su volumen de negocios y cifra de ganancias, las empresas estarán obligadas a un número de empleados y a un porcentaje de los ingresos brutos dedicado a remuneraciones salariales.

  • 28ª.-- La discriminación por edad se incluirá entre las absolutamente prohibidas, de modo que será nula cualquier medida de las administraciones o de los empresarios que resulte lesiva para un trabajador --o en general para un individuo-- perjudicado en virtud de su fecha de nacimiento.

  • 29ª.-- Prohibición del fraude de ley que consiste en que se realicen contrataciones laborales disfrazadas como mercantiles.

  • 30ª.-- Ley de quiebras y crisis empresariales que ponga a la sociedad a salvo de las funestas consecuencias de las bancarrotas y, a cambio, someta la actividad de las grandes empresas a una regulación más rigurosa y a una participación de la colectividad en sus beneficios.

  • 31ª.-- Pacto por la industria: los grandes empresarios estarán obligados a firmar con el estado un magno plan de reindustrialización de España, para que nuestra Patria pase a ser un gran exportador de bienes manufacturados de primera línea.

  • 32ª.-- Creación de unos cinco o seis polos de crecimiento de alta gama, en los cuales los poderes públicos impulsen el avance técnico-industrial y la investigación científica de alto nivel, en estrecha cooperación, para hacer de España un país puntero en el desarrollo de las nuevas tecnologías.

  • 33ª.-- Reforma fiscal. Progresividad efectiva del impuesto sobre la renta, sin ningún techo fiscal. Progresividad asimismo del IVA --de modo que haya una escala de tipos de gravamen según el grado de necesidad de los bienes y servicios y el monto de las operaciones (evitándose el fraude). También el impuesto de sociedades será progresivo, con tipos de gravamen crecientes según la base impositiva.

  • V - Cultura y enseñanza

  • 34ª.-- Fusión de universidades; control planificado de su funcionamiento para impulsar una vida académica de alto prestigio internacional, desterrando el caciquismo, el clientelismo, la endogamia y el espíritu de campanario.

  • 35ª.-- Una Universidad de servicio público no mediatizada por el sector privado; supresión de las evaluaciones traumáticas e injustas; apoyo institucional a los profesores e investigadores que trabajan concienzudamente por producir una obra intelectual y científica valiosa, sin olvidar nunca que su obligación es de medios (no de resultados) y que no debe rendirse culto al éxito.

  • 36ª.-- Despenalización de las conductas lesivas de la propiedad intelectual, las cuales se ventilarán en la jurisdicción civil.

  • 37ª.-- Supresión del canon digital y de cualesquiera tasas similares. El estado protegerá a los creadores culturales por un sistema de galardones, becas y plazas temporales o fijas en establecimientos públicos de promoción cultural, según criterios de valor artístico, literario o intelectual, al margen de consideraciones de mercado.

  • 38ª.-- Las entidades privadas llamadas «de gestión» carecerán de prerrogativas; sus actuaciones no podrán obligar más que a sus respectivos afiliados, y aun eso dentro de los límites del contrato de afiliación y de la vigencia de derechos individuales irrenunciables.

  • 39ª.-- Reforzamiento de la protección jurídico-civil de la propiedad intelectual en lo que atañe a los derechos morales de autor --excluyéndose de la titularidad de tales derechos a las empresas u otras colectividades.

  • 40ª.-- Instrucción pública: restaurar una enseñanza primaria y secundaria exigente y de calidad, atajando las causas de su actual degradación, como el espíritu de facilidad y del menor esfuerzo, la indisciplina, el rebajamiento del nivel, la dejadez y el desánimo, el quebrantamiento de la autoridad de los maestros y la mediatización de los centros escolares por asociaciones privadas.

  • 41ª.-- Plan para una paulatina eliminación de la enseñanza privada, concertada o sin concertar. Colegio único.

  • 42ª.-- Intensificación de las enseñanzas científicas y humaninísticas; abandono de la concepción de la educación como adiestramiento y adquisición de actitudes y hábitos.

  • 43ª.-- Supresión de la asignatura de educación para la ciudadanía.

  • VI - Reforma legislativa y moral pública

  • 44ª.-- Ley de libertad ideológica, que imponga en la vida pública el principio de que cada individuo y cada comunidad ideológica tienen derecho a practicar sus ideas, regulando la objeción de conciencia para una amplia gama de deberes jurídicos, siempre con la pauta de maximizar el respeto al derecho de cada uno a ajustar su conducta a los imperativos de su visión del mundo (ponderado con los derechos de los demás y la prohibición de abusos); las comunidades ideológicas no serán discriminadas por criterios que perjudiquen a las minorías y a las nuevas corrientes.

  • 45ª.-- Nuevo código penal, que será sometido a plebiscito popular. Estará regido por estos nueve principios:
    1. ningún delito contra los bienes estará más penado que un delito contra las personas (jerarquía de bienes jurídicamente protegidos);
    2. graduación: no habrá saltos punitivos, sino que cualesquiera dos conductas similares recibirán un trato jurídico similar;
    3. supresión de las penas mínimas: los jueces tendrán la potestad de condenar al culpable a una pena de cero o más días en función de eximentes parciales o circunstancias atenuantes;
    4. un techo penal, o número máximo de personas que pueden estar lícitamente privadas de libertad;
    5. nuevo impulso a la reinserción y reeducación de los internos de establecimientos penales (que se reubicarán en las ciudades), retomándose la inspiración correccional y humanitaria de nuestro derecho penitenciario;
    6. supresión de las discriminaciones por nacionalidad;
    7. despenalización de la eutanasia;
    8. recuperación de la figura del delito preterintencional (y, en general, elaboración de un derecho penal de conductas más que de hechos puntuales);
    9. supresión de las leyes penales en blanco: toda prohibición penal ha de quedar clara y definitivamente fijada en el Código, sin relegarse su determinación a reglamentos.

  • 46ª.-- Nuevo Código Civil. Reforma del derecho de familia: establecimiento de varios tipos o escalones de matrimonio, con denominaciones diferentes, estableciéndose así varios grados de compromiso mutuo entre los cónyuges (con pensiones compensatorias obligatorias en caso de ruptura unilateral injustificada); en el matrimonio pleno regirá la comunidad total de bienes a todos los efectos, fiscalmente gravada como una unidad (protegida y amparada por el ordenamiento jurídico, reconocedor del valor de la cohesión familiar), la cual podrá subsistir como persona jurídica unimembre en caso de muerte de uno de los cónyuges.
  • 47ª.-- Prohibición de la tauromaquia.

Juro que cualquier partido político, sea el que fuere, que acepte al menos 7 de mis 47 demandas obtendrá mi voto el 9 de marzo de 2008. (En el caso de que varios lo hicieran, obtendrá mi sufragio el que asuma mayor número de reivindicaciones.)


Nota

Este artículo, «El precio de mi voto», es propiedad intelectual de Lorenzo Peña, quien, por la presente, permite a todos reproducirlo íntegra y textualmente, en cualquier medio, sin ninguna limitación ni condición.


lunes, agosto 27, 2007

EDUCACION PARA LA CIUDADANIA VII

Educación para la ciudadanía
VII: Los argumentos de Fernando Savater
por Lorenzo Peña


En ELPAIS.COM 20070823 aparece un suelto de mi colega Fernando Savater titulado «Instruir educando».

Savater polemiza ahí con Rafael Sánchez Ferlosio, cuyo artículo «Educar e instruir» (El País, 20070729) presentaba una argumentación contra la asignatura de «Educación para la ciudadanía», EpC, bastante coincidente --en parte al menos-- con la orientación de mis propias críticas --si bien mi enfoque es de índole filosófico-jurídica, centrándose en qué obligaciones tienen derecho a imponer los poderes públicos y cuáles no, al paso que Ferlosio ofrece unas consideraciones desde el pensamiento ético-social.

Pese a la diversidad de enfoques entre Ferlosio y quien esto escribe, hay unos puntos básicos que creo que son sustancialmente idénticos, o muy similares, al recalcar ambos que la tarea de la enseñanza, pública y privada, debiera ser la de instruir (como él lo dice escogiendo magistralmente el verbo adecuado), o sea transmitir conocimientos.

(De paso, quienes somos de ese parecer haríamos bien en pedir que el Ministerio recuperase la denominación de «Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes» que tuvo hasta que lo cambió la sanguinaria tiranía fascista de Franco, en 1938, con el monárquico Pedro Sáinz Rodríguez.)

A quienes discrepamos de su punto de vista Savater nos juzga «duros de mollera» porque --según él-- nos «escandaliza[mos] al escuchar que ciertas disposiciones éticas responden a las exigencias mayoritarias de convivencia y no a la conciencia de cada cual».

No nos escandalizamos de eso. Lo que nos escandaliza es que esas exigencias mayoritarias se impongan coercitivamente, porque creemos en la libertad de pensamiento. Las exigencias mayoritarias son eso, preferencias o valoraciones de la mayoría. Ésta puede ser del 50,1% o del 99,99%.

En un sistema liberal a nadie se impone comulgar con tales exigencias. Lo único que se impone es no violar la ley, independientemente de que ésta haya sido promulgada gracias a una mayoría grande o pequeña, e incluso si refleja la voluntad de una minoría (como suele suceder, porque rara vez se someten las leyes a plebiscito).

Para Savater en las que él llama «democracias del siglo XXI» sí existen esas exigencias mayoritarias. Bien, eso es indiscutible. Existen en esas democracias --a mi juicio pseudo-democracias-- y existen en cualquier régimen, bueno o malo, liberal o despótico. Lo que diferencia a un régimen liberal de uno despótico es que en el primero, y no en el segundo, son libres las exigencias éticas --mayoritarias o minoritarias--: a nadie se le impone adherirse a unas u otras de tales exigencias éticas, sino que cada quien es dueño de hacer sus propias valoraciones y de formarse sus propias opiniones.

Un régimen es despótico en la medida en que en él hay un imperativo legal de pensar de una manera u otra. Mandarlo a los niños y jóvenes es tan vulnerador de la libertad como mandarlo a los adultos.

Para Savater hay «una dimensión ética que corresponde a las convicciones de cada cual [...] [p]ero es necesario que conozca el valor moral de tolerar cívicamente aquellos comportamientos que no apruebo o incluso que detesto [... y] debo comprender la valía ética [...] de las normas instituidas que permiten el pluralismo de convicciones y actitudes dentro de un marco común de respeto a las personas».

Savater pasa de lo uno a lo otro como si fuera lo mismo. Evidentemente tenemos todos la obligación jurídica de tolerar cívicamente los comportamientos que detestamos si la ley los permite. La razón es que todos tenemos el deber de respetar la ley, existiendo una regla de lógica jurídica (la de no-vulneración o interdictio prohibendi) por la cual está prohibido impedir cualquier conducta ajena que sea lícita.

Pero ¿por qué hay que cumplir la ley? Se trata de una cuestión apasionadamente debatida en la reciente filosofía del derecho española, donde ha suscitado interesantes controversias. Un profesor de una asignatura --que desgraciadamente no existe-- de Rudimentos del Derecho impartiría a sus alumnos el conocimiento de ese debate y las razones esgrimidas en él por unos y otros, según sus opiniones jusnaturalistas o positivistas, con diversos matices. Lo que conculca la libertad de pensamiento es que un educador diga al alumno que tal opinión es aquella a la que tiene que adherirse.

De la enseñanza de lo que manda hacer o no-hacer el ordenamiento jurídico pasa subrepticiamente Savater al deber de «comprender la valía ética» de las normas. Pues bien, ¡rotundamente no! Es despótico cualquier régimen en el que existe ese deber, e.d. una obligación de pensar de una manera determinada, por buena y razonable que sea.

Si existe un «deber de comprender la valía ética de las normas vigentes», entonces es imperativo adherirse a tales normas. La obligación legal deja de ser una obligación de cumplir --de hacer, o no-hacer--, para convertirse en una obligación de pensar.

Savater se pasma de que algunos estimemos que en el colegio se debe enseñar (o instruir) y no formar conciencias ni «educar en valores». Y añade: «La primera pregunta que se me ocurre ante este asombroso planteamiento es: ¿cómo puede instruirse a nadie sobre tales derechos y tal ley fundamental sin mencionar las implicaciones morales de que están llenos [...] Si un alumno pregunta por qué debe respetar tal legislación, ¿qué habrá que contestarle? ¿Que si no cumple con lo que mandan las autoridades irá a la cárcel y sanseacabó?»

Lo que se le enseñaría al alumno en una asignatura de Rudimentos del Derecho es que la ley manda cumplir la ley y que el deber de obedecerla ha sido fundamentado diversamente en la doctrina jusfilosófica, habiendo una amplia gama de opiniones, desde los positivistas estrictos --que, en efecto, dicen que «san seacabó»-- hasta los jusnaturalistas (incluido quien esto escribe) que pensamos que es una obligación de derecho natural la de acatar y obedecer el derecho positivo.

Lo que se inculca al alumno en un régimen despótico que viola la libertad de pensamiento es que tiene el deber de interiorizar y asumir los valores mayoritarios de la sociedad en que vive; no sólo el deber de conformar su conducta a tales valores, sino el deber, totalmente diferente, de adherirse a dichos valores.

Para Savater «la instrucción --que describe y explica hechos-- y la educación, que pretende desarrollar capacidades y potenciar valores, son formas de transmisión cultural distintas pero complementarias». Y lo recalca: «La instrucción promueve el conocimiento de lo que hay, la educación se basa en ella para conseguir destrezas y hábitos que nos permitan habérnoslas lo mejor posible con lo que hay».

Existe una importante frontera, que a Savater le parece baladí: la que separa lo lícito de lo ilícito. En un régimen liberal es lícito a las instituciones docentes transmitir conocimientos --incluyendo los conocimientos prácticos que capacitan al alumno a hacer ciertas cosas («destrezas» en la terminología de Savater). Lo que es ilícito es «transmitirle» valoraciones, forzarlo a «conseguir hábitos». La formación de los hábitos deber ser espontánea, no forzada. Si hay libertad de conciencia, el colegio transmite al alumno los instrumentos cognoscitivos para su pensamiento y su praxis, pensamiento y praxis que él decide libremente. Si el colegio lo fuerza a tener un pensamiento o una praxis (que vaya más allá del estricto cumplimiento de los deberes legales), entonces se está incurriendo en el despotismo.

En un régimen liberal hay libertad de cátedra: el profesor disfrutará de un amplio margen para orientar los conocimientos que transmite de manera que vayan unidos a sus propias opiniones valorativas y doctrinales. Pero la obligación legal para el profesor es la de transmitir los conocimientos; transmitir sus opiniones y valoraciones es un derecho. El alumno tiene obligación de aprender los conocimientos; le es lícito compartir las opiniones y las valoraciones del profesor o no hacerlo.

En un régimen despótico, el maestro tiene que transmitir unos conocimientos y unas opiniones y valoraciones determinadas, y al alumno le incumbe la obligación de adherirse a esas valoraciones.

Savater compara la diferencia entre instrucción y educación a la que se da entre información y opinión, señalando lo difícil que es deslindarlas. En efecto, es difícil. El periodista vehicula implícitamente unas valoraciones al transmitir una información, pero vulnera la deontología profesional cuando presenta la opinión como información. Es verdad que la selección de informaciones implica un filtro, condicionado por las opiniones. Pero aun eso tiene un límite. Los dueños del diario en que escribe Savater opinarán seguramente que es irrelevante lo que suceda en el tercer mundo (del cual casi no hablan) y omitirán la mayoría de las informaciones sobre la vida de 3.500 millones de personas; al hacerlo, sobrepasan los límites, incurriendo en un periodismo deshonesto.

Savater desconoce la diferencia. Lo que está en cuestión no es si el deslindamiento es fácil o difícil, tajante o gradual. Lo que se discute es si existe. La posición a la que se compromete Savater es que no existe tal diferencia.

Cuando todos los periodistas de todos los medios de comunicación (salvo en internet) vienen obligados a abrazar determinadas opiniones y a mezclarlas con las informaciones, absteniéndose de otras opiniones, no hay libertad de prensa más que de fachada; y eso es lo que sucede hoy en España.

Savater, sin darse cuenta, ha puesto el dedo en la llaga. Los periodistas a sueldo del sistema político pseudo-democrático vienen, todos ellos, forzados por los dueños de los medios de comunicación a vehicular ciertas opiniones y a mezclarlas con las informaciones en un revoltijo inextricable --ante el cual hace falta un buen alambique para destilar el escaso contenido verídico. Pero nadie está obligado a leer esos periódicos. Nadie va a ser examinado sobre ellos. A nadie se va a rehusar su inserción en la vida si declina estar de acuerdo con lo que dicen esos órganos de la prensa borbónica.

Para concluir, Savater aduce que los maestros que impartirán la asignatura no serán todos «dóciles marionetas al servicio de los intereses gubernamentales». No se discute eso. Lo que se discute es si es admisible un precepto que les impone la obligación de adoctrinar a sus alumnos y, sobre todo, que impone a esos alumnos la obligación de soportar dicho adoctrinamiento y de dejarse persuadir por él, so pena de ostracismo profesional.


Lorenzo Peña
Tres Cantos. 2007-08-27
El autor permite a todos reproducir y difundir íntegra y textualmente este escrito.







domingo, agosto 26, 2007

EDUCACION PARA LA CIUDADANIA VI

Educación para la ciudadanía
VI: El educador como propagandista del sistema político
por Lorenzo Peña


Si lo más grave de esta nueva asignatura, «Educación para la ciudadanía», EpC, es la represalia ideológica (imponer coercitivamente a los alumnos una expresa adhesión a los principios del vigente sistema político como condición de su paso a la vida profesional, sancionándose la discrepancia con el ostracismo y el exilio interno), no por ello es baladí el lavado de cerebro que los diseñadores de la materia elaboran detalladamente y exponen sin sonrojo.

Remítome, como en mi artículo precedente, al Decreto Real 1631/2006 de 2006-12-29, BOE de 2007-01-05, anexo II, págªs 715-21. En lo sucesivo, me referiré a ese precepto del poder ejecutivo como `el Decreto Real'.

Las consideraciones preambulares que figuran en la págª 715 y que perfilan el sentido de la nueva asignatura plantean «la formación de futuros ciudadanos con criterio propio», «para que puedan ejercer la ciudadanía de forma eficaz y responsable». Tal aserto es elocuente sobre la ideología del decretante y encierra error.

Muchos alumnos sometidos al suplicio de esa formación del espíritu cívico no son actuales ni futuros ciudadanos. No lo son los extranjeros, salvo en aquellos casos en los que lleguen, en el futuro, a adquirir la nacionalidad española (lo cual no viene muy facilitado por la legislación vigente, bastante tacaña y cicatera; en cualquier caso, la concesión de la nacionalidad se condiciona a una adhesión expresa a la Corona y juramento de fidelidad al Monarca y al sistema político existente).

En cambio los demás no son futuros ciudadanos, sino ciudadanos españoles. (No deja de ser curioso que ya en los debates constitucionales de la transición algunos diputados formularan ese mismo punto de vista según el cual sólo los mayores de edad son ciudadanos.)

Puede parecer que esa consideración sólo encierra un error terminológico; quizá sea así, pero es dudoso. En realidad, lo que está en juego es que, si quienes son sometidos al adoctrinamiento forzoso no son todavía ciudadanos, entonces no gozan aún de los derechos que la constitución reconoce sólo a los ciudadanos y no a los extranjeros. Aunque la libertad de pensamiento del art. 16 es un derecho de todos los hombres --ciudadanos o no--, podría sostenerse que la Carta Magna configura de manera diversa ese derecho para los unos y para los otros (aunque ese distingo no creo que tenga fundamento). Y, así, la prohibición de estar coercitivamente sometido a adoctrinamiento o a represalia ideológica no ampararía más que a los ciudadanos; por lo cual a quienes sólo sean futuros ciudadanos sí se los podría obligar a soportar el adoctrinamiento.

Al margen de esa cuestión, el decretante ofrece una justificación de su imposición de la asignatura de adoctrinamiento, a saber: que el art. 27.2 de la constitución dice que «la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad en el respeto a los principios democráticos de convivencia y los derechos y libertades fundamentales».

Mas --contrariamente a la lectura del poder ejecutivo-- eso no significa que la educación pública haya de contener un adoctrinamiento que imponga al alumno dar su adhesión a esos principios. ¡Todo lo contrario! Ese adoctrinamiento es ya una violación de los derechos y libertades, puesto que constituye una infracción de la libertad de pensamiento. Una cosa es que la educación tienda al pleno desarrollo de la personalidad, y que lo haga respetando los principios democráticos y las libertades (justamente absteniéndose de cualquier adoctrinamiento); otra cosa muy distinta es que contenga un adoctrinamiento en esos principios, el cual es incompatible con el respeto a la libertad de pensamiento.

Pero el decretante --entreviendo tal vez lo cuestionable de ese fundamento constitucional de su empresa) apuntala su lectura remitiéndose al art. 10.2 CE (sin citarlo), a saber: que las «normas relativas a los derechos fundamentales [...] se interpretarán de conformidad con [...] los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España»; y entre esas piezas de interpretación obligatoria están, a juicio del decretante, las recomendaciones del consejo de ministros del consejo de Europa y de la comisión de Bruselas de la Unión Europea.

Con esa hermenéutica, las recomendaciones del vaticanista Franco Frattini se convierten en preceptos de valor superior a la propia constitución española, puesto que pasan a ser reglas a las que obligatoriamente habrá de ajustarse la interpretación de las disposiciones constitucionales.

El abuso del decretante estriba en que extiende desmesuradamente el alcance y el sentido del art. 10.2. Recordemos el ambiente de recelo en que se fraguó la vigente constitución, con unas cortes bicamerales, con una cámara baja elegida en condiciones de semi-libertad vigilada, tutelada por el sistema del «movimiento nacional», y con un senado de quinto regio. En ese clima, se perfiló un texto abigarrado, ordenancista, con enunciados retorcidos, y con montones de paráfrasis.

Para precaver los temores, se insertó esa regla hermenéutica del 10.2, que reenviaba la lectura de las disposiciones en materia de derechos fundamentales a la DUDH y demás convenios ratificados a la sazón por España; no a futuras decisiones (o recomendaciones) de autoridades internacionales, por mucho que actúen en el ámbito de competencias que les han sido conferidas por instrumentos de derecho internacional suscritos por España.

Es, pues, absolutamente arbitrario e inmotivado basar la interpretación de la constitución en las directivas o recomendaciones de la UE o del Consejo de Europa. Carecen, pues, de todo fundamento jurídico-constitucional las presuntas «obligaciones del estado en la formación de todos los ciudadanos y ciudadanas en valores y virtudes cívicas que favorezcan la cohesión social».

La constitución no confiere al estado tal tarea, que es una violación de la libertad de pensamiento. Cada individuo es dueño y señor --en virtud de la libertad de pensamiento que le reconoce el art. 16.1 CE-- de escoger sus propios vicios y sus propias virtudes y decidir su propia auto-formación en los valores que él mismo escoja. (Como ya lo he dicho en artículos precedentes, esa libertad del individuo --tenga la edad que tenga-- puede colisionar en parte con el derecho a la intimidad familiar del art. 18.1; es la única excepción, y sujeta a la prevalencia de la libertad ideológica del art. 16.1.)

Ni la propaganda ideológica ni el adoctrinamiento son, pues, competencia de los poderes públicos según la CE, porque van en contra del derecho de cada individuo a la libertad ideológica.

Más descorazonador aún es descubrir (octavo párrafo de esa introducción) que el decretante planea «desarrollar [...] estrategias que favorezcan la sensibilización, toma de conciencia y adquisición de actitudes y virtudes cívicas».

Sinceridad hay que reconocerse al decretante, puesto que confiesa así el manejo a que va a someter a los jóvenes. Éstos van a ser objeto de estrategias para causar en ellos una toma de conciencia y unas actitudes estimativas. Se va a moldear su conciencia, como el panadero moldea la masa; pero se va a hacer con estrategias, con astucias, como obra un domesticador. Cuando se acude a estrategias, no se va de frente, sino que --con habilidad y tacto-- se va empujando al blanco de las estrategias para que, sin darse cuenta, se someta a la voluntad del estratega.

Viene a continuación la exposición detallada de los contenidos docentes de la EpC en sus dos niveles. Para el primer nivel inclúyense, entre otros, los siguientes.

  • Bloque 3: «identificación de las situaciones de violación de los derechos humanos y [...] la actuación que corresponde a [...] los tribunales internacionales cuando estas situaciones de violación se producen». O sea, se va a adoctrinar a los chavales en el elogio a esos tribunales, que son burdos manejos coercitivamente impuestos por las potencias imperialistas para sojuzgar a los pueblos que luchan por su independencia y su salvación nacional. Tales tribunales son antros de injusticia que perpetran farsas judiciales como coartada para la realización de violaciones más graves de los derechos humanos que aquellas que se ventilan ante tales instancias, desprovistas de legitimidad y de imparcialidad.

  • Bloque 4: «las sociedades democráticas del siglo XXI». En el contexto, está claro que ahí se le va a inculcar al muchacho una apología de los sistemas pseudo-democráticos de la alianza atlántica.

  • Bloque 5: «los principales conflictos del mundo actual así como el papel de los organismos internacionales en su prevención y en su resolución». Propaganda a favor de la ONU y probablemente de la NATO, organismos de sojuzgamiento imperialista de los pueblos del tercer mundo.

Llama la atención que el decretante programe inculcar en los jóvenes el «saber reconocer los propios sentimientos» (en otra parte del programa se dirá que el joven tiene obligación incluso de asumirlos). Si se respeta la libertad de pensamiento, cada quien será libre de reconocer o no los propios sentimientos. Los profesores no deberían meterse en eso (ni en la escuela pública ni en la privada); es dudoso incluso que los padres tengan potestad alguna para inmiscuirse en tal autorreconocimiento sentimental, en ese reducto íntimo de la conciencia.

Más abajo el Decreto Real enumera 13 objetivos. El alumno tendrá obligación de:

  • aceptar la propia identidad y sus propias características y experiencias personales [objetivo 1];

  • desarrollar y expresar sus sentimientos y emociones para participar en actividades de grupo y utilizar la mediación y el diálogo para abordar los conflictos [objetivo 2];

  • asumir responsabilidades y practicar formas de participación basadas en la cooperación [objetivo 3];

  • valorar positivamente los derechos y las obligaciones que se derivan de la constitución española, aceptando los valores que los fundamentan como criterios para valorar éticamente las conductas y las realidades sociales [objetivo 4];

  • rechazar las situaciones de injusticia [objetivo 5];

  • valorar la diferencia entre sexos [objetivo 6];

  • apreciar los principios que fundamentan los sistemas democráticos del estado español y de la Unión Europea, «tomando conciencia del patrimonio común» (un modo sinuoso de decir que al joven se le impone la obligación de pensar que ese dizque patrimonio común es valioso, como lo da a entender el verbo «apreciar») [objetivo 7];

  • saber obrar de acuerdo con los fundamentos del modo de vida democrático y asumir los deberes ciudadanos en el mantenimiento de los bienes comunes [objetivo 8];

  • valorar la participación en la vida política, el asociacionismo y el voluntariado (se refiere al benevolado) [objetivo 9];

  • «valorar las acciones encaminadas a la consecución de la paz y la seguridad» --o sea las intervenciones imperialistas y neocolonialistas-- [objetivo 10];

  • «manifestar comportamientos solidarios con las personas y colectivos desfavorecidos» [objetivo 11];

  • «desarrollar una actitud crítica ante los modelos que se transmiten a través de los medios de comunicación» [objetivo 12];

  • «valorar las razones y argumentos de los otros» [objetivo 13].

De todos esos objetivos, algunos me parecen buenos, otros regulares, otros malos, algunos pésimos. Pero aun los buenos plantean como obligatorio lo que debe ser voluntario. Ni el joven ni el adulto están obligados a sentir compasión, ni a ser buenos razonadores, ni a desconfiar de los medios de comunicación, ni a dedicarse a actividades de benevolado ni a participar en la vida política.

Una de dos: una conducta tal es, o bien obligatoria, o bien voluntaria. Si es voluntaria, no hay motivo jurídico para inculcarle al joven que tiene el deber de obrar así, para forzarlo --con sermones reiterativos o con estrategias-- a llevar a cabo un comportamiento que la ley no le impone. Si la conducta es obligatoria, lo único que procede es informarle de que, si no lo hace, estará incumpliendo la ley, lo cual suele acarrear una sanción.

El análisis que antecede me exime de comentar los cinco bloques de contenidos didácticos de la «Educación para la ciudadanía y los derechos humanos» y los seis bloques de la «educación ético-cívica». Huelgan tales detalles cuando hemos visto hasta la saciedad los objetivos manipuladores del Decreto Real y cómo la conciencia de los jóvenes es considerada por el poder ejecutivo como una materia moldeable y maleable según los criterios y designios de los poderes públicos. En definitiva, lo que se instaura con ese el Decreto Real es la obligación para el joven de pensar de determinada manera.


Lorenzo Peña
Tres Cantos. 2007-08-26
El autor permite a todos reproducir y difundir íntegra y textualmente este escrito.







viernes, agosto 24, 2007

EDUCACION PARA LA CIUDADANIA V

Educación para la ciudadanía
V: Los educadores ciudadanistas como inquisidores
por Lorenzo Peña


En mi artículo anterior he demostrado que --en virtud de una regla de lógica jurídica-- la libertad de pensamiento implica que ningún ser humano, sea de la edad que fuere, ha de estar sometido ni a lavado de cerebro ni a represalia ideológica. De esos dos atentados contra la libertad de pensamiento he señalado que el más grave (y, por consiguiente, el más prohibido) es la represalia ideológica, al paso que el lavado de cerebro vulnera en menor medida la libertad de pensamiento, siendo, por lo tanto, menos ilícito --además de que hasta cierto punto es admisible en el ámbito doméstico, donde la libertad de pensamiento colisiona con el derecho a la intimidad familiar.

Promulgado por la Corona, el Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, establece las enseñanzas mínimas correspondientes a la ESO (Educación Secundaria Obligatoria); ha venido publicado en el Boletín Oficial del Estado de 20070105. El Anexo II del citado Decreto Real determina en su art. 8.1 «los objetivos de las diferentes materias, la contribución de las mismas a la adquisición de las competencias básicas, así como los contenidos y criterios de evaluación de cada materia».

En este artículo voy a analizar únicamente lo relativo a la represalia ideológica que implanta el promulgador del Decreto, por la vía de los criterios de evaluación. (Siendo el lavado de cerebro menos violatorio de la libertad de pensamiento, lo estudiaré en un artículo posterior, en el cual analizaré los contenidos docentes que impone el poder ejecutivo.)

La materia «Educación para la Ciudadanía», EpC, se impartirá en dos asignaturas dentro de la ESO: una básica llamada «Educación para la Ciudadanía y los derechos humanos» y otra superior denominada «Educación ético-cívica». La primera se impartirá en uno de los tres primeros cursos; la segunda, en el cuarto curso. Aquí, para abreviar, las llamaré, respectivamente, EpC-1 y EpC-2.

En realidad, EpC-2 apenas introduce algunas cosicas adicionales, unos cuantos matices. Todo ello es un tremendo rollo, un tostón; el arrastre de los temas de la EpC-1 a la EpC-2 provoca el bostezo ya para quien simplemente está leyendo el BOE; no creo que hagan falta finas dotes de psicólogo o pedagogo para imaginarse cómo lo tomarán quienes padezcan esas formaciones del espíritu cívico, o ese moldeamiento coercitivo de las conciencias. Bien pensado, sin embargo, lo reiterativo se explica como un ingrediente imprescindible del machaconeo típico del lavado de cerebro. Pero, bueno, lo más inquietante no es el lavado de cerebro sino la punición de la discrepancia, que va a venir por los criterios de evaluación.

Para la EpC-1 se establecen nueve criterios de evaluación --al paso que la exposición de los contenidos formatorios sólo abarca cinco bloques. Parece claro que cada uno de esos criterios es eliminatorio: será suspendido aquel alumno que no supere la nota de aprobado por uno de los nueve criterios. Tendrá que repetir curso. De seguir recalcitrante sin dar su brazo a torcer, volverá a ser suspendido y así sucesivamente. Al final, el disidente que no se resigne a hincar la rodilla quedará, para toda su vida, fuera del ciclo docente y profesional como castigo por su inadhesión a los valores profesados por la sociedad en que vive.

El criterio 1 es el de «identificar y rechazar [...] las situaciones de discriminación hacia personas de diferente origen, [...] y otras, respetando las diferencias personales y mostrando autonomía de criterio». Y el promulgador añade: «Este criterio permite comprobar si el alumnado [...] manifiesta [...] actitudes de rechazo hacia las discriminaciones y respeto de las diferencias personales».

El decretante exige ahí al joven examinando lo que él mismo está conculcando en el momento en que redacta y promulga ese precepto: respeto hacia personas de diferente ideología, incluyendo respeto hacia personas que tengan una ideología no respetuosa.

Hasta la promulgación de este Decreto Real era obligatorio actuar con respeto, pero no pensar con respeto ni, menos aún, adoptar una posición ideológica respetuosa.

Es más, si lo que se exige para dar el aprobado al joven es que sienta respeto hacia las personas de ideologías diferentes, hay que preguntarse si se le requiere incluir en ese ámbito también a las personas de ideologías no-respetuosas, si se le exige ser tolerante para con las personas de ideas intolerantes. Si sí, se le exige una tolerancia que va mucho más allá de aquella de que hace gala el poder ejecutivo. Si no, entonces se está avalando una enorme intolerancia. Porque, si del ámbito de lo tolerado se excluyen las ideologías intolerantes --o sea aquellas tales que, si llegaran a prevalecer, sus adeptos establecerían prohibiciones de otras ideologías adversas--, entonces son irredimibles prácticamente todas las religiones y un abanico amplísimo de credos ideológico-políticos.

Con ese criterio de no tolerar a los intolerantes (ni a aquellos tales que, si tuvieran el poder, serían presuntamente intolerantes) Locke excluía del campo de lo tolerable a los católicos y a los ateos; los adeptos del comunismo han tendido a excluir a los del capitalismo y viceversa.

Al margen de esa cuestión (absolutamente vital) de saber cuál es el ámbito de las ideologías respetables (o, más exactamente, el de las ideologías tales que se impone coercitivamente al alumno manifestar actitudes de respeto hacia personas de esas ideologías), está el problema general que ya aflora en este criterio y se repetirá en los demás: no le basta al alumno actuar respetuosamente, sino que se le exige sentir ese respeto, adherirse mentalmente al valor del respeto y manifestar verbalmente tal adhesión; se le exige no sólo no incurrir --en lo que de él dependa-- en discriminaciones, sino también rechazar las discriminaciones. Será suspendido el que carezca de opinión o, teniéndola, no la manifieste, igual que el que diga no rechazar tales actitudes --lo cual no implica incurrir en ellas él mismo.

Vemos, pues, que ya este primer criterio tiene el carácter de un juramento de adhesión al valor de la tolerancia. No un juramento de acatar ese valor, sino uno de profesarlo en su fuero interno.

El criterio 2 es el de «participar en la vida del centro y del entorno y practicar el diálogo para superar los conflictos en las relaciones escolares y familiares». La soporífica explicación del criterio nos la podemos ahorrar, pues incurre en el defecto general de explicar lo mismo por lo mismo dicho en más palabras.

Lo más grave de este segundo criterio es que introduce en la evaluación del alumno una inquisición general de su existencia, en el colegio y fuera de él, incluso en la intimidad de la vida familiar. Eso constituye una flagrante violación del art. 18.1 de la constitución, que «garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen». (Me asombra que no hayan reparado en esa grave colisión los impugnadores familiaristas de orientación católico-romana, como Benigno Blanco y Raúl García [v. Su artículo en http://blogs.periodistadigital.com/btbf/trackback.php/112264].) Para aplicar este criterio, el examinador ha de someter al alumno a una pesquisa general sobre su vida, en las aulas y fuera de ellas, en las relaciones del colegio y en las de su casa.

Las explicaciones del criterio lo aclaran más por si hubiera dudas: «A través de la observación y del contacto con las familias se puede conocer la responsabilidad con que el alumnado asume las tareas que le corresponden». Si ya en general es funesta y deletérea la presencia de padres y madres en el medio escolar, aquí viene exigida por el poder reglamentario, haciendo así vinculante para el educador ciudadanista el informe favorable o desfavorable de los padres o tutores. El muchacho rebelde que tenga problemas en casa ya sabe que, además de ejercer la potestad doméstica, sus superiores en la familia tienen, de ahora en adelante, la facultad de quejarse de que no «asume sus responsabilidades» y así hacerlo suspender en el colegio.

Si tenemos en cuenta que en nuestra sociedad hay un número altísimo de matrimonios divorciados y que esos divorcios suelen ir acompañados de desavenencias, podemos colegir los dilemas y desgarramientos emocionales que se ciernen sobre muchos niños y jóvenes y las ocasiones de conflicto familiar que se añaden a las de toda la vida entre los progenitores y los mozuelos al llegar la pubertad. Ahora tales problemas van a tener una transcendencia para que los chavales puedan recibir el aprobado en el colegio.

Sería bueno que en los colegios se restableciera la antigua nota de conducta, no ligada a ninguna asignatura. La obligación de buena conducta era un deber negativo, un deber de abstención de comportamientos violatorios del reglamento escolar. Este criterio 2 impone un deber positivo de buena conducta general (convertido, además, en una condición para aprobar esta materia), que implica una «participación en las actividades del grupo-clase y del centro educativo». Se suspende al niño o mozalbete pasivo, retraído, tímido, o que --por la razón que sea-- no está a gusto en ese medio escolar. (Imaginemos que el progenitor a quien ha tocado su guardia y custodia lo ha inscrito en un colegio religioso, y que el muchacho tira al otro lado.)

Saltándome el criterio 3, paso al 4 que, entre otras cosas, contiene ésta: «rechazar las desigualdades de hecho y de derecho, en particular las que afectan a las mujeres». Nuevamente se está amenazando con el suspenso al joven que no rechace esa discriminación. Ni siquiera se conforma el poder ejecutivo con exigir a los muchachos que no alberguen sentimientos discriminatorios; no se les consiente la pasividad ni la falta de opinión, sino que se les exige una opinión positiva y expresa de rechazo a la discriminación. Tampoco se les autoriza a que condenen todas las discriminaciones (injustas, supongo) por igual. Tienen que discriminar entre las discriminaciones; tienen que rechazar la discriminación contra la mujer de un modo más tajante o más fuerte.

De todos modos ¿qué discriminación de derecho afecta a las mujeres? Sólo conozco dos. La una es la sucesión al trono; pero de todos modos la sucesión al trono implica también una discriminación por nacimiento, origen y edad. La otra viene constituida por las discriminaciones positivas; éstas las sufren los hombres.

Notemos que a los alumnos no se les exige rechazar especialmente las discriminaciones que sufren muchos individuos por su estatura, por su presencia física, por su edad, que son hechos sociológicamente mucho más relevantes en nuestra sociedad. (Pero, por favor, que nadie entienda que estoy llamando al gobierno a añadir un requisito más a la lista, el de que los alumnos juren abominar las discriminaciones del tipo que estoy señalando.)

El criterio 5 implica reconocer los principios democráticos y «[...] aplicar los principios del funcionamiento democrático a distintas situaciones reales». Literalmente es imposible porque el alumno no tiene potestad alguna de aplicar tales principios; pero la frase es más larga y un tanto retorcida, hablando del «papel que corresponde a los ciudadanos en la elección y control» de los órganos del gobierno político. Tal vez se esté queriendo decir que, puesto imaginariamente ante ciertas situaciones, diga que actuaría correctamente según los principios democráticos. Aunque con circunloquios, creo que se perfila que se le está exigiendo adhesión a los principios democráticos. No se le pregunta: «De darse los supuestos de hecho A, B, C, ¿qué actuación de los poderes públicos sería conforme con las reglas de nuestro ordenamiento juríd ico R1, R2, R3?» Lo que se le está preguntando es más insinuante de manera que exprese su adhesión al propio régimen político vigente. Se le está sonsacando qué haría él, para ver si es un firme adherente del sistema o no lo es.

El criterio 6 implica «mostrar, ante situaciones de la vida cotidiana, actitudes cívicas relativas al cuidado del entorno, la seguridad vial, la protección civil y el consumo responsable». Nuevamente está claro que el examinador está sometiendo a indagación la actitud, los deseos y los sentimientos del chaval con relación a un amplio abanico de situaciones. Todos esos conceptos son, en el mejor de los casos, sumamente vagos y discutibles (p.ej. eso del consumo responsable); están ausentes de la lista muchas facetas de la convivencia igualmente relevantes: abstención de conductas molestas, peligrosas o dañinas; actuación patronal abusiva; aprovecharse de valimientos para ganar oposiciones; favoritismo; intrigas y maquinaciones. Pero, al margen de todo eso, lo esencial es que se está exigiendo al muchacho una promesa de futuro comportamiento cívico. Lo que se sanciona con el suspenso no es una conducta (que sería futura) sino la no-declaración expresa de tales comportamientos. Nuevamente es patente la obligación de pensar de un modo determinado.

El criterio 7 implica «desarrollar actitudes responsables que contribuyan a su mejora», a la mejora de la «desigualdad, pluralidad cultural, compleja convivencia urbana etc» y otros «rasgos de las sociedades actuales». No me ensañaré con el promulgador de la norma por la redacción, sino que me limito a recalcar, una vez más, que se trata de exigirle al chaval que se examina una declaración de que actuaría correctamente ante esos «rasgos» (que el decretante parece considerar, en tropel, como males). El desarrollo del criterio lo aclara: «asume las actuaciones que cada ciudadano puede realizar para mejorarlos». Siempre lo mismo. Este criterio no añade mucho, pero insiste en que hay que apretar las clavijas al alumno para que prometa tener ciertas conductas y no otras. No se consiente el abstenerse.

El criterio 8 exige al alumno manifestar «actitudes de solidaridad con los grupos desfavorecidos». De nuevo no se le permite meramente reservarse su opinión. Desde luego esa promesa hueca de ser bueno para con los desfavorecidos compromete a muy poco; será una de tantas hipocresías en muchos casos. No se premia la sinceridad, sino el homenaje verbal a lo políticamente correcto.

Peor que los anteriores es el criterio 9, y último, que exige que el alumno «asum[a] el papel vital que tiene la participación humanitaria y la presencia de las organizaciones no gubernamentales para mitigar las derivaciones negativas de los conflictos» del mundo actual. Serán suspendidos aquellos chavales que hayan aprendido en casa (o en cualquier círculo juvenil o por sus lecturas) que son nefastas algunas de esas ONGs --convertidas a menudo en cómplices de la agresión imperialista y co-causantes de horrendos crímenes masivos-- y que esa dizque «participación humanitaria» es un sojuzgamiento neocolonialista con pretexto humanitario.

Todavía más extenso es el elenco de criterios para aprobar la otra asignatura, EpC-2: diez en total, mientras que los bloques de contenidos docentes son sólo seis. Como sé que el lector ya está cansado con todo lo anterior, voy a resumir (porque de nada vale incurrir en el defecto de reiteración ad nauseam en que cae el redactor del Decreto Real). Se exige al chaval:

  • asumir sus propios sentimientos (se pregunta uno de dónde sale esa obligación y por qué no le es lícito a un muchacho desconfiar de sus propios sentimientos o rehusar asumirlos todos);

  • manifestar actitudes a favor del ejercicio activo y el cumplimiento de los «derechos cívicos, políticos, económicos, sociales y culturales»; reconocer el esfuerzo que ello [ese «ello» debe referirse a los derechos humanos] ha supuesto en la historia de la humanidad (aunque en los bloques de contenidos está ausente cualquier alusión a la historia);

  • manifestar una exigencia activa en su cumplimiento [el de los derechos humanos];

  • reconocer como un logro de la civilización humana los valores fundamentales de la democracia en la vigente constitución española y valorar la democracia como una conquista ético-política;

  • reconocer (en el evidente sentido de aprobar, mirar con parabién) «la actuación de organismos e instituciones comprometidas con la defensa de formas de vida más justas» --supongo que se refiere a la ONU, instrumento de dominio mundial de la pentarquía planetaria.

  • reconocer [idem] la igualdad y dignidad de todas las personas y los elementos diferenciadores que están en la base de algunas discriminaciones (frase sibilina cuyo comentario se deja al lector);

  • respetar «las posiciones divergentes de los interlocutores, tanto en el aula como en el ámbito familiar y social»; participar y cooperar activamente en el trabajo de grupo; colaborar con el profesorado y los compañeros y [las] compañeras en las actividades del centro educativo y en otros ámbitos externos.

Marca la pauta este último criterio, el décimo. El chaval sólo será aprobado si al inquisidor-educador le resulta satisfactoria la conducta que lleve el joven en toda su vida, en el colegio, en su casa, con sus amigos, en los círculos a los que pertenezca. Al educador se le confiere así la potestad y aun el deber de inmiscuirse en todas las esferas de la existencia del muchacho, escudriñando todas sus relaciones, interrogando a todos los conocidos.

Ya que se somete a los adolescentes a esa inquisición general, debería al menos establecerse un código preciso de conducta, especificándose la sanción correspondiente a cada acción u omisión reprochable (porque quiero creer que no cualquier pecado venial acarreará el suspenso). También sería de agradecer un credo, una lista de enunciados que los chavales puedan aprenderse de memoria y recitar; contendría todo lo que hay que contarle al examinador para que le dé a uno el pase a la vida adulta. Al menos ¡que haya seguridad jurídica!


Lorenzo Peña
Tres Cantos. 2007-08-24
El autor permite a todos reproducir y difundir íntegra y textualmente este escrito.







jueves, agosto 23, 2007

EDUCACION PARA LA CIUDADANIA IV

Educación para la ciudadanía
IV: Del lavado de cerebro a la represalia ideológica
por Lorenzo Peña


La razón por la cual me opongo a la asignatura «Educación para la Ciudadanía», EpC, es que lesiona la libertad de pensamiento.

La libertad de pensamiento significa dos cosas:

  1. el derecho de cada individuo a pensar como le dé la gana, a tener cualquier opinión o falta de opinión;

  2. el derecho de cada individuo y de cada comunidad de individuos a vivir según sus convicciones.

De esos dos componentes de la libertad de pensamiento, el primero es absoluto e irrestricto, mientras que el segundo colisiona a menudo con derechos ajenos y tiene que estar, en consecuencia, más o menos restringido.

El primer componente de la libertad de pensamiento es la dimensión íntima. Constituye un derecho casi ilimitado. Sólo hay dos derechos con tal característica: la libertad de pensamiento --en esta primera faceta íntima-- y el derecho a no ser torturado.

¿Por qué es (casi) absoluta la libertad de pensamiento en su faceta íntima? Porque entre el ejercicio de tal derecho y el disfrute de los derechos ajenos no cabe ninguna colisión directa.

Sí son posibles las colisiones indirectas. Un determinado ejercicio de tal libertad puede consistir en malos pensamientos que causen (en el contexto de unas condiciones u ocasiones propicias) una conducta lesiva para derechos e intereses ajenos o de la propia sociedad. Ésa es la razón por la cual ciertas sociedades han establecido una obligación de pensar de determinada manera, o la prohibición de tener determinados pensamientos.

Tales obligaciones o prohibiciones no fueron, pues, fruto del mero capricho (o no siempre lo fueron), sino conclusiones de un argumento racional, aplicaciones de una regla de lógica jurídica, a saber la de causación ilícita, según la cual causar efectos ilícitos es ilícito: conque, si los malos pensamiento causan malos comportamientos, han de prohibirse.

El error de esos ordenamientos estribaba en no percatarse de que el precio que se pagaba era demasiado alto. Para poner a salvo a la sociedad de posibles efectos de malos pensamientos se sometía al individuo humano a una presión sobre lo que sucediera en su fuero interno que corroía su felicidad.

En las sociedades inquisitoriales, cualesquiera que sean las ventajas que el individuo obtiene de ellas, quedan, al menos en parte, compensadas por el malestar, por la frustración que comporta la obligación de pensar de cierto modo, o la prohibición de pensar de otro modo.

Para tratar de hacer efectiva esa obligación o prohibición, la sociedad tendrá que someter al individuo a algún tipo de examen, o de proceso acondicionador que fomente la indagación de la conciencia, o --como mínimo-- a algún género de presión o coacción para que el individuo interiorice los pensamientos a los que tenga obligatoriamente que adherirse.

Un efecto perverso de tales presiones y coacciones es que los individuos --o, al menos, un cierto número de individuos más sensibles-- se van a sentir presionados y coaccionados, experimentando esa relación como un constreñimiento que les impide formarse libremente su propia opinión o abstenerse de cualquier opinión; un constreñimiento que, imposibilitándoles vivir a gusto, causa infelicidad y malestar.

En su magistral ensayo polémico Practice and Theory of Bolshevism (Londres: G. Allen & Unwin, 1920, p. 151), Bertrand Russell lamenta que en la Rusia soviética se esté instalando, tras la revolución, un sistema educativo que --si bien constituye en muchos aspectos un significativo avance pedagógico, además de llevar la enseñanza a toda la población trabajadora-- involucra un elemento de inculcación ideológica que convierte a todo el país en un «gran colegio jesuítico».

El sistema soviético tuvo sus lados buenos y sus lados malos. Vino a ser como un contrato entre el grupo que acaparó el poder, el partido comunista, y la masa de la población trabajadora: la dirección establecía un sistema socio-económico en el que: no existió el desempleo; era colectiva toda la propiedad de los medios de producción, gestionándose planificadamente al servicio de la satisfacción de las necesidades sociales; se implantó y se fue ampliando la protección social; se castigaban las acciones anárquicas e individualistas que atentaran contra los derechos ajenos; a cambio, quedaban fuertemente restringidas las libertades políticas, e incluso mermada la libertad de pensamiento (entre otras cosas, por esa obligación de los jóvenes de pasar por un sistema educativo en el que algunas enseñanzas estaban teñidas de la ideología oficial).

El sistema occidental se jactó de estar basado en la libertad. Es más, la ausencia de protección social la presentó, durante mucho tiempo, como una consecuencia necesaria de esa defensa de la libertad, que requería el libre ejercicio del derecho de propiedad privada y la libertad de contratación entre los particulares.

Desde el triunfo de la revolución rusa en 1917, casi todos los estados occidentales introdujeron, empero, elementos de socialismo (ciertas nacionalizaciones, una cierta intervención estatal en la economía, una cierta legislación laboral, una cierta protección social). En suma, el estado del bienestar --que, con todas sus limitaciones, fue un logro histórico de gran importancia.

Mas estaban ufanos de que, si bien en esos aspectos no iban tan lejos como el régimen soviético y sus imitadores orientales, en cambio otorgaban una libertad ideológica y política mucho mayor.

Tras el derrumbamiento del sistema soviético en 1991, está en quiebra el estado del bienestar (ya zarandeado desde la crisis económica que se inició en 1973 y desde la ofensiva de las ideas sociales reaccionarias del neoliberalismo que siguió a la derrota de las convulsiones de 1968). Los círculos privilegiados que manejan los resortes ocultos del poder --tras la máscara de una democracia de fachada-- se sentían a sus anchas para ir eliminando una buena parte de las concesiones que, a regañadientes, habían tenido que hacer entre 1918 y 1990 para contrarrestar la influencia ideológica del bloque soviético y de sus ramificaciones (la china, la cubana, la vietnamita y alguna otra más discutible).

Lo paradójico es que, ahora que están libres de esa amenaza, ahora que superficialmente estamos en un mundo unipolar bajo hegemonía norteamericana en el cual nadie cuestiona los valores de la economía de mercado, la propiedad privada y la primacía de los intereses individuales, ahora, no obstante, se van tomando nuevas medidas atentatorias contra la libertad. El pretexto lo brinda la amenaza terrorista.

Tienen lugar muchas medidas atentatorias a la libertad individual: leyes represivas, internamiento de extranjeros indocumentados, secuestros, prisiones secretas, controles de identidad discriminatorios, tipificación de delitos de opinión, práctica de la mordaza y el tabú en toda la red de medios de comunicación salvo el incontrolable internet.

Una medida más es la instauración de la educación para la ciudadanía, que se está generalizando en todo el mal llamado `mundo libre', que va dejando de serlo (si alguna vez lo fue).

El colegio jesuítico universalizado que temía Bertrand Russell para la Rusia soviética en 1920 es la perspectiva que tenemos en el mundo libre en los años venideros.

Ese adoctrinamiento ciudadanista implica dos prácticas, ambas lesivas para la libertad de pensamiento; de las dos, la primera es más benigna y la segunda más maligna.

La faceta más benigna es el lavado de cerebro. Alguien sufre un lavado de cerebro cuando viene sometido a inculcación ideológica; por `inculcación' entiendo una serie de prédicas, sermones, u otros mensajes que comportan estas cuatro características:

  1. 1ª.-- Insoslayabilidad: el destinatario del mensaje no puede zafarse o sustraerse a la recepción de tales prédicas.

  2. 2ª.-- Repetitividad: los mensajes son reiterados, recurrentes, de modo que el destinatario puede llegar a sentirse agobiado, acosado, asediado, hastiado.

  3. 3ª.-- Asimetría: el destinatario no está en tales relaciones en una condición de igual respecto a los emisores del mensaje, no siendo dable una respuesta de tú a tú ni teniendo posibilidades equitativas de criticar el contenido de los mensajes desde otro punto de vista.

  4. 4ª.-- Culpabilización: los mensajes comportan una carga de estigmatización de las opiniones o las valoraciones disidentes, de las expresiones de disconformidad con el contenido vehiculado, de suerte que, cuando el destinatario se atreve a discrepar, se siente cohibido, molesto, en falta, por su osadía de apartarse de los valores socialmente admisibles.

Todo lavado de cerebro es una violación de la libertad de pensamiento. A título de excepción cabe admitir un cierto grado de lavado de cerebro en el ámbito puramente doméstico, o en el interior de asociaciones privadas voluntarias. Aun en esos casos se produce una colisión o contradicción entre la libertad de pensamiento individual y la práctica de tales lavados de cerebro; pero --hasta un cierto límite-- prevalecen otros derechos: el derecho a la intimidad matrimonial y familiar, el derecho a la autonomía de la voluntad, la libertad de asociación y la de contratación.

Pasamos a la faceta más maligna, que consiste en la represalia ideológica. Hay represalia ideológica cuando el individuo viene sometido a unos controles de ajuste mental a la norma establecida, de suerte que, en caso de que disienta, sufrirá una sanción.

Hasta ahora los únicos controles son los del interrogatorio, acompañado eventualmente por la observación del comportamiento del sospechoso. No hay todavía máquinas de la verdad. El interrogatorio puede tener lugar en condiciones muy diversas.

Para defenderse de esta maligna agresión, el individuo cuenta con el arma del disimulo, esa tabla de salvación a la que nos hemos agarrado los náufragos del libre pensamiento desde que el mundo es mundo.

Puede haber lavado de cerebro sin que haya represalia ideológica. En teoría podría haber represalia ideológica sin lavado de cerebro, pero dudo que eso se haya dado nunca.

Si algunas prácticas de lavado de cerebro se pueden tolerar en el seno de la familia y en el de asociaciones privadas, no creo que sean admisibles las represalias ideológicas, que constituirían coacciones, tal vez en ciertos casos punibles. Es verdad que en una pareja de novios el uno puede romper libremente la relación si se entera de que el otro tiene ciertas ideas, pero eso no constituye una represalia ideológica, ya que la relación es libre por ambas partes. En cambio los padres no tienen derecho alguno a denegar alimentos o cobijo o educación o cariño a un hijo con ideas que a ellos les resulten aberrantes.

La EpC instaura en todos los colegios de España un régimen de doble atentado contra la libertad de pensamiento: establece no sólo el lavado de cerebro sino también la represalia ideológica.

Así, poco a poco, vamos soportando muchas de las lacras que temía Bertrand Russell para la Rusia soviética, sin poder disfrutar, a cambio, de las ventajas que comporta la supresión de la propiedad privada de los medios de producción.


Lorenzo Peña
El autor permite a todos reproducir y difundir íntegra y textualmente este escrito.







miércoles, agosto 22, 2007

EDUCACION PARA LA CIUDADANIA III

Educación para la ciudadanía
III: Alegaciones de Sus Eminencias
por Lorenzo Peña


Una vehemente campaña de alegaciones contra la asignatura de «educación para la ciudadanía», EpC, ha sido lanzada por sus Eminencias Reverendísimas, Antonio Cañizares, arzobispo primado de España, y Antonio Rouco, obispo de Madrid. Los han secundado el jesuita asturiano J. Antonio Martínez Camino, portavoz de la conferencia episcopal y, en autoría colectiva, la comisión permanente de ese mismo organismo (o sea la junta ejecutiva de la prelatura eclesiástica hispana).

Me encanta coincidir, sea con quien fuere. Lejos de mí ese prurito --que sienten muchos-- de apartarse de un punto de vista con tal de no concordar con individuos o personas que son sean santos de su devoción. Para mí es buena cualquier convergencia (que habrá de apreciarse en su justo valor, el de un recurso --lamentablemente escaso-- que no cabe desperdiciar). Una vez saludado el acuerdo en un punto, podemos mantener nuestras discrepancias en los demás.

Tras celebrar, pues, una parcial coincidencia con nuestros tres Antonios, he de precisar, no obstante, que una lectura atenta de las alegaciones de Sus Eminencias me lleva a la conclusión de que, en el fondo, ellos están a favor de la EpC, sólo que quieren que esté reservada a la autoridad de los padres y de las escuelas o los maestros en quienes los padres depositen su confianza, en lugar de que sea establecida por las instancias académicas para todos los niños y adolescentes.

De lo cual se sigue que las razones por las cuales esos dignatarios rechazan la asignatura son, no ya dispares, sino absolutamente opuestas a las que me llevan a mí a condenarla como un atentado a la libertad de conciencia.

Para mí la libertad de conciencia que hay que respetar es la del individuo, la del niño y el adolescente, su derecho a no tener ninguna opinión o a tener incluso una opinión contraria a los valores profesados por la sociedad. Para Sus Eminencias la única libertad que cuenta es la de los padres (y la escuela o la iglesia mandatada por los padres) de imponer sus valores a esos niños y adolescentes.

La libertad de conciencia que reclaman no ampara a los individuos de corta edad salvo en tanto en cuanto esos niños y jóvenes piensen y actúen según el mandato axiológico de sus padres (o de aquellos a quienes sus padres hayan confiado la tarea de moldeadores de conciencias).

Para mí, el alma de un individuo humano --sea de siete años o de 77-- es un reducto sagrado e inviolable, que, pase lo que pasare, jamás ha de ser violentado, permaneciendo a salvo de cualesquiera presiones y de coacciones. Pensar ha de ser absoluta y totalmente libérrimo, cualquiera que sea el contenido de ese pensamiento.

Para Sus Eminencias no ha de existir tal libertad, sino que los padres --y sus educadores cuando actúen con la confianza paterna-- pueden y deben imponer sus valores a los hijos, y exigirles adhesión a esos valores, sancionando la desobediencia que consistiría en no adoptar tales valores o en adoptar valores diferentes.

Las alegaciones del P. Martínez Camino y de Sus Eminencias vienen expuestas en sendos artículos de los diarios borbónicos ABC, La razón y El mundo. El mejor argumentado y el doctrinalmente más sólido es el de Rouco --académico, al fin y al cabo, de ciencias morales y políticas. La pluma más elegante es la de Martínez Camino. Al margen de esos matices, los tres artículos y la declaración de la comisión permanente reiteran incansablemente el mismo argumento de fondo: siendo un exclusivo privilegio paterno determinar la educación moral de los hijos, el estado se extralimita, desbordando el marco de sus competencias, al diseñar una educación moral para todos los niños y jóvenes de España, porque esa educación obligatoria para todos no la han escogido los padres, pudiendo entrar incluso en colisión con la que los padres desean.

Puesto que las evaluaciones de los alumnos en la asignatura EpC van a tener en cuenta, no sólo los conocimientos adquiridos, sino también las valoraciones asumidas por los examinandos, eso significa imponer a los muchachos unos posicionamientos axiológicos que vienen determinados por el sistema educativo público y, consiguientemente, por el estado, cuando quienes deberían disfrutar del monopolio de esa imposición axiológica son los padres y la escuela --en tanto en cuanto en esa escuela deleguen los padres la autoridad de formación ideológica.

El marco teorético de la alegación de Sus Eminencias incurre, sin embargo, en una consideración que no deja de suscitar una perplejidad.

La doctrina filosófico-jurídica tradicional y hasta oficial en la Iglesia católica es la aristotélico-escolástica, principalmente según vino elaborada por Santo Tomás de Aquino. En esa doctrina no hay ninguna diferencia entre el estado y la sociedad. El estado es una sociedad, la sociedad civil, la unión de hombres en un territorio para la convivencia y el bien común material, bajo la autoridad de una dirección política, de un gobernante. En esa doctrina lo que se diferencia del estado no es la sociedad, la sociedad civil, sino la iglesia, que es otra sociedad, incluso cuando abarque a los mismos miembros; y es que la iglesia abarca a esos miembros para otro fin, no la convivencia, no el bien común material, sino el bien propio espiritual (aunque ese bien espiritual pueda tener también una dimensión común, la comunión de los santos, en lo cual no nos interesa entrar aquí). Siendo diferentes los fines, o el objeto formal, son diferentes las autoridades: la civil y la eclesiástica.

Si alguna vez en el siglo XX el pensamiento católico oficial se ha pronunciado contra el «totalitarismo», ha sido entendiéndolo como cesaro-papismo, como un enfoque que tiende a subsumir lo espiritual en lo material, habilitando al estado a adentrarse en el terreno que debería de estar reservado a la iglesia. (A la iglesia, no a las iglesias, porque la única religión verdadera no puede presentar unas reivindicaciones que ampararían también a las religiones falsas.)

En ese enfoque tradicional los padres tenían unos derechos, pero supeditados y condicionados a su conformidad con la fe católica, no absolutos. Se ventilaban los derechos de una sociedad perfecta en su género, la iglesia católica, para preservar e inculcar la fe en sus fieles y en los hijos de sus fieles, frente a otra sociedad --perfecta en su respectivo género--, el estado, a la cual incumbía la tarea de preservar el bien común material. El espíritu para la iglesia, la materia para el estado. Al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios. La familia, en cambio, no sería una sociedad perfecta en ningún género; estaría subordinada, en sus respectivos órdenes, al poder material del estado y al poder espiritual de la iglesia.

Apartándose totalmente de esa doctrina católica consagrada, y discrepando de Santo Tomás, Sus Eminencias se suman a la dicotomía de Adam Smith, Hegel, Marx, Tocqueville, Proudhon y von Mises entre el estado y la sociedad civil --aunque ellos omiten el adjetivo `civil'. Siguiendo la huella de esos precursores, los prelados entienden ahora que la sociedad es una muchedumbre dispersa y sin organización, al paso que el estado es la organización de esa muchedumbre. La sociedad es una calderilla, una masa de granos no aunados, ni coordinados; sólo que, más que los individuos, esos elementos o átomos son los matrimonios u otras pluralidades de derecho privado en quienes depositen su confianza los matrimonios, como las iglesias (no necesaria o únicamente la católico-romana).

Frente a esa sociedad-masa, sociedad por yuxtaposición, mera multiplicidad de átomos, estaría el estado, la sociedad-organizada, con poderes limitados; uno de esos límites sería el ámbito espiritual e ideológico, que sería un asunto privativo de «la sociedad», o sea de los matrimonios, de los grupos privados, un terreno que no habrían de hollar ni las autoridades estatales ni aquellos que la misma seleccione.

Esta nueva doctrina no sólo supone una total ruptura con la tradición del pensamiento católico, sino que tiene fundamentos problemáticos. La vieja doctrina era clara y poseía un basamento evidente: la línea de demarcación entre la materia y el espíritu, entre los fines temporales y los de la vida eterna, con dos sociedades perfectas, cada una en su campo propio, que se repartían al hombre: su cuerpo por un lado y su alma por otro. (Sólo entraba en escena la iglesia de la verdad, no las capillas del error, no los antros de la herejía, del cisma o de la idolatría.)

La nueva doctrina establece una dualidad diferente: lo público frente a lo privado, el estado frente a la sociedad, siendo la sociedad una mera yuxtaposición de unidades dispersas, que son los matrimonios, o sea: los padres y las madres; a esa sociedad se incorporan las iglesias (todas en el mismo plano, verdad y error) siempre y cuando reciban un mandato de los padres y de las madres.

Bien, pero ¿en virtud de qué el campo del espíritu, de la ideología, de los valores, ha de estar reservado a «la sociedad», o sea a las familias y a las organizaciones privadas? Se entiende que en el nuevo esquema a lo público, al estado, incumba lo que es público y a lo privado, a «la sociedad», a las familias (o, mejor, a los matrimonios), lo que es de las familias; pero las valoraciones en torno a temas que afectan a la convivencia en la arena pública no constituyen un asunto del ámbito familiar.

Ni en la pluma de nuestros tres Antonios ni en los textos de la conferencia episcopal encuentro respuesta alguna a esa pregunta, que ni siquiera se formulan. No hallo ninguna fundamentación filosófica.

El obispo de Madrid promete brindarla en su ensayo «La educación para la ciudadanía: Reflexiones para la valoración jurídica y ética de una nueva asignatura en el sistema escolar español» (accesible en http://www.archimadrid.es/princi/menu/vozcar/framecar/conferencias/29052007. htm); pero, al llegar al último apartado, el IV, lo despacha con una vaga alusión a «razones bien conocidas de filosofía del estado y del derecho, admitidas universalmente después de la II guerra mundial en los contextos más diversos y plurales de las corrientes filosóficas contemporáneas».

Con tan sibilina insinuación interrumpe su argumento, omitiendo la «valoración ética o moral de la misma a la luz de la reflexión filosófico-teológica» que nos había prometido al comienzo. (El lector ocurrente podrá conjeturar sin esfuerzo cuáles son esas «razones bien conocidas de filosofía política y jurídica» universalmente admitidas por el mal llamado `mundo libre' después de la segunda guerra mundial.)

A falta de fundamentación filosófica, lo que ofrecen nuestros autores --y sobre todo lo que elabora con elocuente maestría el Cardenal Rouco-- es una alegación jurídico-positiva, centrada en el art. 27.3 de la constitución vigente de 1978.

No se basa la argumentación en el derecho positivo divino, ni en las enseñanzas de la fe católica, ni en la tradición, ni siquiera en el derecho natural, ni en la filosofía o en la teoría del derecho, sino únicamente en la vigencia del texto constitucional, que ha otorgado a los padres el derecho a «que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones».

No faltan en sus escritos referencias a la libertad de conciencia del art. 16 CE, pero siempre retrotraída al derecho paterno a dictar la formación moral de los hijos; con lo cual se convierte en una libertad no-individual, sino de grupo, concretamente del grupo familiar, ejercitable autoritativamente por los matrimonios sobre sus hijos.

Martínez Camino lamenta que con la EpC «la familia [se refiere al matrimonio] se ve obligada a aceptar que sus hijos acaben pensando y actuando según una formación estatal obligatoria de la conciencia», sin importar «cuáles sean los contenidos o la orientación concreta de tal formación obligatoria»; mientras que, si la formación la diera exclusivamente la escuela, «según un ideario propio concorde con la elección familiar», entonces sí se salvaguardaría el derecho reconocido en el art. 27.3 CE. (ABC, 2007-07-09, «Ciudadanía, escuela y familia».)

El artículo de D. Antonio Rouco contiene un buen análisis de los reales decretos que regulan la EpC y hace al respecto varias observaciones atinadas, aunque también resulta decepcionante esa parte de su ensayo (el apartado II, Los rasgos normativos de la nueva asignatura, «Educación para la ciudadanía», en el actual sistema escolar español), toda vez que, a la postre, se viene a quedar en lo meramente expositivo y exegético. La crítica está insinuada o sugerida nada más.

Si farragosas son --como él oportunamente lo señala-- las páginas de los reales decretos dedicadas a ese adoctrinamiento moral, el propio análisis incurre en el mismo defecto. Da la impresión de un autor que va pisando huevos, que no quiere comprometerse y que apenas encuentra nada que objetar en cuanto al contenido doctrinal de ese adoctrinamiento programado. Conque volvemos a lo mismo: en el fondo, lo único que se cuestiona es a quién incumbe el derecho de adoctrinar y de coaccionar a los jóvenes.

El texto de Rouco se hace brillante en su apartado III, Valoración jurídica de la «Educación para la ciudadanía». Sin embargo, también en este punto vamos a dirigirle una crítica.

Recuerda Rouco el tenor literal del art. 27.3 de la Constitución: «Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones». Y D. Antonio hace esta inferencia exegética: «Parece obvia una primera conclusión interpretativa del mismo respecto al problema que nos ocupa: el estado no puede introducir como obligatoria en la Educación infantil, primaria, secundaria y bachillerato una asignatura cuyos principios inspiradores, objetivos pedagógicos y contenidos, junto con los criterios correspondientes de evaluación, vayan dirigidos teórica y prácticamente a la formación moral de los alumnos».

A quien esto escribe no le parece nada obvia esa conclusión interpretativa. Sería menester un razonamiento más detallado; falta la premisa mayor. Seguramente ésa es obvia también para Monseñor Rouco; conjeturo que sería una premisa más o menos así: (1) «sólo puede haber una autoridad que determine la formación moral de los alumnos»; o, tal vez --generalizando-- (2) «Si a X le asiste el derecho a tal cosa, ese derecho no asiste a nadie más»: X, en este caso, es el matrimonio paterno-materno y la cosa en cuestión es que los alumnos que sean hijos de ese matrimonio reciban tal formación moral.

(2) es un aserto claramente falso. Que a Ud le asista el derecho a votar no le quita a otro individuo el derecho a votar también él. Luego, en aplicación al caso de marras: que a los padres les asista el derecho a que los alumnos que son hijos suyos reciban una formación moral conforme con las convicciones paternas no tiene por qué implicar que a otras autoridades no les asista también el derecho a que esos mismos alumnos reciban una formación moral conforme con las convicciones de dichas autoridades (municipales, provinciales, regionales, nacionales o las que sean).

Más visos de verosimilitud puede tener la afirmación (1); aquí no se trataría de que, en general, el que uno tenga derecho a tal cosa implique forzosamente que los demás hayan de carecer de ese mismo derecho, sino que lo que se estaría proponiendo es que, en el caso concreto de la formación moral --por su propia índole específica y singular-- sólo puede incumbir a una única autoridad fijar monopólicamente el contenido de la misma, y fijarlo con exclusión de cualquier otra formación moral con los mismos destinatarios.

Tal vez pueda argumentarse a favor de (1) que, si a un individuo le inculcan una formación moral, A, y otra formación moral, B, en el caso de que surjan colisiones o desajustes o fundamentaciones diversas y hasta concurrentes, lo que se está produciendo es una perplejidad, de suerte que la formación A socava o mina o fragiliza la formación B y viceversa. Sin embargo, lo relativamente verosímil de tal consideración (a la cual yo tendría mucho que objetar) no puede traducirse en verla como un axioma lógico-jurídico que autorice la inferencia interpretativa que a Monseñor Rouco le resulta obvia.

La mayor debilidad de la argumentación de D. Antonio Rouco estriba en que no ofrece un estudio hermenéutico del art. 27.3. Tendría que enumerar varias paráfrasis plausibles, al menos a primera vista, y las razones que abonan a favor o en contra de cada una de tales paráfrasis; tendría que proponer un análisis lógico-jurídico, aduciendo los axiomas y las reglas de inferencia que sustentan su argumentación; tendría que introducir los cuantificadores, el universal y el existencial, para, con ayuda de ese aparato lógico, desentrañar las inferencias válidas, una vez que uno se decante por una lectura del citado precepto.

No voy a hacerlo aquí salvo de modo sintético y abreviado. El mencionado precepto constitucional puede leerse al menos de estas dos maneras:

  1. [1ª] Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que toda la formación religiosa y moral que sus hijos reciban esté de acuerdo con sus convicciones.

  2. [2ª] Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban una formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones.

En la interpretación [1ª] el cuantificador de la oración subordinada completiva es el universal; en la [2ª] es existencial. El mero uso del artículo determinado, `la', no es por sí solo indicativo ni de lo uno ni de lo otro. En muchos contextos, `el/la' significa `un/una'. Es más, en realidad la interpretación [2ª] equivale a otra en la que el cuantificador es universal pero está incrustado en una oración subordinada de la subordinada, a saber [3ª]:

  1. [3ª] Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que toda formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones la reciban sus hijos.

Y, de nuevo, la lectura [3ª] no excluye ni impide que los muchachos reciban, además, otra u otras formaciones morales e ideológicas, estén o no de acuerdo con las convicciones paternas.

Hay otra lectura que es, por cierto, es bastante común, aunque estos días esté un poco desoída, a saber: la que concede al precepto un alcance puramente negativo, a saber [4ª]:

  1. [4ª] Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que ninguna formación religiosa y moral que esté en desacuerdo con sus convicciones la reciban sus hijos.

Según la versión [4ª] el precepto constitucional otorgaría a los padres un derecho de excluir formaciones disconformes con sus ideas. «Estar de acuerdo» tiene dos sentidos: sentido positivo y sentido negativo. En sentido positivo, sólo está de acuerdo con unas ideas o convicciones una doctrina que las incluye. En sentido negativo, el acuerdo se produce cuando no surge contradicción. Hay un tercer sentido, más fuerte, que es el de la coincidencia total. (Según eso, a los hijos de matrimonios católicos no habría de enseñárseles la dualidad de voluntades en la persona de Cristo más que si ellos expresamente se adhieren a ese dogma, lo cual sucederá en un caso de cada cien.)

Así pues, el art. 27.3 se presta a una pluralidad de lecturas, tanto por el cuantificador significado mediante el artículo determinado, `la', cuanto por la ubicación precisa de ese cuantificador en el juego de oración principal y oraciones subordinadas, cuanto asimismo por la propia locución preposicional `de acuerdo con'.

Al margen de eso, el precepto 27.3 encierra tres particularidades:

  1. No deja de ser curioso que no se enuncie como un derecho frontalmente, sino a través del circunloquio `los poderes públicos garantizan'. Es una formulación infrecuente en el texto constitucional. Parece que todos los derechos que se reconocen al menos en esa Sección I del capítulo II del título I son garantizados por los poderes públicos, sin que sea menester decirlo así. Si se cree en ese derecho, ¿por qué no se dice directamente: «Los padres tienen derecho a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones»?

  2. Llama la atención el verbo usado, `asistir a'. ¿Asiste a todos el derecho a expresar sus opiniones, a reunirse, a asociarse? ¿Asiste a los ciudadanos el derecho a votar?

  3. El art. 27.3 es un caso atípico porque en él se otorga a alguien el derecho a que otros hagan tal cosa o reciban tal prestación. Ello ha dado lugar a análisis exegéticos de ese peculiar «derecho», en concreto a una discusión sobre si los titulares del mismo son los niños o sus padres; para un sector doctrinal, se trata del derecho de los alumnos a recibir una formación conforme con las ideas de sus respectivos padres, aunque el ejercicio de ese derecho pueda incumbirles a los padres.

Ante tal cúmulo de perplejidades (que el artículo de Rouco ni siquiera menciona), podríamos acudir a la regla hermenéutica del propio art. 10.2 CE, según la cual «las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración universal de los derechos humanos [DUDH] y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España».

El art. 26.3 de la DUDH dice: «Los padres tendrán un derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.» Ahí no se habla de un derecho exclusivo, del imcompartido privilegio de determinar la educación de los hijos, sino de un derecho de elección preferente; además, «escoger» significa escoger de entre las ofertas, lo cual no involucra la existencia de unas u otras ofertas (igual que elegir a una candidatura sólo significa a una de entre las que de hecho se presenten legalmente).

Creo que, a pesar de la pauta hermenéutica del art. 10.2 CE, el art. 26.3 de la DUDH no nos da una clave muy adecuada para entender el art. 27.3 CE. En verdad mi lectura de ambos preceptos es inversa. Leo el 26.3 DUDH como un derecho de opción preferente. Y leo el 27.3 como un derecho prestacional --y, por lo tanto, con un contenido existencial: cada padre-y-madre tienen derecho a que haya una formación ideológico-moral conforme con las convicciones paternas que se imparta a sus hijos.

Tampoco nos suministra mucha claridad el art. 18.4 del Pacto internacional de 1966 sobre los derechos civiles y políticos, que manda «respetar la libertad de los padres y, eventualmente, de los tutores legales de conseguir para sus hijos la educación religiosa y moral según sus propias convicciones». Esa disposición también se presta a una pluralidad de lecturas, aunque el significado de derecho prestacional no es tan palmario como en la formulación del 27.3 CE. De todos modos, escoger, en ese contexto, la palabra `libertad' sí quiere decir algo: que los padres pueden optar por no ejercer tal prerrogativa.

Aunque el Convenio de Roma de 1950 del Consejo de Europa no decía nada al respecto, se le añadió en marzo de 1952 un Protocolo Nº 1, cuyo art. 2 dice: «El estado [...] respetará el derecho de los padres de conseguir esa educación y esa enseñanza según sus convicciones religiosas y filosóficas». La palabra `respeto' indica que se trata de un derecho negativo, cuyo deber correlativo estatal sería de mera abstención; mas el verbo `conseguir' (en francés `assurer') indica, al revés, que se trata de un derecho de prestación.

En todo caso de ninguno de esos preceptos se sigue una inferencia tajante y rotunda de que el estado no tenga derecho a inculcar a los niños ninguna adhesión a ideas o a valores diferentes de los de los padres o en colisión con ellos.

Y, de hecho, el Consejo de Europa y la Unión Europea están exhortando a los estados miembros a imponer educación para la ciudadanía, o sea adoctrinamiento ideológico-valorativo en los dogmas de la pseudo-democracia occidental.

No vale la argucia del Cardenal Rouco, a saber: que ahí se trataría de otra educación para la ciudadanía, de una en la que sólo se transmitiría un conocimiento del ordenamiento jurídico vigente y de los valores que lo sustentan. Eso ya no sería educación para la ciudadanía, sino Derecho.

Existió, históricamente, en el bachillerato español la asignatura de Rudimentos del Derecho, que fue suprimida en los planes docentes de la tiranía franquista y que el posfranquismo no ha querido restaurar. Ésa sería otra asignatura, una con un contenido disciplinar, una de conocimiento, con carácter científico y riguroso. No es eso lo que quieren imponer el Consejo de Europa, la Unión europea y los poderes públicos en España. Lo que quieren es adoctrinamiento, inculcación axiológica, moldear las conciencias, imponer la obligada adhesión a los valores de la sociedad so pena de exclusión vitalicia de esa misma sociedad.

Para Rouco está bien la imposición siempre que, en vez de ser única para todos los niños y jóvenes, sea diversificada: para los niños y adolescentes de padres católicos, la entrada en sociedad estará condicionada a su adhesión a las convicciones dogmáticas y axiológicas de la Iglesia de Roma; para los israelitas, la de los rabinos; y así sucesivamente. (Dudo que tenga D. Antonio preparado qué hacer con los hijos de padres y madres priscilianistas, mitraístas, shivaítas, luciferinos, cátaros, gnósticos, parsis, mazdeístas, isíacos, para no hablar ya de aquellos cuyos progenitores siguen a Pitágoras, Platón, Nietzsche, Flaubert, Hobbes, Max Stirner, Bakunín o cualquier otro gurú bueno, malo o regular.)

En conclusión, Sus Eminencias no han presentado ningún argumento convincente en contra de la EpC. Sus alegaciones fallan, porque ellos comparten una idea subyacente, a saber que alguien tiene derecho a violentar las conciencias de los niños y jóvenes y a imponerles unas convicciones ideológicas y valorativas --sólo que para ellos es un privilegio del sector privado.


Tres Cantos. 2007-08-22
Lorenzo Peña
El autor permite a todos reproducir y difundir íntegra y textualmente este escrito.


V. también: <http://jurid.net/filosofia/urbanida.htm>